Por medio d ela cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus Covid-19 en el Sector de Agua Potable y Saneamiento Basico

Resolución · 680 · 2020-04-24 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 41–60 de 66

Artículo ANEXO (38/63)

Evite mencionarlo frente a sus colegas o vulnerarlo de otras maneras. Asegure un trato humanizado. Mantenga en todo momento la confidencialidad del caso, recordando la protección de datos personales y de ta información médica. Paso 2. Llamar al teléfono de atención que ha dispuesto la secretaría de salud del municipio, departamento o distrito, según corresponda. Paso 3: No acercarse a menos de dos metros del colaborador, verificar que está usando el tapabocas o proveerle uno, solicitarle información que pueda ser importante para evaluar el riesgo de la persona y de las personas que puedan haber entrado en contacto con la persona con síntomas asociados al COVID-19, incluyendo posibles contactos, viajes, síntomas, enfermedades preexistentes o estado de gestación, uso de medicamentos, edad, EPS, entre otros. Disponer para esta persona el área de cuidado en salud, donde pueda estar cómodo y seguro, aislado de otros trabajadores, mientras se determina de acuerdo con las indicaciones de la secretaria de salud del municipio, departamento o distrito, el punto de traslado y se dispone de un transporte. RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 23 Paso 4: Si se requiere realizar el traslado del trabajador, implementar los “Lineamientos para el Transporte Asistencial de Pacientes Sospechosos o Confirmados del Coronavirus (Sars - Cov-2)”* Paso 5: Si el traslado se realiza al domicilio, generar un canal de comunicación de dos vías con la persona enferma y tener sus contactos personales.

Artículo ANEXO (39/63)

Dar instrucción de quedarse en casa y aislarse según las indicaciones propuestas por el Ministerio de Salud y Protección Social (“Lineamientos para el Manejo del Aislamiento Domiciliario, frente a la Introducción del SARS-CoV-2 (COVID-19) A Colombia”). ?. Esta persona debe cumplir con el aislamiento obligatorio de 14 días. Paso 6: Realizar seguimiento diario al estado de salud de la persona y solicitar que le informe a la EPS y a la autoridad de salud correspondiente o a las líneas que ha dispuesto la secretaría de salud del municipio, departamento o distrito para reportar y hacer seguimiento al caso y de ser pertinente, se puedan realizar las pruebas que consideren las autoridades. Paso 7: Tener la información de cada caso, debidamente documentado para su seguimiento y generar lineamientos para la recuperación de la persona trabajadora o aparición de nuevos casos positivos. Paso 8: En caso de que haya una toma de prueba y que el resultado sea positivo, el colaborador no podrá asistir a la obra hasta que reciba atención médica y posterior alta médica y, debe seguir las indicaciones médicas dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social o por el organismo médico a cargo de su caso, además de informar inmediatamente el resultado al personal de salud ocupacional y administradores de la obra. Paso 9: Si el resultado es negativo, se debe reportar inmediatamente al personal de salud ocupacional y administradores de obra, quienes podrán suspender las cuarentenas en quienes se había considerado posibles contactos. Paso 10: Realizar un interrogatorio y evaluar presencia de sintomas, previo al reingreso del personal al área de construcción. Paso 11: De ser posible realizar una prueba rápida o tamiz al equipo de trabajo de la obra que estuvo en contacto con la persona positiva a Covid-19, para detectar posibles personas asintomáticas; quienes deben ser puestas en cuarentena, con las mismas indicaciones del caso confirmado. Medidas frente a la obra El contratista deberá:

Artículo ANEXO (40/63)

a) Notificar a la correspondiente secretaria de salud, Entidad Promotora de Salud y ARL. b) Notificar a la interventoria y entidad contratante acorde con el informe que presente el Profesional de Seguridad y Salud de Trabajo de la obra c) Convocar al comité de prevención establecido en el numeral 3.2 para definir las medidas a seguir y acciones a reforzar. d) Desarrollar un plan de continuidad integrado para responder al cierre parcial o total de sitios de sitios de obra por la detección de síntomas asociados al COVID-19, en más de un trabajador. ' htipsJwwew.minsahud gov.co/saludpublica/PET/Documents/LINEAMIENTOS W20PARAR20EL%20TRANSPORTE20ASISTENCIAL%200E% 20PACIENT ESK20SOSPECHOSOS%200%20CONFIRMADOS K 20COVID2019%20Versio%och8 1n%202.pd! ? hitos Hiveww.minsalod gov.co/Manisterio/tnstitucionaVProcesos 20y%20procedimientos/GIPSOS pd! RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.* 24 Frente a los posibles contactos El contratista, deberá: a) b) a) Si es posible, utilizar los mapas de transporte, registros, mapas de lugares de trabajo y flujos de personas, así como mapas del casino para detectar los posibles contactos con los que haya podido estar esta persona en los 14 días previos a presentar sintomas. Verificar los contactos. Contacto se define como haber estado a menos de dos metros de distancia de la persona, o haber compartido un espacio cerrado durante un período prolongado de tiempo. Así mismo, puede haber contactos indirectos al haber entrado en contacto con las mismas superficies o implementos de trabajo, si estos no estaban adecuadamente desinfectados.

Artículo ANEXO (41/63)

Elaboración de listado de personas que tuvieron contacto directo con la persona, incluyendo quienes no hayan presentado sintomatología. Los trabajadores que cumplen con la definición de contacto con la persona que tiene un posible contagio, deben ser contactados para determinar acciones particulares descritas en las medidas de aislamiento preventivo. Los trabajadores que hayan estado en contacto directo con el trabajador contagiado, deben permanecer en aislamiento preventivo en primera instancia y luego adoptar las medias que la autoridad de salud determine?. Mientras se está en proceso de evaluación por parte de la autoridad sanitaria, estos trabajadores no deben asistir a la obra hasta obtener la confirmación del resultado del testeo y luego proceder conforme a lo que determine la autoridad de salud, o hasta que pasen 14 días de cuarentena. Siempre que se informe de la situación a los contactos, se debe mantener la confidencialidad de la identidad de los casos. Todo contacto del personal de salud y seguridad en el trabajo con la persona contagiada y canalización a la Entidad Promotora de Salud, deberá ser no presencial (por teléfono, mensajeria, mail, WhatsApp u otros). Mantener seguimiento y control de reposos/cuarentenas preventivas de trabajadores que estuvieron en contacto con la persona con posible contagio y/o tienen confirmación diagnóstica por parte de la autoridad de salud. Frente a las áreas Cierre temporal de todas las áreas en donde haya estado la persona en las últimas 72 horas. Incluya materiales con los que pudo haber entrado en contacto la persona. Es necesario realizar un proceso de limpieza y desinfección previo al reingreso de otras personas al área. 3.6.2. Medidas de mitigación/crisis Cuando aparezcan casos con posible contagio o confirmados en la obra, el contratista, deberá:

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a) Orientar la atención de la persona o personas con Covid-19 y garantizar que se tomen las medidas de aislamiento necesarias y tengan la debida atención. 3 (bid RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.* 25 b) Reportar el caso a las entidades correspondientes: secretaría de salud distrital, municipal o departamental, la EPS del trabajador y a la ARL, y atender las indicaciones que le sean realizadas. c) Detectar y documentar todos los casos y sus posibles contactos. d) Implementar acciones de comunicaciones para esta fase. e) Aumentar medidas preventivas, como limpieza y desinfección de áreas y superficies, y las que se requieran, para evitar mayor contagio. f) Realizar acompañamiento a los trabajadores y familias. 3.6.3. Atención de emergencias a) Contar en lugar visible con un directorio telefónico de números a emplear para la atención de casos y medidas de urgencias.

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b) Tener los contactos de la ARL a la que se encuentre afiliada cada uno de los trabajadores. 3.7.Medidas para la cadena de producción y suministros, asociados a la construcción de obras El sector de agua y saneamiento básico demanda interacción y generación de cadenas importantes con diferentes sectores industriales, respecto a la provisión de insumos para el desarrollo de las obras de construcción. De esta manera, no es posible llevar a cabo avances en las obras sin la provisión oportuna de los respectivos materiales e insumos por tanto, se hace necesario dar lineamientos en materia de las acciones que minimicen el riesgo de contagio entre los trabajadores en obra y los proveedores de materiales de construcción, así, como asegurar la desinfección tanto de los insumos manipulados, como de tos actores que intervienen a lo largo de la cadena de importación, movilidad, traslados, recepción y entrega de suministros. 3.7.1. Entrega, carga y descarga de materiales Se deben acatar las siguientes normas previas a ta recepción de pedidos e insumos: a) informar a los proveedores antes de gestionar pedidos que la validación y la recepción de facturas y soportes se hará de forma electrónica, de esta manera, evitar la entrega de sobres y el cruce de documentos. De ser necesario el soporte físico, se debe dejar en sobre sellado en la caseta de correspondencia o sitio destinado para este fin y aplicar el protocolo de desinfección. b) Informar a los proveedores que la recepción de insumos y material de obra se realizará en orden de llegada y sólo se atenderá un proveedor a la vez. Si es posible, establecer horarios para la recepción de pedidos e insumos, c) Diseñar y construir, si es posible, un área para desinfección de llantas, mediante un foso provisto con aguas jabonosas, destinada al cruce obligado de los vehiculos que ingresan o salen de la obra. Evitar el contacto de la persona que conduce el vehículo con los trabajadores.

Artículo ANEXO (44/63)

d) Diseñar al ingreso de la obra un área de recepción de insumos, equipos y material con las caracteristicas ajustadas al tamaño de éstos. Esta área debe tener dos espacios: zona de descargue y de limpieza y zona de preparación para almacenaje, claramente señalizada y diferenciada y con un espacio de transición, que permita la desinfección de todos los insumos recibidos. Garantizar el uso de los elementos de protección personal. 3.7.2. Gestión del almacén RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.* 26 a) b) c) a) j k) 1) m) a) b) c) d) a) b) c) Disponer de un elemento idóneo (de poca altura), para la desinfección de las suelas del calzado, con una solución compuesta por hipoclorito de sodio y agua, para que todas las personas desinfecten las suelas de los zapatos, antes de su ingreso al almacén. Asegurar la circulación de aire en aquellos espacios destinados para el almacenamiento de materiales, equipos y demás insumos de obra. Realizar limpieza y desinfección del área con mayor frecuencia a la habitual. Evitar la aglomeración de personal, permitiendo el ingreso de una única persona a la vez a! retirar la herramienta o material, Antes de entregar la herramienta, el almacenista debe desinfectar las zonas donde el personal pone las manos. El almacenista deberá usar tapabocas de manera permanente, durante la entrega y recepción del material o insumos a los trabajadores de obra.

Artículo ANEXO (45/63)

Definir un espacio donde va a recibir los equipos, insumos o material de obra Zona de descargue o zona sucia: en esta zona los proveedores o empresa de logística deben descargar sin ayuda del persona! de la organización los equipos, insumos y material de obra. Posterior al descargue, el personal de limpieza con las medidas de protección adecuadas, debe desinfectar la caja o embalaje, Después debe destapar la caja o el embalaje para los casos que apliquen y retirar los insumos; cada insumo debe ser desinfectado y ubicado en la zona de transición. El personal del almacén que recibe habitualmente los insumos, y que no ha tenido contacto con el personal de la zona sucia, debe tomar los insumos recibidos y ubicarlos en los estantes correspondientes. El personal del almacén debe desinfectar sus manos con alcohol en gel antes y después de recibir los insumos. Las facturas o soportes de entrega deberán ser radicados en el área de correspondencia. 3.7.3. Medidas durante la carga y recepción de suministros Demarcar las zonas de espera. Garantizar la distancia mínima de 2 metros entre personas. La recepción debe hacerse sin contacto fisico, dejando el paquete en entrada de las instalaciones. Se asegura que el equipo de transporte cuente con elementos de protección personal, evitando contacto directo y realizado con vehículos sanitizados. Requerir a la empresa transportadora certificar la implementación de una cadena de desinfección de insumos y suministros en cada una de las estaciones de transferencia de carga y entrega, desde el lugar de fábrica y origen, incluyendo puertos, bodegaje y demás traslados. 3.7.4. Medidas en el transporte de suministros En la operación de vehiculos necesaria para la actividad productiva, como camiones de diferentes tipologías, camionetas y vehículos, será necesario que el conductor(a) realice lavado de manos antes y después de operar el vehiculo. Desinfectar los vehiculos de transporte al menos 2 veces al día.

Artículo ANEXO (46/63)

Los vehiculos de transporte de material y equipos deben ser ocupados únicamente por la persona que lo conduce. En caso de ser necesario para apoyar los procesos de descarga de materiales, los acompañantes también deben utilizar tapabocas en todo momento y deberán seguir el mismo proceso de lavado de manos. RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 27 d) Garantizar la desinfección de superficies de mayor contacto como timón, chapas de puertas, manijas o botones de ventanas, barra de cambios, pedales y lavado de las llantas. e) El conductor del vehículo debe permanecer dentro de la cabina del vehiculo, evitando el contacto con el personal de la obra salvo que exista alguna exigencia para descender del vehículo. f) Permitir la ventilación del vehículo de manera natura! No se debe usar aire acondicionado. 9) Requerir a la empresa transportadora certificar la implementación de una cadena de desinfección de insumos y suministros en cada una de las estaciones de transferencia de carga y entrega, desde el lugar de fábrica y origen, incluyendo puertos, bodegaje y demás traslados. h) Promover la desinfección de los productos comprados mediante una solución de hipoclorito de sodio y agua en spray, principalmente sobre superficies plásticas o de cartón, 3.7.5. Medidas a la salida del sitio de obra a) Las entidades contratantes, contratistas e interventores, deben adelantar capacitación permanente sobre la cultura del autocuidado y autoregulación, de tal manera que los mismos cuidados que se tuvieron para el desplazamiento de la casa al sitio de trabajo, se apliquen para el regreso a casa.

Artículo ANEXO (47/63)

b) Es necesario insistir y capacitar en los riesgos que pueden asumir los trabajadores que no adopten las medidas de bioseguridad y de autocuidado al regresar a casa, para minimizar estos riesgos, las empresas contratistas e interventorias pueden optar por disponer el servicio de transporte con rutas determinadas. Así mismo, es necesario acatar las medidas expuestas en el numeral 4.5.2 del anexo técnico de ta Resolución 666 de 2020 para el regreso a la vivienda. 3.8. Medidas de promoción y prevención en la operación de los sistemas de agua y saneamiento y en las actividades de prestación de los servicios públicos de acueducto y saneamiento básico Se presentan medidas mínimas de seguridad para trabajadores de las empresas que prestan servicios públicos domiciliarios, especialmente, el suministro de agua potable. el manejo de aguas servidas y la recolección y disposición de residuos, para la reducción del riesgo de exposición y contagio a sus trabajadores por COVID-19. Cada prestador deberá adoptar tas medidas necesarias acorde con las condiciones particulares de la prestación y de la región. Se establecen dos frentes de intervención para la adopción de las medidas: 3.8.1. Acciones en labores de operación de los sistemas de agua y saneamiento básico a) Los trabajadores de las empresas de servicios públicos deberán portar la correspondiente identificación personal y el carné de la entidad para facilitar las labores de las autoridades que velan por el cumplimiento de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio y las restricciones de la movilidad. b) Contar con los elementos de bioseguridad para el personal operativo de la empresa (tapabocas, máscaras fullface, tyvek si es necesario u otro), además de los implementos de protección personal establecidos de acuerdo con cada labor RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 28 d) 9) h) y k)

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1) desarrollada. Adicionalmente, disponer en los sitios de trabajo de insumos para el aseo personal y asepsia (jabón, gel antibacterial o alcohol en gel, u otro). Para los operadores de las redes de alcantarillado y plantas del sistema de tratamiento de aguas residuales se recomienda seleccionar el equipo a utilizar en función de la exposición a aerosoles, salpicaduras y contacto con agua residual de la zona de trabajo, como: Antiparras/anteojos de seguridad, Mascarilla protectora o protector facial a prueba de salpicaduras, overol, repelente de liquidos, guantes impermeables, botas de goma. Establecer protocolos de limpieza y desinfección de los sitios de trabajo y adelantar capacitaciones y entrenamientos en temas como el correcto lavado de las manos, aseo personal y las recomendaciones para disminuir el contagio. Para ello, se deberán suministrar los elementos para tales efectos como limpiones desechables, soluciones desinfectantes, entre otros. En cada jornada laboral y con la periodicidad que se defina en los protocolos. los trabajadores deberán limpiar y desinfectar las herramientas, equipos, materiales, vehículos y demás elementos utilizados en el sitio de trabajo. No permitir el ingreso a las instalaciones de la empresa del personal diferente al administrativo o al operativo relacionado con cada componente de los sistemas. En el caso de requerirse reuniones del personal operativo para impartir las instrucciones sobre el trabajo de campo, estas deberán desarrollarse de manera virtual (conexión por internet, telefónica, radioteléfonos, otros). Si es obligatorio que dichas reuniones tengan que ser presenciales, se deberán atender las recomendaciones sobre la distancia de por lo menos dos (2) metros entre las personas que asistan y portar los elementos de bioseguridad establecidos, dependiendo del espacio disponible para el desarrollo de las reuniones se limitará el número de personas asistentes. Garantizar el suministro de gel antibacterial al ingresar y salir de la reunión.

Artículo ANEXO (49/63)

La ropa de trabajo, los uniformes, tas gafas de protección, los guantes y demás elementos utilizados para las labores de campo deberán ser de uso diario, para lo cual pueden adoptarse los mecanismos de lavado y desinfección aplicables, o garantizar el suministro en la periodicidad que se requiera para no utilizar los mismos elementos por más de un día por parte de cada trabajador. Aquellos trabajadores que atiendan reparaciones, fugas o daños en las zonas de mayor riesgo de contagio (hospitales, clinicas, cárceles, mercados públicos, centros comerciales, u otros), deberán portar en lo posible trajes especiales de bioseguridad o su equivalente, y disponer de insumos para la limpieza y desinfección en el sitio donde prestan el servicio (jabón, gel antibacterial, alcohol o equivalentes), mantener la distancia mínima de 2 metros, para ello deben identificar y aislar el área de trabajo para evitar el contacto con otras personas y posteriormente garantizar el aseo personal. Cumplir con las medidas de seguridad social y salud en el trabajo por parte de los profesionales correspondientes, de tal manera que se realice de manera oportuna la revisión y control de la temperatura corporal y sintomatología de los trabajadores que adelantan trabajo de campo en las empresas de servicios públicos, en especial a aquellos que han estado expuestos a las zonas con mayor riesgo de contagio. Coordinar la entrega y recibo de los turnos de trabajo, de tal manera que se mantengan las distancias minimas entre los trabajadores de la empresa. de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio de Salud y Protección Social. Rotar los turnos de trabajo de acuerdo con las posibilidades de cada sistema, con el fin de disponer de horarios diferenciados para los trabajadores de la empresa y con esto, disminuir las aglomeraciones de personal en las horas pico, para el desplazamiento desde y hacia sus lugares de residencia.

Artículo ANEXO (50/63)

RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 29 m) En la medida de lo posible, disponer de rutas de transporte para el personal n) p) 9) operativo de la empresa, de acuerdo con lo definido en el numeral 4.2 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. Coordinar las labores de mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de agua y saneamiento en cuadrillas de máximo 3 personas, los cuales deberán portar sus respectivos elementos de protección y bioseguridad, además deberán adoptar las medidas de distanciamiento, limpieza y desinfección. Programar los mantenimientos, tanto preventivos como correctivos, en horarios flexibles o de baja demanda, de tal manera que se minimice la afectación del suministro de agua a la población usuaria. Programar la adquisición de los insumos, repuestos, materiales, equipos, dotaciones y demás implementos necesarios para la operación de los sistemas de agua y saneamiento, en cantidades suficientes y adecuadas a la capacidad instalada, para evitar la exposición frecuente de los trabajadores de la empresa que están encargados de realizar la recepción y manejo de los mismos. Para los casos en donde la distribución de agua potable se realice mediante carrotanques, pilas públicas, tanques estacionarios, pimpinas u otro mecanismo diferencial, se deberán adoptar procedimientos seguros tanto para el personal de la empresa como para la población usuaria, de tal manera que se conserve la distancia social recomendada para disminuir el riesgo de contagio y la adopción de los protocolos de bioseguridad (establecimiento de horarios y rutas de suministro, desinfección de los vehículos o los equipos utilizados, evitar las aglomeraciones en los puntos de suministro, entre otros).

Artículo ANEXO (51/63)

Establecer protocolos para la adopción de prácticas de aseo personal y desinfección de los trabajadores, al término de su jornada laboral, para evitar la exposición de los miembros de su familia o personas en el lugar de residencia. Contar con la información de los equipos de trabajo técnico-operativos y sus respectivas funciones para establecer la disponibilidad de un personal de reserva que esté capacitado y/o calificado y pueda reemplazar a los titulares, en los casos en que sea necesario. Elaborar un listado de personal operativo externo que esté capacitado en operación y/o mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento, para los casos en donde se requiera su vinculación temporal en cualquier eventualidad o emergencia en la prestación de los servicios públicos de acueducto y/o alcantarillado. Capacitar a los trabajadores, de acuerdo con lo estabiecido en el numeral 4.3 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, así como en la temática a que refiere el literal C del numeral 3.6.4 de este protocolo. En dichas capacitaciones deberá incluirse adicionalmente, la necesidad de uso del Equipo de Protección Personal - EPP, tipo de EPP, y el uso correcto, limpieza y desinfección del mismo. Para los operadores de las redes de alcantarillado y plantas del sistema de tratamiento de aguas residuales se recomienda: comer en áreas designadas, lejos de actividades de manejo de aguas residuales; no fumar ni masticar chicle mientras se trabaja en zonas cercanas a aguas residuales; mantener llagas, cortes y heridas abiertas cubiertas con vendajes limpios y secos; enjuagar suavemente los ojos con agua segura si han sido salpicados o han entrado en contacto de alguna forma con aguas residuales; quitarse las botas de goma y la ropa de trabajo antes de abandonar el lugar de trabajo y realizar lavado de manos.

Artículo ANEXO (52/63)

RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 30 b) c) d) 9) h) Y k) 3.8.2. Acciones en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado Establecer mecanismos para la atención de las peticiones, quejas, recursos y reclamaciones por medios electrónicos o virtuales (Recepción, asignación, trámite, respuesta y/o solución, comunicación al usuario o entidad correspondiente). Establecer mecanismos de entrega de las facturas de tos servicios públicos por medios electrónicos (correo electrónico, whatsapp, o redes sociales aplicables, otros). Implementar medios de pago electrónicos para las facturas de los servicios públicos (PSE, Banca Móvil, otros) con el fin de evitar el desplazamiento de los usuarios a las entidades recaudadoras o puntos de pago. Implementar el trabajo virtual o remoto para aquellas labores administrativas, financieras y comerciales que así lo permitan; entre ellas, las de talento humano, nomina, gestión financiera, gestión de calidad y documental, entre otras. Para ello, se deberá garantizar ta logistica y coordinación necesaria con el fin de no desmejorar las condiciones laborales de los trabajadores y proteger su seguridad fisica, mental y emocional. Establecer canales de comunicación oportunos y efectivos para la notificación de los casos sospechosos de COVID-19, ante las autoridades de salud competentes (INS, secretarias de salud, hospitales, autoridades sanitarias, EPS respectivas, alcaldias, gobernación, otra). Implementar protocolos de limpieza y de bioseguridad a los trabajadores y contratistas con el fin de garantizar la prevención en todas las áreas de prestación de los servicios. Suministrar los elementos de protección y aseo personal y de bioseguridad, de acuerdo con las recomendaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, para la prevención del contagio.

Artículo ANEXO (53/63)

Realizar capacitaciones al personal de la empresa en materia de prevención del contagio con COVID-19 y sobre la desintección y limpieza de las áreas de trabajo, teniendo el área disponible para ese fin, se limitará el número de personas y se seguirán las medidas de distanciamiento fisico y de limpieza y desinfección al iniciar y terminar la jornada de capacitación. Realizar las reuniones que se requieran de manera virtual y promover ta comunicación por correo electrónico, teléfono u otros medios virtuales que no impliquen interacción directa persona a persona. Cuando las reuniones presenciales sean estrictamente necesarias imprescindibles se debe mantener una distancia minima de dos metros entre los asistentes y su realización en un espacio con suficiente ventilación, Implementar horarios flexibles de ingreso y salida del! trabajo con el fin de reducir las aglomeraciones en los medios masivos de transporte, en el uso de los ascensores y en las áreas comunes de la empresa (restaurantes, casinos, baños, cocinas, otras). Identificar a las personas con tratamiento especial al interior de la empresa y hacer seguimiento de su situación de salud; entre ellas, a las mayores de 60 años y aquellos trabajadores con enfermedades preexistentes, cirugías y/o situaciones particulares de salud. Restringir los desplazamientos, comisiones o viajes para el personal de la empresa durante el periodo de la emergencia por COVID-19. 3.8.3. Acciones en la prestación del servicio público de aseo La pandemia generada por COVID-19 representa varios desafios para las autoridades, empresas prestadoras, operarios y usuarios del servicio público de aseo, es por esto RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.* 31 que se debe asegurar la transmisión de conocimiento e información, para proteger a los prestadores de una actividad cotidiana, que es esencial en estos momentos de crisis.

Artículo ANEXO (54/63)

Durante el periodo que dure el estado de emergencia generado por la pandemia de COVID-19, la prestación del servicio público de aseo debe realizarse de tal manera que la operación no se vea afectada, que no genere riesgos adicionales a la salud pública, que los operarios estén protegidos frente al potencial riesgo de contagio y que las instalaciones, infraestructura, equipos y vehículos asociados con ta recolección, el aprovechamiento, el tratamiento y la disposición final no se vean afectadas En particular, frente a la prestación de la actividad de aprovechamiento, se deben realizar los ajustes necesarios para proteger a los recicladores de oficio* frente a los riesgos de contagio. De otra parte, el aumento en la generación de residuos médicos y sanitarios, exige un tratamiento diferencial en su manejo, que asegure tratamientos de eliminación que eviten nuevos contagios, lo que supone una tarea de coordinación para el alcalde municipal o distrital entre los prestadores del servicio público de aseo y los gestores de residuos peligrosos con riesgo biológico e infeccioso en su territorio. Conforme a lo anterior, las prioridades frente a la gestión de residuos se resumen en 3 frentes: l Garantizar la continuidad en la prestación del servicio público de aseo. il, Fortalecer la separación en fuente para mantener la actividad de aprovechamiento y reciclaje de residuos. ii Reconocer la labor de los operarios de todas las actividades del servicio público de aseo y garantizar medidas de protección en salud y seguridad laboral para velar por su bienestar, considerando que están en las calles a pesar del aislamiento obligatorio para la mayoría de la población. A. Medidas de protección durante la operación de las actividades del servicio público de aseo.

Artículo ANEXO (55/63)

1. Protección a los operarios del servicio público de aseo Considerando que los operarios de barrido, transporte, recolección, aprovechamiento, tratamiento y disposición final de residuos son el segundo escudo humano más importante contra el coronavirus, después de los trabajadores de la salud, se deben garantizar las siguientes medidas: a) Las empresas operadoras, las organizaciones de segundo nivel que agrupan recicladores de oficio y los recicladores de oficio formalizados como prestadores, deben garantizar el uso de elementos y equipos de seguridad como guantes, tapabocas, máscaras y elementos de protección para los ojos. Es importante utilizar técnicas correctas para ponerse y quitarse los guantes y tapabocas evitando el contacto con la superficie expuesta. b) Se deben cumplir de forma estricta medidas que implique el cambio diario de la ropa de trabajo y su lavado con agua caliente y detergente, evitando en lo posible, llevarla a casa y lavarla junto con la ropa de los demás miembros de la familia. * En el marco del servicio público de aseo y el Decreto 596 de 2016, el Recictador de oficio, se define como persona natural que realiza de manera habitual las actividad es de recuperación, recolección, transporte, o clasificación de residuos sólidos para su posterior reincorporación en el ciclo económico productivo como materia prima; que deriva el sustento propio y familiar de esta actividad. RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.* 32 c) a)

Artículo ANEXO (56/63)

9) En todos los casos, se debe evitar el contacto directo con contenedores, canecas o bolsas de basura, sin guantes Los operarios que cumplan rutas de recolección que cubran establecimientos hospitalarios deberán utilizar guantes desechables en contacto directo con la piel, sobre los cuales se pondrán los guantes de trabajo habituales, incluyendo los demás elementos de bioseguridad (tapabocas, tyvek si es necesario, entre otros) y de protección personal. Se debe garantizar el cumplimiento de la práctica de distanciamiento social en espacios como salas de reunión, parqueaderos, bodegas, vestuarios, entre otros. Es imprescindible el lavado frecuente de manos y limpieza en las instalaciones de los operadores. Se deben adoptar medidas de desinfección de la cabina del conductor de los vehículos destinados a la recolección después de cada ciclo de trabajo, prestando especial atención a telas (por ejemplo, asientos), caja de cambios, y tener en cuenta las orientaciones del numeral 4.2 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. Además, adoptar medidas de desinfección de las cajas de carga donde se transportan los residuos. Garantizar el suministro continuo de desinfectantes que permitan la sanitización de manos como el alcohol en gel en cada vehículo a disposición de la cuadrilla de recolección. Se debe evitar en lo posible el contacto directo con los usuarios, especialmente en el caso de la actividad de recolección y aprovechamiento. Las empresas operadoras deberán gestionar con el sistema de salud la realización de pruebas diagnóstico del COVID-19 al personal de mayor exposición frente al riesgo de contagio. Se debe garantizar que los operarios estén cubiertos ante el sistema de seguridad y salud en trabajo (SGSST) frente a los riesgos laborales en ta respectiva Administradora de Riesgo Laborales-ARL frente al posible contagio del COVID-19.

Artículo ANEXO (57/63)

Todas las personas prestadoras de actividades asociadas al servicio público de aseo deben contar con el respectivo plan de contingencia que permita garantizar que la recolección de residuos no se interrumpa en ningún caso, para asegurarse que no se agreguen riesgos adicionales en salud pública por acumulación de residuos en vía pública o en puntos críticos. m) Los planes de contingencia deben estar actualizados frente a la situación actual, b) con su respectiva asignación presupuestal, deben incluir las alternativas relacionadas con personal, vehículos, servicios de lavado de vías públicas y actividades de gestión con autoridades competentes y gestores de residuos con riesgo biológico e infeccioso. Se debe garantizar la limpieza y desinfección de áreas y superficies de las bodegas de reciclaje. Recomendaciones frente a las actividades de aprovechamiento y reciclaje La principal orientación en este caso va dirigida a los generadores de residuos en lugares donde existan individuos afectados por el COVID-19, para que los residuos generados sean manejados de forma tal que no sean confundidos con residuos aprovechables, para disminuir riesgos en el personal operativo del servicio de aseo. Estos residuos van en doble bolsa negra y rotulados con cinta de enmascarar “NO APROVECHABLES - Residuos con COVID-19”. (Revisar de forma periódica las guías que para tal efecto establezca del Ministerio de Salud) De otra parte, contando con la participación del generador en su rotulado, este tipo de bolsas no será objeto de acceso por parte del reciclador para efectos de recuperación de materiales. _ RESOLUCIÓN NÚMERO 000680 DE 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N.? 33

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 56), consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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