Por la cual se da inicio a la etapa 3 de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por el Decreto 466 de 2021, mediante el cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID – 19.

Resolución · 652 · 2021-05-21 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto dar inicio a la etapa 3 de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por el Decreto 466 de 2021. Parágrafo. De conformidad con lo establecido en el parágrafo 7 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por el Decreto 466 de 2021, a través de los actos administrativos mediante los cuales se realice la distribución y asignación de los biológicos, se establecerán las poblaciones priorizadas dentro de la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación, de acuerdo con la disponibilidad de vacunas.

Artículo 2

Organización de la vacunación. Los departamentos y distritos, en coordinación con las entidades responsables del aseguramiento en salud, deberán fortalecer las estrategias para completar la inmunización de las personas que pertenecen a las etapas 1 y 2 del Plan Nacional de Vacunación.

Artículo 3

Uso de las vacunas contra el COVID - 19. Los departamentos y distritos que recibieron vacunas contra el COVID — 19 asignadas por el Ministerio de Salud y Protección Social para inmunizar a las personas que pertenecen a las etapas 1 y 2 de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por el Decreto 466 de 2021, que hayan completado la vacunación de esta población y aún tengan disponibilidad de vacunas, podrán utilizarlas para inmunizar a las personas que pertenecen a la etapa 3 contenida en el mencionado artículo, siempre que estén dentro de la priorización que informe el Ministerio de Salud y Protección Social.

Artículo 4

Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación. :

Artículo ANEXO

2 1 MAY 2021 RNANDO RUÍZ Gf q Ministfo de Salud y Proteccióñ Social Viceministerio de salud pública y prestación de servicios Dirección de medicamentos y tecnologías en salud Dirección de promoción y prevención Dirección jurídica LC

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 100), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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