Artículo 1
Objeto. Definir las condiciones y parámetros para el ejercicio de las funciones asignadas en los literales a) b) y c) del artículo 7 de la Ley 1193 de 2008 al Colegio Naciona! de Bacteriología.
Resolución · 721 · 2015-03-11 · Jerarquía: nivel 8
Objeto. Definir las condiciones y parámetros para el ejercicio de las funciones asignadas en los literales a) b) y c) del artículo 7 de la Ley 1193 de 2008 al Colegio Naciona! de Bacteriología.
Ejercicio de las funciones. Las funciones anteriormente señaladas se cumplirán con respecto a los profesionales de la bacteriología, para lo cual se suscribirá un acta de inicio entre la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud de este Ministerio y el Colegio Nacional de Bacteriología, en la cual éste manifestará que cumple con las condiciones y requisitos para ejercer las funciones asignadas.
Deberes y responsabilidades del Colegio Nacional de Bacteriología. El Colegio Nacional de Bacteriología dará cumplimiento a los deberes consagrados en los artículos 5, 17, 18 y 19 del Decreto 4192 de 2010. La PA Cc RESOLUCIÓN NÚMERQ+* (4300721 DE2015 Página 2 1 1 MAR 2015 Los representantes legales, los miembros de las juntas directivas, los órganos de vigilancia y de las instancias decisorias del colegio, serán responsables por el cumplimiento de las funciones, deberes y obligaciones en los términos que ordena el artículo 8 del Decreto 4192 de 2010.
Obligaciones del Colegio Nacional de Bacteriología. Además de los deberes a los que alude en el artículo 3 de la presente resolución, el Colegio Nacional de Bacteriología tendrá las siguientes obligaciones: 1. Implementar procesos para la verificación del cumplimiento de requisitos para el ejercicio de los profesionales de la bacteriología, conforme a lo señalado en el artículo 18 de la Ley 1164 de 2007. 2. Disponer de los recursos físicos, tecnológicos y administrativos, así como del personal suficiente para el idóneo cumplimiento de las funciones. 3. Presentar a la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud de este Ministerio, informes semestrales sobre la gestión de las funciones. 4. Cumplir las demás obligaciones propias del ejercicio de tas funciones públicas asignadas en los literales a), b) y c) del artículo 7 de la Ley 1193 de 2008. 5. Entregar a solicitud de este Ministerio, la información que se genere y que soporte el cumplimiento de las funciones públicas. 6. Establecer los mecanismos de autorregulación y control y atender los requerimientos formulados por este Ministerio. Parágrafo. Cuando se presente el incumplimiento de los deberes, responsabilidades y obligaciones se procederá a informar a las entidades de control, para que adelanten las investigaciones a que haya lugar, en el marco de sus competencias.
Principios, El Colegio Nacional de Bacteriología, en ejercicio de las funciones públicas de que tratan los literales a), b) y c) del artículo 7 de la Ley 1193 de 2008, garantizará el cumplimiento de tos principios que rigen las actuaciones administrativas de acuerdo con lo señalado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA.
Notificación. Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal del Colegio Nacional de Bacteriología, a su apoderado o a quien se autorice para tal efecto, advirtiéndoles que contra la presente resolución procede el recurso de reposición ante este Despacho, en los términos previstos en el artículo 76 del CPACA-, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del CPACA.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., alos, 1 1 MAR 2015 LEJA! odo rr URIBE inistro de Salud y Protección Social] S pele RESOLUCIÓN NÚMERO ¿40130721 DE 2015 Página 3 1 1 MAR 2015 ANEXO TÉCNICO Características físicas y de seguridad de la Tarjeta de Identificación Única Nacional del Talento Humano en Salud. De conformidad con lo ordenado por el parágrafo del artículo 14 del Decreto 4192 de 2010, la tarjeta de identificación única deberá cumplir con las siguientes condiciones: 1. Características físicas: Tamaño: Tipo carné, 8.6 x 5.4 cm. Color anverso: Cuatro (4) tintas Color reverso: Una tinta Material: PVC blanco opaco, calibre 30 Otras características: En el reverso de cada tarjeta se debe imprimir la firma estampada del representante legal del colegio profesional y debe contener panel para firma del profesional. Datos pre impresos en el anverso: “Escudo de Colombia”, “República de Colombia Ministerio de Salud y Protección Social”, “el Colegio Naciona! de Bacteriología”, “Identificación Única del Talento Humano en Salud”, (espacio para foto), “ Tipo de identificación”, “N* de identificación”, “Bacteriólogo”, “Nombres y Apellidos”, “institución de Educación”, “Ciudad”, “Fecha de Expedición del Diploma”, “Fecha de Inscripción en el RETHUS”. Datos pre impresos en el reverso: “Firma”, “(espacio para panel)”, “Firma del representante legal de la Colegio Nacional de Bacteriología”, “(espacio para firma digitalizada)”, “Esta tarjeta es un documento público y se expide de conformidad con la Ley 1164 de 2007 y el Decreto 4192 de 2010”, “Si esta tarjeta es encontrada, favor devolverla al Colegio Nacional de Bacteriología”. 2. Características de seguridad: Las Tarjetas de Identificación Única del Talento Humano en Salud, deben contener como mínimo dos (2) medidas de seguridad. El proceso de impresión debe realizarse directamente sobre el materia! primario de la tarjeta, no sobre laminación plástica posterior,
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: Vigente
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-por-tematica-minsalud-2015.zip · hoja Resoluciones · fila 20), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original