Artículo 1
Modifíquese el parágrafo del artículo 1% de la Resolución 2358 de 2006, el cual quedará así: “Parágrafo. Los datos correspondientes al Subsistema de Seguridad Social en Salud serán tomados de la información suministrada por las administradoras al Fosyga y al Ministerio de la Protección Social, o a la Superintendencia Nacional de Salud o de aquella solicitada directamente a las administradoras.