Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus COVID -19 en el sector de infraestructura de transporte

Resolución · 679 · 2020-04-24 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–16 de 16

Artículo 1

Vigilancia del cumplimiento del protocolo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 539 de 2020, la vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaría o entidad municipal o distrital que corresponda a esta actividad económica, del municipio o distrito en donde se encuentre autorizada la obra de infraestructura de transporte, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimiento RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 3 de las obligaciones de los empleadores reatice el Ministerio del Trabajo, ni de las competencias de otras autoridades.

Artículo 3

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO (1/14)

Dirección de Pro! ión y Prevención; Dirección Jurid + ! RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 4 ANEXO TECNICO 1. Objetivo Orientar, en et marco de la pandemia por el coronavirus COVID-19, las medidas generates de bioseguridad que debe adoptar el sector de infraestructura del transporte con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano, durante el desarrollo de todas sus actividades. 2. Medidas generates de bioseguridad Las medidas generales de bioseguridad son las indicadas en ta Resolución 666 de 2020, “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19" 3, Acciones adicionales para la mitigación de la transmisión de COVID-19 desde el sector de Infraestructura de transporte En los proyectos de infraestructura de transporte en adición a las medidas previstas en el anexo técnico de la Resolución 666 de 2020, se implementarán también las siguientes acciones y medidas por parte de los contratistas e interventorías y considerando ta cadena de abastecimiento y logística: 3.1 Responsabilidades 3.1.1 Contratistas

Artículo ANEXO (2/14)

a. Establecer un protocolo de prevención y mitigación del COVID-19, a través del cual implementarán las recomendaciones previstas en la Resolución 666 de 2020 y este protocolo, conforme a las condiciones y necesidades de cada uno de los proyectos; garantizando la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores, contratistas, autoridades, personal de interventoría, supervisión y demás personas que estén presentes en los frentes de obra u operación de tos proyectos. Este protocolo deberá tener concepto de no objeción/aprobación por parte de las interventorías el cual deberá ser emitido previo al reinicio de las obras. b. Articular con tas entidades contratantes, administraciones municipales del Área de Infuencia Directa (AID) del proyecto, las secretarías departamentales y distritales de satud o la entidad que haga sus veces y las ARL, en el ámbito de competencia de cada uno, las acciones a implementar, asf como recibir observaciones y sugerencias para su debida ejecución. c. Publicar los protocotos en las páginas web y en los medios de información con tos que cuente. d. Reportar a la entidad contratante, a la interventoría y a las autoridades de salud del orden nacional, departamental y municipal cualquier caso de contagio que se llegase a presentar, así como el seguimiento a la evolución de tos casos reportados. e. Tener en cuenta Jos lineamientos y disposiciones de las autoridades nacionales y locates para la atención y prevención del COVID-19 en el período de aislamiento preventivo ordenado por el Gobierno Naciona!, y hasta tanto permanezca vigente ta emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, f. Incorporar en tos canales oficiates de comunicación y puntos de atención establecidos la información relacionada con la prevención, propagación y atención del COVID-19 con el fin de dara a conocer a sus trabajadores, contratistas y comunidades alrededor de los proyectos.

Artículo ANEXO (3/14)

g. Apoyarse en la ARL en materia de identificación de peligros, evatuación y valoración del riesgo y en las EPS en lo relacionado con el desarrollo de las actividades de promoción y prevención de la satud. RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 5 contro! del riesgo de la enfermedad COVID 19 en el sector de infraestructura de transporte” h. Solicitar el acompañamiento de la ARL para verificar el cumplimiento de las medias y acciones adoptadas en su proyecto. 3.1.2 Entidad contratante a. b. > a e. -. e Brindar acompañamiento a los contratistas en la implementación de los lineamientos dispuestos en la Resolución 666 de 2020 y en el presente protocolo. Comunicar a los contratistas el concepto de no objeción/aprobación presentado por los interventores a los protocolos presentados. Esta comunicación será requisito indispensable para la reactivación de tas intervenciones. Apoyar ta coordinación interinstitucionat necesaria con las diferentes gobemaciones y alcaldías para garantizar la reactivación y continuidad de tos proyectos de infraestructura, en condiciones de bioseguridad, durante la temporada de aislamiento preventivo y hasta tanto permanezca vigente la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional. Evaluar con las interventortas, el cumplimiento de las acciones aquí previstas para cada uno de los contratistas. Realizar, con apoyo de las interventorías, la supervisión, en el marco de sus obligaciones contractuates, del cumplimiento de las actividades permitidas en el marco de la emergencia. Reportar cuatquier evento de contagio que se presente dentro del desarrollo de las actividades de obra, operación y mantenimiento. Efectuar reuniones de seguimiento y coordinación periódicas con las diferentes gobemaciones y alcaldías para garantizar el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución 666 de 2020 y en el presente protocolo. 3.1.3 interventorías b. c. d. e.

Artículo ANEXO (4/14)

Las interventorlas deberán acoger e implementar las acciones previstas en la Resolución 666 de 2020 y en este protocolo en tos eventos en que para el cumpfimiento de sus obligaciones contractuales deban desplazarse a los frentes de obra o de actividades. Cumplidas tas condiciones, emitir concepto de no objeciónfaprobación a tos protocolos presentados por los contratistas, el cual deberá ser remitido a la entidad contratante, previo al inicio de las obras, la cual a su vez to pondrá en conocimiento a los contratistas mediante comunicación que será requisito indispensable para la reactivación de las intervenciones. Remitir a la entidad contratante semanalmente un informe en donde se indiquen las actividades adelantadas por los concesionarios y el nivel de cumplimiento de cada una de las medidas y los planes de acción e incluir los casos de contagio, en caso de presentarse, y el seguimiento respectivo a cada caso. Realizar el control y seguimiento permanente a las medidas y acciones establecidas en la Resolución 666 de 2020 y en este protocolo y las presentadas por cada uno de tos concesionarios y contratistas de obra de los proyectos de infraestructura de transporte. Replicar a sus trabajadores las medidas indicadas en la Resolución 666 de 2020 y en el presente protocolo. 3.2. Higtene personal e interacción social Expedir una circular interna para todos los trabajadores, aliados, contratistas, subcontratistas, en todas las áreas de trabajo, con la obligación de implementación de las siguientes medidas: RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 6 contro! del riesgo de la enfermedad COVID 19 en el sector de infraestructura de transporte” INTERACCIÓN SOCIAL Evitar la asisiencia e interacción en lugares con de personas que puedan tener síntomas O HIDRATACIÓN padecer patologías relacionadas y contagiosas.

Artículo ANEXO (5/14)

Se deba Consumir frecuentemente, manteñer una distancia minima de dos metros entre las eo. personas HIGIENE PERSONAL El lavado de manos debe durar de 20 a 30 Otra als tores pura qe Lisrado de manos minimo cada 03 horas, el no con un so para Part ó » hacer el favado de manos, contar Indormen acerca de la prevención inicia: y terminar la jomada de trabajo o cada, on que contenga sico 00 únicamente de fuentes oficiales y evitar la labor, Secado con toallas de un solo uso antibacteríal, (Los proyecios deben divulgación de información que proyecte tpersonaj de cada trabajador), evitar tocarse garantizar que se cuenten con los elementos miedo o pánico gener hera olenariz, necesañes para el vado de manos), PREVENCION presrda nlemes coo lote 0 lcd SALUDO PUESTOS DE TRABAJOS LIMPIOS para respirar no deben presentarse al Organizar documertos, archivar, mantener el tebajo, reportar al jefe lnmedalo su Evtar coniocio fisico. no das la mano, besos, “esco gar y despejado para lair las condición y reintegrarse a ta labor una vez " tabores de Iimpieza, este presentado los registros "mboces corespondertes, VEHÍCULOS DISTANCIA . A OFICINAS VENTILADAS Limpiar con desinfectantes de uso común o Conservar distancia mínima de 2 metros con alcohol al 70% las partes de contacto Ventanas y puertas abiertas, evitar el uso de demás compañeros y cotaboradores. frecuente, sitas, votante, controles, mándos.. ale acondicionado. los , et.

Artículo ANEXO (6/14)

REUNIONES CAPACITACIONES RECURSOS Efeciuar reuniones no presenciales o vía Usar adecuada y eficientemente los web, en caso de ser estíctamente necesario atar e as elementos de sseo dispuestos en el centro convocar máximo a 10 personas, dejar una personas distancia mínima de trabajo, gel, aícohol, papel, touflas, etc, silla intermedia, mantener distancia minima. metros entre Psic ea espadas «tar el desperciio del agua [uso eáclerke). de 2 metros entre personas, mantener Las blestos o venid: A ' salas abiertas y venfladas. 3.3 Áreas, horarios y turnos de trabajo Los contratistas y la interventoria deberán de manera conjunta, presentar a la entidad contratante la programación de las intervenciones a adelantar, indicando ubicación o localización de la actividad, número de trabajadores que desarrollarán la actividad, personal encargado de verificar las medidas de bloseguridad indicando el número de contacto y duración de la actividad. En caso de requerir ajustes a la programación antes mencionada, estos deberán ser presentados nuevamente a la entidad contratante. Con el fin de evitar la aglomeración de personal en las áreas y frentes de trabajo, durante el desarrollo de las actividades previstas se deberán realizar las siguientes acciones y medidas: 3.3.1 Operación y construcción Previo al inicio de las actividades verificar: i) que el personal dispuesto se encuentre en buenas condiciones de salud, ¡) que el personal que tiene que desplazarse a realizar labores sea menor a 60 años, y, iii) desarrollar estrategias que busquen disminuir o eliminar actividades presenciales, tales como: reuniones, pagos, entregas de tumo, etc, En relación con la verificación diaria del estado de satud esto es, reporte de sintomas respiratorios y toma de temperatura, en lo posible realizarla con termómetro láser o digital, limpiarto y desinfectar después de cada uso.

Artículo ANEXO (7/14)

Al inicio y fina! de la jomada, se debe seguir lo indicado en los numerales 4.1 y 4.7 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. En caso de que algún trabajador presente síntomas asociados a COVID-19, deberá realizarse aistamiento inmediato y seguir los pasos señalados en el punto 6 del anexo técnico de dicha Resolución. El contratista, antes de finalizar la jomada de trabajo RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N*7 control del riesgo de la enfermedad COVID 19 en el sector de infraestructura de transporte” c. diaria deberá avisar a la interventoría del proyecto sobre el personal que haya sido devuelto por aspectos de salud. Suministro y uso obligatorio de tapabocas convencional o protector respiratorio definido en la matriz de riesgo. En relación con el personal para el reinicio y continuidad de las obras, los contratistas priorizarán que la mano de obra pertenezca a los municipios del área de intervención directa del proyecto. Lo anterior no obstante las necesidades de personal de las obras y fa disponibilidad de mano de obra local. En lo posible no rotar tas cuadrillas y los trabajadores de las áreas administrativas, que sean los mismos en cada tumo. El personal que presente algún síntoma o condición de salud asociado a COVID-19, ya sea previo al inicio de la jornada laboral, durante la misma o después, y que sea remitido a aislamiento domiciliario o algún centro de atención médica, deberá ser sujeto de seguimiento por parte del contratista registrando la evolución de su estado de salud. Esta información deberá ser incluida en los reportes realizados y enviados a la Interventoría. Establecer turnos de trabajo con equipos conformados máximo por diez (10) trabajadores y con jornada laboral máxima legal permitida por frente de obra, rmanteniendo en lo posible, la distancia de 2 metros establecida.

Artículo ANEXO (8/14)

En caso de que se desarrollen trabajos que requieran una distancia menor, se recomienda que todo el equipo utilice tapabocas de forma permanente. Las actividades laborales se deben realizar en áreas amplias y abiertas, totalmente ventiladas y con el menor número de concentración de trabajadores, los cuales deben usar de manera obligatoria el protector respiratorio suministrado y demás elementos de protección personal según la actividad. En caso de que se requiera hacer trabajos en áreas confinadas, como túneles, entre otros, se deberá garantizar sistemas de ventilación. Evitar el ingreso de personal ajeno a la obra. Divulgar constantemente información sobre reconocimiento de signos y sintomas de alarma y medidas de prevención contra el coronavirus COVID-19, acerca del uso obligatorio de elementos de protección personal, protocolo de lavado de manos y etiqueta respiratoria, en todas las áreas de trabajo. Garantizar el suministro y reposición de los Elementos de Protección Personal. Mantener en los frentes de obra puntos de hidratación en perfectas condiciones de higiene y limpieza, que permitan a los trabajadores hidratarse de manera continua durante la operación o jomada laboral, con dispensadores que reduzcan los contactos innecesarios. Solicitar el lavado frecuente de manos antes del uso del punto de hidratación. Garantizar la recolección diaria de residuos ordinarios y generados en obra. Garantizar limpieza y desinfección diaria de la herramienta y equipo empleado en las actividades de obra, mantenimiento y operación.

Artículo ANEXO (9/14)

Designar un espacio donde los trabajadores puedan cambiarse de manera individual y donde puedan dejar sus implementos de protección personal debidamente limpios. 3.3.2 Transporte y movilización de personal Teniendo en cuenta que en la mayoría de los proyectos se cuenta con vehículos para el transporte del personal hacia los frentes de obra, se debe garantizar como mínimo las siguientes medidas: RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 8 a. Revisar y acatar los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud de Protección y Social y el Ministerio de Transporte para el transporte de pasajeros. b. Realizar actividades de limpieza con desinfectantes de uso común o alcohol al 70% al interior de buses o vehículos al inicio de la jomada y al finalizar cada recorrido, especiatmente de aquellas superficies con las cuales tos pasajeros tienen contacto frecuente, tales como manijas de puertas y ventanas, cinturones de seguridad y asientos, pasamanos, barandas, entre otras. Se debe evitar realizar paradas no autorizadas o innecesarias. c. Retirar de tos buses y vehículos elementos susceptibles de contaminación, como adomos (muñecos, gomas, etc.), forros de sillas acolchados, entre otros. d. Ubicar un trabajador por puesto evitando e! sobrecupo, para ello se sugiere permitir una persona por fila ubicándose en zigzag, siendo “A” el puesto a ocupar por empleado, como se distribuye en la Figura No. 1.

Artículo ANEXO (10/14)

e. Usar tapabocas convencional durante la movilización en los buses o vehículos. Los pasajeros deberán permanecer con estos elementos durante todo el proceso de transporte. 18 | Y '0 os e. GS 00 En consecuencia, la cantidad de personas de acuerdo con el número de asientos sería: Buses de 42 asientos: 20 pasajeros, Buses de 37 asientos: 18 pasajeros. Buses de 27 asientos: 11 pasajeros. Microbus de 19 asientos: 9 pasajeros. 3.3.3 Transporte de carga, suministro de insumos, equipos y maquinaria Diariamente, a tos vehículos empleados en los proyectos (carro-taller, grúas, ambulancias, camlonetas, vehícutos de carga, maquinaría, entre otros), se les deberá realizar el proceso de limpieza y desinfección, previo al inicio de la actividad, para ello se recomienda: a. Revisar y acatar los lineamientos establecidos por el Ministerio de Satud de Protección y Social y el Ministerio de Transporte para el transporte de carga. RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N* 9

Artículo ANEXO (11/14)

b. Retirar de los buses y vehículos elementos susceptibles de contaminación, como adomos (muñecos, gomas, etc.), forros de sillas acolchados, entre otros. C. Al momento de Iniciar la operación se debe rociar con desinfectantes de uso común o afcohol al 70% el tablero, botones, manijas, cinturones, palanca de cambios, manubrio y todas las superficies con tas que se tiene contacto en ta cabina; con una toalla desechable limpiar todas estas superficies, hacer esta actividad con guantes desechables o de trabajo. Los contratistas garantizarán los insurnos para llevar a cabo la limpieza y desinfección. d. Los conductores de volquetas que transporten materia! desde o hacia tos frentes de obra, en lo posible, no deberán tener contacto con el exterior, por ello se sugiere que el carpado y descarpado de la carga se realice con persona! del frente de obra. En caso de que deba salir de la cabina, usar tapabocas y permanecer con este elemento durante todo el proceso de cargue o descargue y realizar el lavado de manos y desinfección de guantes (si utiliza guantes de trabajo) antes de ingresar a la cabina. Una vez recibidos los documentos de la carga a transportar, introducirlos en una bolsa plástica transparente. e. Los operadores de maquinaria deberán permanecer dentro de la cabina de la máquina el mayor tiempo posible de la jornada labora!, preferiblemente salir de la cabina para consumir los alimentos, uso del baño y pausas activas. f. Es importante que en los lugares de cargue, se habiliten sitios de espera con baños en buen estado, funcionando con suministro permanente de agua, jabón líquido y toallas desechables. 9. Suministrar a todos los conductores y operadores guantes de acuerdo con la identificación de la matriz de riesgos, y garantizar que durante la conducción u operación de maquinaria sean usados.

Artículo ANEXO (12/14)

h. Evitar al máximo el contacto con personas, en la medida de lo posible llevar las propias provisiones de alimentos (menús balanceados y agua), de ser necesario la detención en un restaurante, lavarse las manos antes y después de comer y antes de montarse a la cabina nuevamente. i. En el proceso de tanqueo, una vez se ha detenido, ponerse tapabocas para realizar el proceso, en lo posible pagar con sistemas electrónicos, una vez terminado el proceso lavarse las manos o desinfectarlas con atcohol glicerinado o gel antibacterial después de pagar. 3.4 Control de emergencias e incidentes en satud En los frentes de trabajo donde se adelanten labores constructivas se deberá disponer como mínimo de los siguientes elementos con acceso total a los trabajadores, a. BOTIQUINES los cuales deben contar con alcohol, tapabocas, termómetro láser o digital y guantes desechables, con acceso a todos los trabajadores, de conformidad con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo. b. CAMILLAS PLÁSTICAS, de conformidad con las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo ANEXO (13/14)

c. PUNTOS DE CONTROL BÁSICO los cuates deberán contar con personal designado para realizar el reporte diario de síntomas y toma de temperatura del personal que ingrese o se retire de la obra, y contar con protección respiratoria y termómetro láser o digital. En caso de que alguna persona presente síntomas asociados at COVID-19, ta persona encargada del Punto de Control deberá establecer aislamiento inmediato, evitar su ingreso a la obra, y activar el protocolo para manejo de situaciones de riesgo (numeral 4.7 y 6 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020). RESOLUCIÓN NÚMERO 000679 DEL 24 DE ABRIL DE 2020 HOJA N' 10 control del riesgo de la enfermedad COVID 19 en el sector de infraestructura de transporte” 3.5 Recurso humano Disposición en obra por parte de contratistas e interventorías de personal social, ambiental y de seguridad y salud en el trabajo con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo para el direccionamiento, seguimiento y gestión del riesgo. 3.6 Otras medidas Revisar y actualizar la matriz del programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de los proyectos, en relación con el COVID -19, estableciendo los controles necesarios en el área administrativa y operativa, y los relacionados con la cadena de abastecimiento y logística del proyecto, así como también los elementos de protección personal requeridos, y medidas encaminadas a cómo proceder en caso de sospecha de contagio del COVID-19 en el proyecto, para establecer aislamiento inmediato. Manipulación de las herramientas de trabajo Se consideran buenas prácticas para la manipulación de herramientas de trabajo: a. Realizar una desinfección integral de las herramientas de trabajo previo al inicio y a la finalización de las actividades, teniendo especial cuidado con las herramientas eléctricas. b. Evitar el intercambio de herramientas entre los operarios, durante el desarrollo de las actividades. c. Ejecutar el proceso de desinfección expuesto en este documento, en concordancia con las normas aplicables.

Artículo ANEXO (14/14)

d. Para todos los casos, hacer uso de elementos de protección personal definidos dentro el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en la identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores. Con relación al uso de guantes: Si se utilizan guantes desechables o de trabajo para manipular dinero, documentos, herramientas o equipos de trabajo, entre otros, se debe aplicar las medidas de higiene de manos antes y después del uso de los guantes. Los guantes desechables, deben disponerse en bolsa para residuos ordinarios, y seguir lo indicado en el numeral 3.6 del anexo técnico de la Resolución 666 de 2020. Los guantes de trabajo deben ser lavados y desinfectados después de uso. EL USO DE GUANTES DESECHABLES O DE TRABAJO NO REEMPLAZA EL LAVADO FRECUENTE DE MANOS

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 55), consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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