Por la cual se modifica la Resolución 2388 de 2016, con el fin de ajustar la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Apodes — PILA, para permitir el recaudo de los valores derivados del cálculo actuarial de empleados y trabajadores independientes que tengan periodos omisos al Sistema General de Pensiones y se dictan otras disposiciones

Resolución · 728 · 2023-05-19 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 38

Artículo 1

Modificar el artículo 1 de la Resolución 2388 de 2016, el cual quedará asi: “Artículo 1. La presente resolución tiene por objeto unificar y actualizar las reglas de aplicación para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales y adoptar los anexos técnicos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes — PILA contentivos de las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por aportantes, pagadores de pensiones y operadores de información, así. RESOLUCIÓN NÚMEROS 72 8DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 4 Anexo Técnico 1. Glosario de términos PILA. Contiene las expresiones a tener en cuenta en la liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes — PILA, _ Anexo Técnico “2. Aportes a Seguridad Social de Activos: Contiene la información que deben reportar los cotizantes activos al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Anexo Técnico 3. Aportes a Seguridad Social de Pensionados. En este anexo se reporta la información de los pensionados al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Anexo Técnico 4. Estructura de los archivos de salida con destino al Administrador Fiduciario de los Recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA: Contiene la información de recaudo de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud que es reportada al Administrador Fiduciario de los Recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA. Anexo Técnico No. 5 Archivos de salida con destino al Ministerio de Salud y Protección Social: Contiene la definición de los archivos del Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales que los operadores de información deben reportar diariamente al Ministerio de Salud y Protección Social. Anexo Técnico No. 6 Estructura de los archivos de salida con destino al Administrador del Fondo de Riesgos Laborales Contiene la información de recaudo de los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales que es reportada al Administrador del Fondo de Riesgos Laborales”

Artículo 2 (1/35)

Modificar el Anexo Técnico 2 “Aportes a Seguridad Social de Activos”, de la Resolución 2388 de 2016, asi: 1. En el numeral 1.1 “Estructura de datos archivo tipo 1” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las validaciones y origen de los datos de los campos “9 - Tipo persona” y "29 - Período de pago”; así: POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS ; CAMPO | LONG inicial Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS Obligatorio. Lo suministra el aportante. N. Natural y. Jurídica Cuando el tipo de persona sea Ñ, los valores válidos son: 9 1 272 272 A Tipo persona CC . Cédula de ciudadanta CE . Cédula de extranjeria TI. Taneta de identidad PA. Pasaporte CD. Camé diplomático PE. Permiso Especial de Permanencia SC. Salvoconducto de permanencia PT._Permiso por Protección Temporal (.) Obligatorio. Asignado por el sistema. Formato AAAA-MM Cuando se utilice la 29 7 545 551 N Período de pago planilla Z en este campo se relacionará el periodo de pago inicial asignado por la herramienta tecnológica www.soyactuario.com,co. RESOLUCIÓN NBMBRO 728 DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 5 omisos al Sistema General de Pensiones y se dictan otras disposiciones” :

Artículo 2 (2/35)

2. En el numeral 2.1 “Estructura de datos archivo tipo 2" del Capitulo 1 “Archivos de entrada” modificar las validaciones y origen de los datos de los campos "8 - Tipo de planilla”, “9 - Número de la planilla asociada a esta planilla”, “15 - Período de pago para los sistemas diferentes al de salud”, "16 - Período de pago para el sistema de salud.” y "19- Número total de cotizantes reportados en esta planilla.”; asi: CAMPO LONG POSICIÓN Inicial Final TIPO DESCRIPCIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS DATOS Tipo de planilla Obligatorio, Lo suministra el aportante E. Planilla empleados Planilla independientes empresas Planilla cotizantes con novedad de Ingreso Planilla independientes Planilla empleados de servicio doméstico Planilla mora Planilla correcciones Planilla madres sustitulas Planilla empleados entidad beneficiaria del Sistema General de Panicipaciones Planilla pago aporte patronal faltante, de una entidad beneficiaria del Sistema General de - Participaciones y. Planilla para pago seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial Planilla para el pago empresa tiquidada Planilla de uso UGPP para pago por terceros Planilla estudiantes Planilla Obligaciones determinadas . porta UGPP. Q. Planilla Acuerdos de pago realizados por la UGPP 8. Planilla Piso de Protección Social D. Contribución Solidaria. 2. Planilla para pago de célculo actuarial por omisión en pensiones SS MIRE mn” m OR € *x Número de la planilla asociada a esta planilla Debe dejarse en blanco cuando el tipo de planilla sea E, A, 1, M,S, Y, H,T,X,K,Q oB En este campo se incluirá el número de la planilla del perfodo correspondiente cuando el tipo de planilla sea N 6 F. Cuando se utilice la planilla U por parte de || fa UGPP, en este campo se diligenciará el número del titulo del depósito judicial.

Artículo 2 (3/35)

Cuando se utilice le planilla J en cumplimiento a una orden judicial por pago de factores salariales que no se tuvieron en cuenta en la liquidación inicial de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, el aportante registrará el número de la planilla con el cual realizó el pago inicial de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Cuando se utilice la planilla "O” para el pago de inexactitudes determinadas por ta UGPP, el aportante deberá diligenciar el número de la planilla con la cual realizó el pago inicial producto de esa inexactitud. Cuando se utilice la planilla Z en este campo se relacionará la referencia de | RESOLUCIÓN NÚMERDO 728DE 1 9 MAY 2023 2023 HOJA 6 POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS CAMPO LONG Inicial Final TIPO DESCRIPCIÓN DATOS pago que entrega la herramienta de cálculo actuarial www.soyactuario,com,co (..) . A Obligatorio. Formato año y Mes (aaae- mm). Lo calcula el operador de información. Perlodo de pago para 15 7 305 311 A los sistemas diferentes | Cuando se utilice la planilla Z en este al de salud campo se relacionará el periodo de pago inicial de los rangos omisos. Este periodo to reportará la herramienta lecnológica www, soyectuario.com,co Obligatorio. Formato año y mes (asaa- mm). Lo suministra el aportante, Perfodo de pago pera el | Cuando se utilice la planilla 2 en este sistema de salud. campo se reportará el mismo periodo reportado en el campo 15 "Período de pago para los sistemas diferentes al de salud” 16 7 312 318 “A (...) Obligatorio, Se debe validar que sea igual el número de cotizantes únicos incluidos en el detalle del Registro Tipo 2, exceptuando los que tengan 40 en el Campo 5 - Tipo de cotizante.

Artículo 2 (4/35)

Número total de 19 5 339 343 N cotizantes reportados en esta planilla. Cuando se utilice la planilla Z el valor de este campo siempre será uno (1)

Artículo 2 (5/35)

3. En el numeral 2.1.1.2.2 "Campo 8. Tipo de planilla” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” adicionar la aclaración del tipo de planilla "Z. Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones”; así: *2,1.1.2,2 "Campo 8. Tipo de planilla” Los valores permitidos son: (..) Z. Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones: Este tipo de planilla solamente puede ser utilizada de manera electrónica por los aportantes para el pago de aportes derivados de la liquidación de cálculo actuarial por omisión en la afiliación o en la vinculación del trabajador o del cotizante independiente al Sistema General de Pensiones de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.8.11.3 y 2.2.8.11.6 del Decreto 1833 de 2016, adicionados por el Decreto 1296 de 2022. Este tipo de planilla también puede ser utilizada por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales - UGPP, para efectuar en nombre de un tercero, el pago de los valores por concepto de cálculo actuarial con ocasión de un proceso de determinación de obligaciones parafiscales derivado de sus funciones legales y reglamentarias. - j Para el uso de este tipo de planilla, el aportante o la UGPP previamente deberá ingresar y registrarse en la herramienta www.soyactuario.com.co, en la cual el aportante reportará los datos solicitados por la herramienta para que ésta genere la liquidación con la referencia de pago, la que deberá ser reportada por el aportante en el portal del operador de información, una vez ingrese a la planilla tipo Z. RESOLUCIÓN NUMERDO 728DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 7 estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes — PILA, para penmitir el recaudo de los valores Para el uso de este tipo de planilla el operador de información debe: a)

Artículo 2 (6/35)

b) d 9) h) Conectarse mediante webservice a la herramienta tecnológica www.soyactuario.com.co para que con la referencia de pago reportada por el aportante, esta le disponga el tipo y número de identificación del aportante, tipo y número de identificación del cotizante, tipo de cotizante, primer apellido, segundo apellido, primer nombre, segundo nombre, Código de la administradora de fondos de pensiones a la cual pertenece el afiliado, IBC pensión, cotización obligatoria a pensiones, periodo de pago y, fechas límites de pago. El operador de información debe validar que el tipo y número de identificación del aportante coincida con el que se encuentra reportado en su plataforma tecnológica, en caso de que no corresponda, no le permitirá el pago y le informará al aportante esta situación. La herramienta www.soyactuario.com.co suministrará la información del tipo y número de identificación del cotizante y la administradora de pensión a la que se debe realizar el pago, información a la que el operador de información no le debe realizar validaciones. Cuando el portal www.soyactuario.com.co le indique al operador de información que la referencia de pago se encuentra vencida, no se permitirá el pago, e informará al aportante, quien debe ingresar al citado portal y realizar la reliquidación del cálculo actuarial para actualizar los valores a la nueva fecha de pago. Cuando el aportante haya realizado el pago, el operador de información, deberá notificar este pago a la herramienta www.soyactuario.com.co mediante webservice para marcar la referencia de pago como “pagado” En el campo “Período de pago para los sistemas diferentes al de salud” se debe reportar el periodo de pago inicial de los rangos omisos reportados por la herramienta tecnológica www.soyactuario.com.co. El operador de información deberá reportar la información del registro tipo 1 del archivo tipo 1 y tipo 2 de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico 2.

Artículo 2 (7/35)

La información del registro tipo 2 del archivo tipo 2 se deberá reportar de la siguiente manera: Campo Descripción = 3 Tipo documento del cotizante Debe corresponder a la información generada por la herramienta www,soyactuario.com,co y conforme a la presente resolución 4 Número de identificación del cotizante Debe corresponder a la información generada por la herramienta www. soyactuario.com.co 5 Tipo cotizante Debe corresponder a la información generada por la herramienta www.soyactuario.com.co, y conforme a la presente resolución. 11 Primer apellido Debe corresponder a la información generada por la herramienta www. soyactuario.com.co 12 Segundo apellido Debe corresponder a la información generada por la herramienta www.soyactuario.com.co 13 Primer nombre Debe corresponder a la información generada por la herramienta www.soyactuario.com.co 14 Segundo nombre Debe corresponder a la información generada por la herramienta www.soyactuario. com.co 31 Código de la administradora de fondo de pensiones a la cual pertenece el afiliado. Debe corresponder a la información generada por la herramienta www.soyactuario.com,co, y conforme a la presente resolución. RESOLUCIÓN NÚMERO 728DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 8 Campo Descripción + . 2 36 Número de días cotizados a pensión Debe ser cero 40 Salario básico Debe ser cero 42 IBC pensión Debe corresponder al campo “salario devengado al último periodo de la omisión” generado por la herramienta www.soyactuario.com,co 46 Tarifa de aportes pensiones. Debe ser cero 47 Cotización obligatoria a pensiones Debe corresponder al campo “valor total del cálculo actuarial” generado por la herramienta www.soyactuario.com.co Este valor debe estar redondeado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1990 de 2016 Los demás campos se dejan en blanco, cero o N (No), según corresponda.

Artículo 2 (8/35)

Cuando se utilice este tipo de planilla no aplica el reporte de ninguna novedad Sobre este tipo de planilla el aportante no puede realizar ajustes a través de la planilla “N —- Planilla de Correcciones.” 4. Enel numeral 2.1.1.2.4. “Campo 15 - Período de pago para los sistemas diferentes al de salud" del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar la aclaración de este campo, así: *2.1.1.2.4 Campo 15 - Período de pago para los sistemas diferentes al de salud Este campo contiene el período de pago al que corresponden los aportes a los Sistemas Generales de Pensiones, Riesgos Laborales, cajas de compensación familiar, ICBF, Sena, ESAP y Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la obligación de realizar aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales o alguno de sus subsistemas. Cuando se marque Y, lo H en el campo “8 —Tipo de Planilla” del registro tipo 1 del archivo tipo 2, el valor del campo “15 - Periodo de pago para los sistemas diferentes al de Salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2 debe ser igual al del campo “16 — Periodo de pago para el sistema de salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2. : Cuando se marque un valor diferente a Y, | o H en el campo “8 —Tipo de Planilla” del registro tipo 1 del archivo tipo 2, el valor del campo “15 -— Periodo de Pago para los sistemas diferentes al de salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2, debe corresponder al del mes anterior al del campo “16 — Periodo de pago para el sistema de salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2.

Artículo 2 (9/35)

Cuando se marque N o A en el campo “8 —Tipo de Planilla” del registro tipo 1 del archivo tipo 2, para los tipos de cotizantes que se relacionan a continuación el valor del campo “15 — Periodo de pago para los sistemas diferentes al de Salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2 debe ser igual al del campo “16 — Periodo de pago para el sistema de salud” del registro tipo 1 del archivo tipo 2: CODIGO DESCRIPCION 3 Independiente 4 Madres sustitutas 16 Independiente agremiado o asociado 33 Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional RESOLUCIÓN NGMERIN)728DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 9 estructura de la Planilla integrada de Liquidación de Aportes — PILA, para permitir el recaudo de los valores CODIGO DESCRIPCION 34 Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá que percibe honorarios amparado por póliza de salud 35 Concejal municipal o distrital - 36 Concejal municipal, distrital o edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional 40 Beneficiario de UPC Adicional 43 Cotizante a pensiones con pago por tercero 52 Beneficiario del Mecanismo de Protección al Cesante 53 Afiliado participe 56 Prepensionado con aporte voluntario a Salud 57 Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales 59 Independientes con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes Cuando se utilice el tipo de planilla “Z - Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones” en este campo se relacionará el periodo de pago inicial de los rangos omisos reportados por la herramienta tecnológica www.soyactuario.com.co.”

Artículo 2 (10/35)

5. En el numeral 2.1.2.1 “Descripción detallada de las variables de novedades generales. Registro tipo 2” del Capitulo 1 "Archivos de entrada” modificar las validaciones y origen de los datos del campo “98 - Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales” y los dos incisos de este numeral; asi: CAMPO LONG TIPO DESCRIPCIÓN POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE LOS Inicial _| Final DATOS La suministra el aportante, es un campo obligatorio para los cotizantes que aportan a Riesgos Laborales a excepción de los tipos de cotizante “57 - Independiente voluntario al Sistema Actividad de Riesgos Laborales” y "67 - económica para el | Voluntario en Primera Respuesta 98 7 687 693 N Sistema General de | aporte solo al Sistema de Riesgos Riesgos Laborales | Laborales”. Este campo debe diligenciarse para el periodo de cotización noviembre de 2022 en adelante. Para periodos anteriores se debe reportar en cero. (...) “Cuando el aportante haya pagado aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales del mes anterior con el mismo operador y el valor del campo 10 -“Forma de presentación” sea U, el operador de información deberá verificar en los tipos de planilla E y A, que los cotizantes reportados, en el periodo correspondan a los mismos del periodo anterior, y no se haya reportado una novedad de retiro en dichas planillas o a través del tipo de planilla N; en caso de presentarse diferencia con los cotizantes reportados en el mes anterior, el aportante deberá reportar la novedad de ingreso o retiro, según sea el caso.”

Artículo 2 (11/35)

6. En el numeral 2.1.2.3.1 “Campo 5 - Tipo de cotizante” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones del tipo de cotizante “32- Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación colombiana”; asi: "32- Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación colombiana: Es utilizado cuando el tipo de aportante del archivo tipo 1, sea una “Misión diplomática, consular o de organismo multilateral no sometido RESOLUCIÓN NÚMERO 728 19 MAY 2023 2023 HOJA 10 a la legislación colombiana” y se deban aplicar al cotizante condiciones especiales o diferentes para el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, Cuando se use este tipo de cotizante, el tipo de documento deberá corresponder a alguno de los siguientes: CE. Cédula de extranjería CD. Carné diplomático. Este tipo de cotizante puede hacer aportes a uno o más de los subsistemas del Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Es responsabilidad del aportante suministrar la información correspondiente a los sistemas respecto de los cuales realiza los aportes. Su base de cotización es el salario mensual sin que este sea inferior a un salariomínimo legal mensual vigente proporcional a los días laborados.”

Artículo 2 (12/35)

7. En el numeral 2.1.2.3.3 Campo “7 - Extranjero no obligado a cotizar a pensiones” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones de este campo”; asi: *2.1.2.3.3 Campo 7 - Extranjero no obligado a cotizar a pensiones Es utilizado cuando el cotizante es un ciudadano extranjero que no está obligado a cotizar al Sistema General de Pensiones de acuerdo con la ley, pero debe cotizar a los demás sistemas según el tipo de cotizante que corresponda. No deben diligenciar los campos 19, 20, 28,31, 32, 36, 42, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 53 del registro tipo 2 del archivo tipo 2. El tipo de documento deberá corresponder a alguno de los siguientes: CE. Cédula de extranjería PA. Pasaporte CD. Carné diplomático. SC. Salvo conducto de permanencia PE. Permiso Especial de Permanencia PT. Permiso por Protección Temporal” 8. En el numeral 2.1.2.3.7 “Campo 15 — Ingreso — ING” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones de este campo; así: *2.1.2,3.7 Campo 15 -— Ingreso — ING Este campo puede tener los siguientes valores: X Cuando se usa este valor, se indica que el aportante da ingreso al cotizante a todos los sistemas para los cuales está liquidando los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. R Este valor solo puede ser utilizado cuando el tipo de cotizante sea “16 - Independiente agremiado o asociado”, “57- Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales” o “59 Independiente con contrato de prestación de servicios superior a un mes”.

Artículo 2 (13/35)

Cuando se usa este valor, se indica que el cotizante ingresa Únicamente al Sistema General de Riesgos Laborales y solo en el archivo de salida para el Sistema General de Riesgos Laborales se marca RESOLUCIÓN NÚMEROS 7.28DE (9 MAY 2023 2023 HOJA 11 esta novedad de ingreso con una X. En los archivos de salida del resto de sistemas se deja en blanco esta novedad. C Este valor solo puede ser utilizado cuando el tipo de cotizante sea “3- Independiente”, “4- Madre Sustituta”, “16 - Independiente agremiado o asociado”, “33 — Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional”, “34 - concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud”, “35- Concejal municipal o distrital”, "53- Afiliado participe”, “57- Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales” o “59 Independiente con contrato de prestación de servicios superior a un mes”. Cuando se usa este valor, se indica que el cotizante ingresa únicamente al Sistema de Subsidio Familiar y solo en el archivo de salida para el Sistema de Cajas de Compensación Familiar se marca esta novedad de ingreso con una X. En los archivos de salida del resto de sistemas se deja en blanco esta novedad. Cuando no hay novedad de ingreso este campo se deja en blanco” 9. En el numeral 2.1.2.3.8 "Campo 16 — Retiro — RET” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones de este campo, así: *2.1.2.3.8 Campo 16 -— Retiro - RET Este campo puede tener los siguientes valores: X Cuando se usa este valor, se indica que el aportante retira al cotizante de todos los sistemas para los cuales está liquidando los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.

Artículo 2 (14/35)

P Cuando se usa este valor, se indica que el aportante retira al cotizante únicamente del Sistema General de Pensiones y solo en el archivo de salida para pensiones se marca esta novedad de retiro con una P. En los archivos de salida del resto de sistemas se deja en blanco esta novedad. R Este valor solo puede ser utilizado cuando el tipo de cotizante sea “16 - Independiente agremiado o asociado”, “57- Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales” o “59- Independiente con contrato de prestación de servicios superior a un mes”. Cuando se usa este valor, se indica que el cotizante se retira únicamente del Sistema General de Riesgos Laborales y solo en el archivo de salida para el Sistema General de Riesgos Laborales se marca esta novedad de retiro con una R. En los archivos de salida del resto de sistemas se deja en blanco esta novedad. C Este valor solo puede ser utilizado cuando el tipo de cotizante sea “3- Independiente”, “4- Madre Sustituta”, “16 - Independiente agremiado o asociado”, “33 - Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional”, “34 - Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud”, “35- Concejal municipal o distrital”, “53- Afiliado participe”, “57- Independiente voluntario al Sistema de Riesgos Laborales” o “59 - Independiente con contrato de prestación de servicios superior a un mes”. Cuando se usa este valor, se indica que el cotizante se retira únicamente del Sistema de Subsidio Familiar y solo en el archivo de salida para ese Sistema se marca esta novedad de retiro con una C. En los archivos de salida del resto de sistemas se deja en blanco esta novedad.

Artículo 2 (15/35)

Cuando no hay novedad de retiro este campo se deja en blanco.” RESOLUCIÓN NÚMEROS 728DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 12 10.En el numeral 2.1.2.3.11 “Campo 36 - número de días cotizados al Sistema General de Pensión” del Capitulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones de este campo; asi: “2.1.2.3.11 Campo 36 - número de días cotizados al Sistema General de Pensión La sumatoria de los días a reportar en el Sistema General de Pensiones de cada cotizante debe corresponder a 30 días indistintamente de si el mes tiene 28, 30 o 31 días. Es permitido reportar menos de 30 días cuanto exista una novedad de ingreso o retiro para aquellos cotizantes que aportan al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Este campo es obligatorio y solo permitirá valores entre O y 30. El valor “0” solo podrá ser diligenciado si el tipo de cotizante no está obligado a cotizar al Sistema General de Pensiones o si el cotizante ya se encuentra pensionado. Cuando se utilice el tipo de planilla “Z - Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones”, este campo se reportará en cero (0)

Artículo 2 (16/35)

11. En el numeral 2.1.2.3.15 “Campo 47 - Cotización obligatoria al Sistema General de Pensiones” del Capítulo 1 “Archivos de entrada” modificar las aclaraciones de este campo, asi: “21.23.15 Campo 47 - Cotización obligatoria al Sistema General de Pensiones Se debe validar el cálculo de esta cotización, multiplicando el valor del campo 42- “IBC Pensión” del registro tipo 2 del archivo tipo 2, por el valor del campo 46 — “Tarifa de aportes a pensiones” del registro tipo 2 del archivo tipo 2. El valor incluido en este campo debe cumplir las reglas de redondeo o aproximación para las cotizaciones, de acuerdo con las normas vigentes. Cuando se utilice el tipo de planilla "Z - Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones”, en este campo se registrará el valor reportado en el campo “valor total del cálculo actuarial” generado por la herramienta www.soyactuario. com.co 12. En el numeral 1 “REGISTRO TIPO 3. TOTAL APORTES DEL PERÍODO PARA PENSIONES” del capítulo 2 “REGISTROS DE TOTALES GENERADOS POR LOS OPERADORES DE INFORMACIÓN” modificar las validaciones y origen de los datos de los campos “11 - Número de días de mora liquidados”, “12 - Valor intereses de mora sobre el valor total de las cotizaciones del período liquidado”, “43 - Valor intereses de mora sobre el valor total aporte al Fondo de Solidaridad Pensional -Subcuenta de Solidaridad” y “14 - Valor intereses de mora sobre el valor total aporte fondo de solidaridad pensional subcuenta de subsistencia”; asi: POSICIÓN TIPO DESCRIPCIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG inicia Y Final LOS DATOS El valor lo debe calcular el operador de información de acuerdo con la fecha de pago de la planilla. Cuando se utilice la planilla U, el operador de información calculará el número de días de Número de días de 1 5 96 100 N mora liquidados.

Artículo 2 (17/35)

RESOLUCIÓN NÚMERO) 72 8 DE 19 MAY 2023 2023 HOJA 13 POSICIÓN VALIDACIONES Y ORIGEN DE CAMPO | LONG Inicial | Final TIPO DESCRIPCIÓN LOS DATOS mora utilizando el valor registrado en el campo 9 - “Fecha pago planilla asociada a esta planilla”. Cuando se utilice la planilla 2 este campo siempre será cero (0) Valor intereses de | Liquidación del valor en mora del mora sobre el valor | campo 6 del registro tipo 3. “ total de las 12 11 101 111 N cotizaciones del | Cuando se utilice la planilla 2 período liquidado. este campo siempre será cero (0) Valor intereses de Liquidación del valor en mora del mora sobre el valor campo 9 del registro tipo 3. total aporte al : 13 mom [aan ondo y | cuando se utilice la planilla Z Pensional - eN campo siempre será cero Subcuenta de Solidaridad. Valor intereses de | Liquidación del valor en mora del mora sobre el valor | campo 10 del registro tipo 3. total aporte Fondo 14 11 123 133 N [de Solidaridad | Cuando se utilice la planilla Z Pensional este campo siempre será cero Subcuenta de | (0) Subsistencia. 13. En el numeral 6 "RELACIÓN TIPO DE COTIZANTE VS TIPO DE APORTANTE” del Capitulo “4. VALIDACIÓN COHERENCIA DATOS” modificar la “Tabla 11. Tipos de planillas” y la “Tabla 12. RO6- Regla de validación — tipo de planilla vs tipo de aportante”, adicionando el tipo de planilla “Z. Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones”; así: “Tabla 11.

Artículo 2 (18/35)

Tipos de planillas Tipo de planilla Planillas empleados Planillas Independientes empresas Planilla cotizantes con novedad de ingreso Planilla independientes Planilla servicio domestico Planilla de mora Planilla de correcciones Planilla madre sustituta Planilla empleados entidad beneficiaria del sistema general de participaciones Planilla pago de aporte faltante, de una entidad beneficiaria del SGP Planilla para pago de seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial Planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, reestructuración o en procesos concursales Planilla de uso exclusivo de la UGPP para pago por terceros Planilla Estudiantes Planilla Obligaciones determinadas por la UGPP Planilla Acuerdos de pago realizados por la UGPP Planilla Piso de Protección Social Planilla Contribución Solidaria nom jojo jxjej x [cins[I[2¡3/0|-—/3|<|m Planilla para pago de cálculo actuarial por omisión en pensiones RESOLUCIÓN NÚMEROO 728DE 49 MAY 2023 2023 HOJA 14 Tabla 12.

Artículo 2 (19/35)

RO6- Regla de validación - tipo de planilla vs tipo de aportante TIPO DE APORTANTE TIPOS DE PLANILLA 161718191101 11112113114 Planilla empleados x|X os Planillas independientes xlxlx X empresas xXx XxX Planilla cotizantes con novedad de ingreso Planilla independientes Planilla empleados de independientes Planilla de mora Planilla de correcciones Planilla empleados entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones Planilla pago de aporte faltante, de una entidad| F | X beneficiaria del SGP Planilla para pago de seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial Planilla para el pago de empresas en proceso de liquidación, x|xX XxX|x|X reestructuración o en procesos concursales Planilla de uso exclusivo x | x [xa x | x [xfju x | x xa Xx|X x|X x|xX zi3| 0 ¡| »|<|m xx] < |x| < | x [xj xx x xx xx xx xx xx xx x de la UGPP para pago por| U|X | X X|X|x|Xx ¡Xx terceros Planilla estudiantes K|X Planilla madre sustituta H XxX Planilla obligaciones determinadas por la O|X|X|X|X|X|X XxX|X UGPP Planilla acuerdos de pago realizados por la UGPP Q|X[X|Xx|X x x Xx Planilla Piso de Protección Social BIxXpx Xx Xx x Planilla Contribución D Xx Solidaria Planilla para pago de cálculo actuarial por| Z|X|X|X|X|X|X X|Xx|X omisión en pensiones Resultado: Cuando en la información de una planilla reportada por un aportante se presente que el cruce entre tipo de planilla y tipo de aportante No sea “X”, el archivo no pasa la malla de validación y el operador de información le debe informar al aportante el error presentado.” 14.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2023.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 28), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma