Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 610 · 2026-04-13 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–11 de 11

Artículo 1

Objeto. Establecer los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, así como las especificaciones técnicas mínimas en materia de higiene, salubridad y dotación, los cuales servirán como criterios de referencia para el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control por parte de las autoridades competentes, y adoptar el anexo técnico que hace parte integral de este acto administrativo.

Artículo 2

Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente Resolución aplican a: 2.1. Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado. 2.2. Las empresas privadas con un capital igual o superior a 1.500 salarios minimos legales mensuales vigentes (SMMLV) o, con un capital inferior a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes que cuenten con más de 50 empleadas. 2.3. Las Secretarias de salud departamentales, distritales y municipales, o las entidades que hagan sus veces. Parágrafo 1. Las empresas privadas de que trata el numeral 2.2 del presente artículo, deberán ímplementar la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, en su sede principal y, en aquellas sedes que cuenten con más de 50 empleadas. Parágrafo 2. Las empresas privadas de que trata el numeral 2.2 del presente articulo, deberán dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en esta Resolución, aun cuando implementen la modalidad de trabajo híbrida.

Artículo 3

Implementation conjunta. Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y las empresas privadas obligadas a Ímplementar las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, que compartan un espacio físico o, que sus empleadas ejercen sus funciones en entidades o empresas distintas a la que pertenecen, podrán ímplementar la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral de manera conjunta, siempre que garanticen los requisitos y especificaciones técnicas señaladas en esta Resolución.

Artículo 4

Responsabilidades de las Secretarías de salud departamentales, distritales y municipales o quien haga sus veces. Las Secretarias de salud departamentales, distritales y municipales, o las entidades que hagan sus veces, serán responsables de: 4.1. Secretarías de salud departamentales o quien haga sus veces: 4.1.1. Promover en las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y empresas privadas de su jurisdicción, el cumplimiento de las disposiciones normativas relacionadas con la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna en el entorno laboral, incluyendo la RESOLUCIÓN NÚMERCQ0Q610 DE j 3 AgR 2026 Página 4 de 13 implementación y funcionamiento adecuado de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral. 4.1.2. Brindar asistencia técnica a las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y empresas privadas de su jurisdicción, para la implementación, seguimiento y cumplimiento de los requisitos de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, incluyendo procesos de capacitación y acompañamiento conforme a la normativa vigente. 4.1.3. Realizar seguimiento a las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y empresas privadas de su jurisdicción, respecto del proceso de implementación y cumplimiento de la estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno laboral, de acuerdo con lo previsto en la presente Resolución. 4.1.4. Remitir al Ministerio de Salud y Protección Social, a más tardar el último día hábil de enero y julio de cada año, el consolidado de empresas privadas y entidades públicas que hayan inscrito e implementado las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno laboral en su territorio. 4.2. Secretarías de salud distritales y municipales o quien haga sus veces: 4.2.1. Promover en las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado y, empresas privadas de su jurisdicción, el cumplimiento de las disposiciones normativas y reglamentarias relacionadas con la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna en el entorno laboral, incluyendo la implementación y funcionamiento adecuado de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral. 4.2.2. Brindar a las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado y, empresas privadas de su jurisdicción, el acompañamiento técnico para la implementación, de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, en los términos previstos en la presente Resolución. 4.2.3. Realizar seguimiento al proceso de implementación de la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, en las entidades públicas y empresas privadas depositarías de las disposiciones previstas en la presente resolución, con presencia en su jurisdicción. 4.2.4. Realizar la inscripción de las Salas Amigas en su jurisdicción y, emitir el soporte correspondiente en un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de la entidad pública del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado o de la empresa privada. Una vez emitido dicho soporte, realizar la visita de verificación dentro de los dos (2) meses siguientes, conforme a los criterios del anexo técnico. 4.2.5. Remitir a las Secretarías de salud departamentales, o quien haga sus veces, la información relacionada con la inscripción e implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral en su jurisdicción.

Artículo 5

Requisitos técnicos de operación. Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado y, las empresas privadas, que cuenten con Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, deberán cumplir los siguientes requisitos técnicos de operación: RESOLUCIÓN NÚMERíC 00610 DE Í3ABR . 2026 Página 5 de 13 Continuación de la resolución: ' Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan oiras disposiciones". 5.1. Responsable de la Sala Amiga de la Familia Lactante. 5.1.1. Designar al responsable de la operación de la estrategia y la administración del espacio físico, el que deberá estar capacitado en temas relacionados con lactancia materna y funcionamiento de Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral. 5.1.2. Garantizar que las mujeres cuenten con acceso oportuno, seguro y adecuado a las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral durante su jornada laboral, en el lugar donde desempeñen sus funciones. 5.2. Capacitación a Familias Gestantes y Lactantes. 5.2.1 Elaborar e implementar un plan de capacitación dirigido a las familias gestantes o en lactancia, que deben incluir, como mínimo los siguientes aspectos temáticos: beneficios, ventajas, propiedades y efectos a corto y largo plazo de la práctica de lactancia materna, técnicas de amamantamiento, extracción, conservación, transporte y suministro de la leche humana, lactancia materna exclusiva y alimentación complementaria, riesgos de la alimentación artificial, normas que protegen la maternidad y la paternidad, la lactancia materna y los derechos sexuales y derechos reproductivos en Colombia, temáticas que deberán ser desarrolladas por personal de la salud con conocimiento en lactancia materna. 5.2.2 Diseñar un cronograma de capacitaciones, las cuales deberán desarrollarse como mínimo tres (3) veces al año, guardando como evidencia el registro de la asistencia y el acta de cada sesión, en los términos de la Ley General de archivo. 5.2.3 Incluir en los procesos de inducción y reinducción la estrategia Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, resaltando su disponibilidad para las trabajadoras y los beneficios que este espacio aporta a la entidad o empresa como una estrategia de promoción, protección y apoyo a la lactancia materna 5.2.4 Difundir, a través de los mecanismos internos de comunicación e información, la existencia, el funcionamiento y la importancia de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, con el fin de garantizar que sean de conocimiento de los servidores públicos, empleados y trabajadores. 5.3. Infraestructura: Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del orden central y descentralizado y, las empresas privadas, deberán garantizar como mínimo las siguientes condiciones de infraestructura de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral: 5.3.1. Localización. El espacio debe estar señalizado y ubicado en un lugar privado, exclusivo, seguro e inocuo, en el que se garantice el mínimo de ruido. 5.3.2. Dimensión. Las dimensiones del espacio físico serán establecidas de acuerdo con el número de trabajadoras que la entidad pública o privada calcule, de modo tal, que se disponga de un espacio cómodo, limpio y ordenado para la extracción y conservación de la leche materna de las empleadas lactantes. 5.3.3. Ventilación. El espacio debe contar con ventilación natural o mecánica, que garantice el bienestar de las mujeres en periodo de lactancia. RESOLUCIÓN NÚMER(fl0'061O DE ] 3 ABR Página 6 de 13 Continuación de la resolución: “Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones". 5.3.4. Iluminación. El espacio debe contar con luminosidad natural o artificial, que garantice las condiciones necesarias para el bienestar de las mujeres en período de lactancia. 5.3.5. Condiciones de los pisos, paredes o muros: Los pisos, paredes, techo o muros, deberán ser resistentes, fáciles de limpiar, desinfectar y libres de humedad. 5.3.6. Lavamanos; como mínimo contará con lavamanos en la sala o cerca de ella, en donde se garantice fácil acceso al lavado de manos con agua y jabón líquido. 5.3.7. Mesón o mesa de apoyo: Contar con un mesón o mesa de material liso, no poroso, de fácil limpieza y desinfección, resistente a la humedad, para soporte de los utensilios y frascos. 5.3.8. Requerimientos eléctricos: Contar con instalaciones eléctricas adecuadas, que permitan la correcta conexión y el uso seguro de los equipos destinados a la extracción y conservación de la leche materna, garantizando su funcionamiento continuo y seguro en todo momento. 5.4. Formatos para el control y registro: Para el control y registro de las actividades contempladas en el anexo técnico y el funcionamiento de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, las entidades públicas del orden nacional y territorial, del orden central y descentralizado y, empresas privadas, deberán contar con la información que se relaciona a continuación, la cual deberá ser conservada en los términos de la Ley General de Archivo: 5.4.1. Instructivo que describa detalladamente el proceso de limpieza y desinfección del espacio, equipos y utensilios, en el cual se especifiquen las sustancias utilizadas, sus concentraciones, formas de uso, frecuencia, responsable del procedimiento y la descripción paso a paso de este. 5.4.2. Formato de registro diario de limpieza y desinfección, el cual debe ser diligenciado después que el personal realice dichas actividades. 5.4.3. Registro de temperaturas que incluya, responsable y frecuencia, la cual debe ser tomada dos veces al día a intervalos regulares y comprobar su exactitud y precisión. La temperatura de refrigeración debe ser entre - 2 y hasta 5 grados centígrados y la temperatura de congelación máxima será de -3 grados centígrados. Se exceptuará de este registro en días no laborales, en los que no podrá dejarse leche en el refrigerador o congelador. 5.4.4. Formato de registro diario del uso de de la por parte sala por la sala de las parte de madres lactantes, las madres lactantes, el que debe ser diligenciado cada vez que se utiliza. Parágrafo. Se encuentran prohibidas al interior de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, las actividades de publicidad y promoción de alimentos de fórmula para lactantes y alimentos infantiles, así como el suministro de muestras gratuitas o venta a bajo precio de fórmulas para lactantes, obsequios, utensilios, biberones y chupetes.

Artículo 6

Especificaciones técnicas: Las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, deben contar con las siguientes especificaciones de higiene, salubridad y dotación mínima: RESOLUCIÓN NÚMERiQOOQXQ de 1 3 ABR . -2026 Página 7 de 13 Continuación de la resolución; "Porla cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones". 6.1. Higiene y salubridad 6.1.1. Contar con agua apta para el lavado de manos. 6.1.2. Aplicar el plan de manejo y gestión de residuos establecido para la empresa o entidad. 6.1.3. Contar con un plan de contingencia que garantice la calidad de la cadena de frío. 6.2. Dotación: 6.2.1. Congelador o nevera con congelador. El área de congelación debe ser lo suficientemente amplia para permitir el almacenamiento vertical de los recipientes que contienen leche materna, evitando asi su descomposición física o química y posibles derrames. En este espacio no deben almacenarse productos ni elementos distintos a los recipientes destinados exclusivamente para la leche materna. 6.2.2. Termómetro digital. Deberán contar con un termómetro digital con sonda, instalado a nivel del refrigerador y congelador, que deberá cumplir con las especificaciones establecidas en la ficha técnica y ser adecuado para el uso requerido, con el fin de garantizar las temperaturas de refrigeración y congelación indicadas en la presente Resolución. Además, deberá estar calibrado conforme a las instrucciones señaladas en la ficha técnica. 6.2.3. Sillas. Las sillas dispuestas para las mujeres en período de lactancia deberán tener espaldar y apoya brazos, en material de fácil limpieza y desinfección. El número de sillas deberá ser acorde con las dimensiones de la Sala. 6.2.4. Canecas. La Sala contará canecas con tapa de accionamiento no manual, de fácil limpieza y desinfección, cumpliendo con lo establecido en la Resolución 2184 de 2019 o la normal que la modifique o sustituya. 6.3. Insumos. 6.3.1. Toallas de papel desechadles. 6.3.2. Cinta de enmascarar o rótulos adhesivos para marcar frascos. 6.3.3. Bolígrafo o marcador indeleble. 6.3.4. Jabón liquido para manos. 6.3.5. Bolsas para residuos sólidos. 6.3.6. Mascarillas quirúrgicas

Artículo 7

Inscripción. Una vez implementados y cumplidos los requisitos establecidos en la presente Resolución, las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado y, empresas privadas, deberán inscribir la Sala Amiga ante la Secretaria de Salud del municipio o distrito, o quien haga sus veces, donde se ubique, quien deberá emitir en un tiempo no superior a diez (10) días hábiles, el soporte respectivo que confirme su inscripción, momento en el cual podrá iniciar su operación. A partir de dicha confirmación, la Secretaría de Salud del municipio o distrito, o quien haga sus veces, realizará, en un plazo máximo de dos (2) meses, la visita de verificación de la Sala Amiga, conforme a los criterios establecidos en el anexo técnico de este acto administrativo. Parágrafo. Las secretarías de salud municipales deberán remitir a las secretarías de salud departamentales, o quien haga sus veces, la información relacionada con la inscripción e implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno RESOLUCIÓN NÚMERCOOOSIO DE 1 3 ABR ?0^6 Página 8 de 13 Continuación de la resolución: ‘Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones". Laboral en su jurisdicción. A su vez, las secretarías de salud departamentales, o la entidad que haga sus veces, remitirán al Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la dependencia que para tal efecto se determine, como máximo, el último día hábil de los meses de julio y enero de cada año, la relación consolidada de las empresas privadas y entidades públicas que han inscrito e implementado dichas salas en su territorio.

Artículo 8

Inspección, Vigilancia y Control. Corresponden a las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, o quien haga sus veces, velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución, en desarrollo de las competencias previstas en los numerales 43.1.5 y 44.3.5, de los artículos 43 y 44, respectivamente, de la Ley 715 de 2001. Para tal fin, deberán atender lo establecido en el anexo técnico que forma parte integral de este acto administrativo. Parágrafo. Las secretarias de salud municipales y distritales, o las entidades que hagan sus veces, podrán solicitar información a otras entidades, como el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Dirección de Aduanas e Impuestos Nacionales, la Unidad de Gestión Pensíonal y Parafiscales y la Superintendencia de Sociedades o cualquier otra entidad, a nivel nacional, departamental o municipal, a fin de identificar las empresas privadas obligadas a poner en operación las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral dentro de su jurisdicción, en los términos aquí dispuestos.

Artículo 9

Transitoriedad. Las entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y las empresas privadas, que ya cuenten con Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, tendrán un plazo máximo de tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, para implementar y adoptar las disposiciones establecidas en este acto administrativo.

Artículo 10

Vigencia y derogatoria. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 2423 de 2018.

Artículo ANEXO

GUILLERMO ALFONStf jARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de-Salud y Protección Social. Aprobó: Tatiana Lemus Pérez — Directora de Promoción y Prevención'^^^yJ^' Vo. Bo. XZdaime Hernán Urrego Rodríguez, Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios. l ^Rodolfo Enrique Salas Figueroa, Director Juridicp-fEjr-" - yj J ---- ' IW.'!,.,..... RESOLUCIÓN NÚMERcO 0 Q 6 j Q DE 1 3 ABR 2026 2026 Página 9 de 13 Continuación de la resolución: “Parla cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Enlomo Laboral y se dictan otras disposiciones". ANEXO TÉCNICO LISTADO PARA VERIFICAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS SALAS AMIGAS DE LA FAMILIA LACTANTE DEL ENTORNO LABORAL EN EL MARCO DE LA PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y APOYO A LA LACTANCIA MATERNA 1. INFORMACIÓN GENERAL Fecha: Departamento/Distrito: Municipio: Empresa: Dirección y teléfono: Barrio/localidad: ___________ Nombre del director (a) o gerente de la empresa o entidad: Nombre del responsable de la operación de la sala: Nombre del funcionario que realiza la visita: Ubicación de la Sala Amiga de la Familia Lactante: Entidad pública: Empresa privada: 2. VISITA DE ACOMPAÑAMIENTO TÉCNICO: Inicial Seguimiento Queja o reclamo: 3. INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Número de madres beneficiarlas del servicio con hijos menores de 6 meses Número de madres beneficiarías con hijos de 6 meses a dos años Número de mujeres gestantes vinculadas a la entidad o empresa PUNTUACION No. PUNTOS DE CRITERIOS DE CUMPLIMIENTO Sí cumple=1. OBSERVACIONES CONTROL __________ No cumple=0 1. MANEJO, DIFUSIÓN Y CONTROL 1.1.1 Se cuenta con un documento que designe formalmente al responsable de la operación de las Sala Amiga de la Familia Operación de la Lactante por parte de la entidad pública o 1.1 estrategia de las empresa privada. Salas Amigas de la Familia Lactante 1.1.2 La persona delegada por la empresa (punto 1.1.1) se encuentra capacitada en los temas relacionados con las Salas Amigas de la Familia Lactante conforme a lo dispuesto en la presente Resolución. 1.2.1 En los contenidos del proceso de Contenidos del inducción se realiza la presentación de las 1.2 proceso de Salas Amigas de la Familia Lactante del inducción Entorno Laboral, los beneficios para la empresa y la importancia de la lactancia materna. 1.3.1 Cuenta con mecanismos internos de Mecanismos de difusión de las Salas Amigas de la Familia 1.3 Lactante que permiten el acceso a la difusión información por todos los miembros de la empresa o entidad Disposiciones del Decreto 1397 de 1.4.1 Se prohíbe la realización de actividades 1.4 1992 (o la norma de publicidad y promoción de alimentos de que la modifique o fórmula para lactantes al interior de la Sala sustituya) Amiga de la Familia Lactante. RESOLUCIÓN NÚMER($00610 DE 13.ABR 2026 Página 10 de 13 Continuación de la resolución: "Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones”. 1.4.2 Se prohíbe que los productores y comercializadores entreguen a las madres muestras gratuitas o en venta a bajo precio de fórmulas para lactantes, obsequios, utensilios, biberones y chupetes 1.4.3 Se prohíbe la publicidad de fórmulas para lactantes en el material educativo o informativo relacionado con la lactancia maternal. SUMATORIA 2. PLAN DE CAPACITACIÓN Formulación del 2.1.1 Se encuentra elaborado y documentado 2.1 Plan de el Plan de capacitación dirigido a mujeres capacitación gestantes y madres en lactancia. Participación de la 2.2.1 El Plan de capacitación tiene la opción 2.2 familia de participación del padre o la familia Cronograma para 2.3.1 Se encuentran programadas las fechas 2.3 y temáticas para la ejecución de las capacitaciones capacitaciones 24 Ejecución del Plan 2.4.1 El plan de capacitación se ejecuta por lo de capacitación menos tres veces al año. 2.5.1 Beneficios, ventajas, propiedades y efectos a corto y largo plazo de la lactancia materna. 2.5.2 Técnicas de amamantamiento. 2.5.3 Extracción, conservación, suministro, Contenido temático transporte de la leche materna y riesgos de la 2.5 del Plan de alimentación artificial y uso del biberón. capacitación 2.5.4 Alimentación complementaria según guias alimentarias para Colombia. 2.5.5 Normas que protegen la maternidad y los derechos a la salud sexual y reproductiva en Colombia. 2.6.1 Se cuenta con formato del registro de los Registro de asistentes a las capacitaciones y soporte de la 2.6 capacitaciones realización de estas, como presentaciones, charlas y/o piezas de comunicación. SUMATORIA 3. CRITERIOS DE INFRAESTRUCTURA 3.1.1 La sala se encuentra ubicada en un lugar privado, limpio, ordenado y exclusivo para la 3.1 Localización extracción y conservación de la leche materna._________________________________ 3.1.2 La sala se encuentra señalizada. 3 2.1 El espacio destinado para la Sala fue Características de dispuesto teniendo en cuenta el número 3.2 los ambientes promedio de empleadas en lactancia que la institución haya calculado.____________ RESOLUCIÓN NÚMERcOOO610 DE 13 ABR 2026 Página 11 de 13 Continuación de la resolución: ‘Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Enlomo Laboral y se dictan otras disposiciones ". 3.3.1 La ventilación, natural o mecánica, 3,3 Ventilación garantiza la renovación periódica del aire y el bienestar de las usuarias de la sala. 3.4.1 Las condiciones de luminosidad natural o artificial garantizan las necesarias 3.4 Iluminación condiciones de bienestar de las usuarias. 3.4.2 La luminosidad no produce reflejos ni deslumbramientos. 3.5 Pisos y paredes 3 5.1 Los pisos y las paredes o muros son de fácil limpieza y desinfección sanitaria. 3.6.1 Cuenta con lavamanos dentro de la sala 3.6 Lavamanos o cerca de ella con los elementos de aseo disponibles (jabón liquido y toallas de papel). 3.7.1 Cuenta con un mesón o mesa de apoyo para soporte de los utensilios y frascos. Mesón o mesa de 3.7.2 El material del mesón o mesa es sólido, 3.7 no poroso, resistente a factores ambientales apoyo como humedad. 3.7.3 El material del mesón o mesa permite fácil limpieza y desinfección sanitaria. 3..8.1 Se cuenta con instalaciones eléctricas 38 Instalaciones que permiten la correcta conexión y seguridad eléctricas de uso de los equipos y el mantenimiento de la cadena de frío. 3.9.1 Cuenta con sillas dotadas de espaldar y apoyabrazos. 3.9 Sillas y caneca 3.9.2 Cuenta con sillas que el material permita la fácil limpieza y desinfección. 3.9.3 Cuenta con caneca plástica con tapa de accionamiento no manual y bolsa. Disponibilidad de 3.10.1 La sala dispone de cinta de enmascarar 3.10 o rótulos adhesivos para marcar los frascos, insumos bolígrafo o marcador indeleble, 3.11.1 Para la sala amiga de la familia lactante del entorno laboral, se tiene establecido un Limpieza y procedimiento o documento de limpieza y desinfección de desinfección de los espacios, equipos y áreas y equipos utensilios el cual especifica las sustancias utilizadas, concentraciones, formas de uso. frecuencia, responsable y descripción del procedimiento 3.11 3.11.2 Para el registro de las actividades de limpieza y desinfección se tiene un formato que es diligenciado por el personal que realiza las actividades diariamente. Formato de registro de actividades 3.11.3 Registro diario del uso de la sala por parte de las madres lactantes, el cual debe ser diligenciado cada vez que sea utilizada. 3.11.4 Registro diario de la temperatura de refrigeración y congelación. RESOLUCIÓN NÚMER(900610 DE 13 ABR 2026 Página 12 de 13 Continuación de la resolución: “Por la cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones ’. 3.12.1 La entidad promueve la lactancia a libre demanda garantizando a las mujeres lactantes el libre acceso a la Sala, las veces que sea necesario en un día. 3.12.2 Las mujeres gestantes conocen que la Acceso a la sala. entidad/empresa cuenta con la Sala y saben Preguntas en qué consiste. 3.12 destinadas a ser contestadas por las madres lactantes. 3.12.3 Las mujeres lactantes conocen cuánto tiempo puede estar la leche materna en la sala amiga de la familia lactante del entorno laboral. 3.12.4 Las mujeres lactantes pueden usar en la jornada laboral la Sala cuando la necesiten. SUMATORIA ESPECIFICACIONES DE HIGIENE Y SALUBRIDAD 4.1 Se tiene una nevera con congelador donde el área de congelación permite que los recipientes donde se almacena la leche v extraída se puedan ajustar de manera vertical 4 Refrigeración y congelación y cuenta con un termómetro digital con sonda, calibrado. En caso de evidenciar perdidas del servicio eléctrico se debe contar con un plan o acciones de contingencia que garanticen la continuidad de la cadena de frió. _______________ 5.1 Se registra la temperatura de refrigeración Registro de dos veces al día manteniendo la refrigeración 5 entre -2 hasta 5 grados centígrados y la temperatura temperatura máxima de congelación será de - 3 grados centígrados.____________________________ 6.1 Constancia el lavado y desinfección de los Agua apta para tanques de almacenamiento de agua para 6 consumo humano acorde al Decreto 1575 de consumo humano. 2007. Evidenciar que la entidad o empresa cuente Plan de manejo y con los recipientes para la separación de 7 residuos, que se almacenen y se dispongan gestión de residuos adecuadamente, conforme a la Resolución 2184 de 2019. TOTAL SUMATORIA TOTAL CONCEPTO TECNICO PASOS PARA LA CALIFICACIÓN: 1. Frente a cada criterio de calificación, asigne el valor de (1) si el requisito evaluado se cumple y (0) si no se cumple, si lo considera pertinente incluya observaciones. 2. Luego realice la sumatoria total identificando el número de criterios. 3. Identifique el concepto técnico y los pasos a seguir teniendo en cuenta el cuadro que se presentan a continuación: Número de Criterios NIVEL DE Cumplidos PORCENTAJE DE ACCIÓN A TOMAR CUMPLIMIENTO CUMPLIMIENTO SATISFACTORIA 40-45 89% - 100% Programar visita anual con acciones de mejora Programar visita de seguimiento máximo a los 3 meses siguientes a 30-39 67% - 88% la visita para corroborar el CUMPLIMIENTO PARCIAL cumplimiento del plan de mejora. Programar visita de seguimiento de manera mensual para corroborar el INCUMPLIMIENTO MENOS DE 30 Menos del 67% cumplimiento del plan de mejora. 4 Identifique la acción a seguir teniendo en cuenta el siguiente cuadro: RESOLUCIÓN NUMERÉ 00610 DE 13 ABR 2026 Página 13 de 13 Continuación de la resolución: “Parla cual se establecen los parámetros técnicos para la operación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral y se dictan otras disposiciones” CONCEPTO TÉCNICO PARA LA CONDUCTA A CONDUCTA A SEGUIR RECOMENDACIÓN PARA SEGUIR PRÓXIMA VISITA Mantener el acompañamiento continuo para la promoción, SATISFACTORIA protección y apoyo a la lactancia materna en el entorno Programar la visita anual de laboral. Emitir recomendaciones especificas para los seguimiento. criterios que no se hayan cumplido. ___ CUMPLIMIENTO Continuar con el acompañamiento técnico y desarrollar un Programar visita integral de PARCIAL CON PLAN plan de mejora. Hacer seguimiento al cumplimiento del revisión a los 3 meses posteriores DE MEJORA plan establecido.______________ _ _________________ I a la evaluación. INCUMPLIMIENTO CON Intensificar el acompañamiento técnico y elaborar un plan Programar visitas mensuaies'de de mejora detallado. Asegurar el cumplimiento total del | acompañamiento integral hasta PLAN DE MEJORA plan a través de seguimiento riguroso. | Jograr el cumplimiento. Informe al responsable de la sala amiga de la familia lactante tanto la evaluación como la conducta a seguir teniendo en cuenta cada uno de los criterios.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2026.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 22), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma