Por la cual se modifica la Resolución 126 de 2009, modificada por la Resolución 527 de 2010 y se dictan otras disposiciones

Resolución · 662 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modificar la definición contenida en el artículo 3 de la Resolución 126 de 2009, modificada por la Resolución 527 de 2010, de Tienda naturista, la cual quedará así: “Tienda naturista: Establecimiento que se dedica a vender, al por menor, para uso . humano, únicamente los siguientes productos: alimentos obtenidos por sistemas de producción agropecuaria y ecológica que se encuentran debidamente empacados y etiquetados; té; infusiones de hierbas debidamente empacadas y etiquetadas; semillas, nueces y frutos secos debidamente empacados y etiquetados; productos cosméticos; productos fitoterapéuticos, suplementos dietarios; medicamentos homeopáticos de venta libre y esencias florales y minerales. En el caso de productos fitoterapéuticos con. venta bajo: fórmula médica, el responsable de la tienda naturista deberá exigir la prescripción”.

Artículo 2

Modificar el parágrafo del artículo 6” de la Resolución 126 de 2009, modificado por el artículo 1” de la Resolución 527 de 2010, el cual quedará asi: "PARÁGRAFO-. Los responsables de la venta en las tiendas naturistas en funcionamiento que a la entrada en vigencia de la presente resolución, no cuenten con la escolaridad mínima exigida, podrán seguir desempeñándose; en todo caso, deben cumplir con el entrenamiento específico establecido en el numeral 5 del presente artículo, para lo cual tendrán cuatro (4) años contados a partir de la publicación del presente acto administrativo”. ? . . : Y

Artículo 3

Vigencia y Derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en' lo pertinente la Resolución 126 de 2009, modificada por ta Resolución 527 de 2010 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. :

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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