Contenido del programa. La Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres del Ministerio de Salud y Protección Social, formulará el documento técnico para la implementación eficiente y oportuna del programa, el cual desarrollará como mínimo los siguientes contenidos:
4.1. Identificar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que deben aplicar el Programa "Hospitales Resilientes frente a Emergencias y Desastres". RESOLUCIÓN NÚMERO 00000625 DE 1 2 AH 2024 HOJA N.° 4
4.2. Recopilar la normatividad aplicable al Programa "Hospitales Resilientes frente a Emergencias y Desastres", discriminando las normas que deben ser objeto de modificación o derogación.
4.3. Detallar las estrategias, cronograma, evaluación, metas, proyectos, financiamiento y demás elementos que posibiliten la efectiva ejecución del programa.
4.4. Ejecutar los programas STAR-H (Evaluación estratégica del riesgo de emergencias y desastres en establecimientos de salud), INGRID-H (Inclusión para la gestión del riesgo de desastres en hospitales), RAP (Encuesta de evaluación de servicios de salud frente a violencia). Conforme a los desarrollos realizados por la Organización Panamericana de la Salud — OPS.
4.5. Definir el programa de formación y certificación para evaluadores de "Hospitales Resilientes frente a Emergencias y Desastres", fomentando la excelencia y la constante actualización.
4.6. Estructurar los componentes de un sistema de información, el cual deberá articularse con los sistemas de la red hospitalaria existentes.
4.7. Mapear la exposición de instituciones prestadoras de salud ante los diferentes eventos, identificar riesgos mitigables y no mitigables, establecer niveles de riesgos, priorización y cobertura para la asistencia y/o cofinanciación.
Parágrafo. Con base al documento técnico del que trata el presente artículo, la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres elaborará el proyecto normativo que adopte, regule e implemente, el programa "Hospitales Resilientes Frente a Emergencias de Salud y Desastres".