Por la cual se modifica el Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016.

Resolución · 738 · 2024-04-30 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modifiquese el Anexo Técnico 2 "Aportes a Seguridad Social de Activos", de la Resolución 2388 de 2016, así: 1. Modificar el numeral 23 "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COT1ZANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN" del capitulo 4 "VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS; así: Posición Validaciones y origen de los Campo Long Inicio Fin Tipo Descripción datos NI. Número de identificación tributaria CC. Cédula de ciudadanía CE. Cédula de extranjería CD. Carné diplomático SC. Salvoconducto de 1 2 1 2 A Tipo de documento del permanencia apodante PE. Permiso Especial de Permanencia No puede ser utilizado para los periodos de cotización a salud del mes de septiembre de 2023 en adelante PT Permiso por Protección Temporal Corresponde al reportado en la 16 '3 18 A Número de identificación del 2 tabla de referencia aportante Corresponde al código asignado Código Administradora de 3 6 19 24 A por la Superintendencia Riesgos Laborales a la cual pertenece el aportante Financiera RESOLUCIÓN NÚMER000000738 DE3 o ABR 2024 HOJA No. 3 de 5 4 8 25 32 A Fecha de vinculación del Formato: AAAAMMDD. aportante con la ARL TOTAL 1 32 2. Modificar el numeral "24. VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES" del capítulo 4 "VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS"; así: "24. VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES Cuando el aportante utilice los tipos de planilla "E - Planillas empleados", "A - Planilla cotizantes con novedad de ingreso" y "S - Planilla servicio doméstico", el operador deberá validar la información reportada cruzando la información de la. siguiente manera: a. El tipo de documento del aportante reportado en el campo 2 del archivo tipo 1 "Estructura de datos archivo tipo 1" se debe cruzar con el tipo de documento del aportante definido en el campo 1 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN". b El número de identificación del aportante reportado en el campo 3 del archivo tipo 1 "Estructura de datos archivo tipo 1" se debe cruzar con el número de identificación del aportante definido en el campo 2 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN". Como resultado del cruce se deberá proceder de la siguiente forma: Caso 1. Coincide el tipo y número de identificación del aportante, pero el código de la Administradora de Riesgos Laborales, reportado por el aportante en el campo "14 - Código de la ARL a la cual el aportante se encuentra afiliado" del registro tipo 1 del archivo tipo 2. Encabezado, y, el del campo "77- Código de la administradora de riesgos laborales a la cual pertenece el afiliado" del registro tipo 2 del archivo tipo 2, no coinciden con el reportado en el campo 3 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS APORTANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN" y el periodo de pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales es igual o posterior a la fecha de vinculación del aportante con la ARL registrada en el campo 4 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS APORTANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN"; en este caso, el operador de información reemplazará el valor del campo "14 - Código de la ARL a la cual el aportante se encuentra afiliado" del registro tipo 1 del archivo tipo 2. Encabezado, y, el valor del campo "77- Código de la administradora de riesgos laborales a la cual pertenece el afiliado" del registro tipo 2 "Descripción detallada de las variables de novedades generales", con la información registrada en el campo 3 del archivo RESOLUCIÓN NÚMER000000738 DE 30 ABR 2024 HOJA No. 4 de 5 "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS APORTANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN", y le comunicará inmediatamente al aportante que se realizó el cambio de Administradora de Riesgos Laborales. Caso 2. Coincide el tipo y número de identificación del aportante, pero el código de la Administradora de Riesgos Laborales, reportado por el aportante en el campo "14 - Código de la ARL a la cual el aportante se encuentra afiliado" del registro tipo 1 del archivo tipo 2. Encabezado, ni el del campo "77- Código de la administradora de riesgos laborales a la cual pertenece el afiliado" del registro tipo 2 del archivo tipo 2, no coinciden con el reportado en el campo 3 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS APORTANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN" y el periodo de pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales es anterior a la fecha de vinculación del aportante con la ARL registrada en el campo 4 de la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN"; en este caso, el operador de información le informará al aportante que para ese periodo no tiene reportada una afiliación para esa administradora de riesgos laborales y será el aportante el que decida si realiza la modificación de la ARL. Caso 3. Cuando el tipo y número de identificación del aportante no se encuentra en la "INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN DE LOS COTIZANTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN", el operador de información le permitirá al aportante realizar el pago a la administradora de riesgos laborales que el aportante reporte al momento de liquidar su planilla y le informará al aportan te que no tiene una afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales. Esta validación no aplica para los tipos de cotizante "16 — Independiente, agremiado o asociado", "23- Estudiantes aportes solo riesgos laborales", "33- Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensionar, "34 - Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud", "35- Concejal municipal o distritar, "36- edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensionar, "53- Afiliado partícipe", "57- Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales", "58 — Estudiantes de prácticas laborales en el sector público", "59- Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes", "60 - Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensionar, "64 — Trabajador penitenciario" y "67- Voluntario en primera respuesta aporte solo al Sistema de Riesgos Laborales". 3. En el Capítulo 5 "PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE ACTUALIZACIONES" del Anexo Técnico 2 "Aportes a Seguridad Social de Activos" modificar el numeral 5.70; así: "5.70 La modificación el numeral "24. VALIDACIÓN DE APORTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES" del capítulo 4 "VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS" deberá ser implementada por los operadores de información para los pagos que realicen los RESOLUCIÓN NÚMER0000007 38 n HOJA No. 5 de 5 -E3 O ABR 2024 Continuación deja resolución "Por la cual se modifica el Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 aportantes a partir del 1° de septiembre de 2024 indistintamente del periodo de cotización reportado."

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016, modificados por las Resoluciones 5858 de 2016, 980, 1608 y 3016 de 2017, 3559, 5306 de 2018, 736, 1740, 2514 de 2019, 454, 686, 1438, 1844, 2421 de 2020; 014, 638, 365 y 1697 de 2021, 261, 939 y 2012 de 2022; 728 y 1271 de 2023; y 221 de 2024.

Artículo ANEXO

GUILLERMO ALFON ARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de S ud y Protección Soci Aprobó: Viceministro de Protección Social Directora de Regulación de la Ope ción del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensio Jefe Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación .10 Director Jurídico - Rodolfofialas Figuejoar e' Directo9„ndicu

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2024.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 32), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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