Por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 986 de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2023, y se dictan otras disposiciones

Resolución · 592 · 2024-04-04 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Modificar el artículo 1% de la Resolución 986 del 21 de junio de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2023, el cual quedará así: “Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer los lineamientos para la vacunación contra la COVID-19 contenidos en los siguientes anexos técnicos, los cuales hacen parte integral de la presente resolución: Anexo 1: Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19. Anexo 2: Consentimiento informado para la aplicación de la vacuna contra el SARS- CoV-2/ COVID-19.

Artículo 2

Modificar el numeral 3 del Anexo 1 de la Resolución 986 del 21 de junio de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2023, denominado “LINEAMIENTOS TÉCNICOS Y OPERATIVOS PARA LA VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19”, el cual quedará así: “3 VACUNAS CONTRA LA COVID-19 Las vacunas contra la COVID-19 de diferentes plataformas que actualmente tienen Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia -ASUE- emitida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA, en el país son: Vacuna Fabricante Plataforma . BNT1062B2 Pfizer Inc y . COMIRNATY Ómicron XBB.1.5 BioNTech ARN mensajero Sinovac Life Scienses Co Sinovac Ltd denominada Virus inactivado CoronaVac . Moderna Bivalente: "Spikevax Bivalent Original/Omicron BA.4-5" MODERNA ARN . SWITZERLAND GMBH mensajero SPIKEVAX XBB.1.5 Estas vacunas cuentan con especificaciones técnicas e indicaciones particulares, las cuales deben ser revisadas en las ASUE que para el efecto ha expedido el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos — INVIMA, como en las que llegare a expedir con posterioridad.

Artículo 3

Modificar los numerales 4.1, 4.2 y 4.3 del Anexo 1 denominado “LINEAMIENTOS TÉCNICOS Y OPERATIVOS PARA LA VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19” de la Resolución 986 de 2023, los cuales quedarán así: “4.1 Esquema de vacunación primario” RESOLUCIÓN NÚMERO 00000592 DE 04 ABP 2024 HOJA No 4 El esquema primario de vacunación estará de acuerdo con la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia -ASUE de cada biológico para la población en general asi: MODERNA SPIKEVAX XBB.1.5 POSOLOGÍA DE SPIKEVAX XBB.1.5 Edad (es) Dosis Recomendaciones adicionales Niños de 6 meses a 4 años, sin vacunación previa y sin antecedentes conocidos de infección por SARS-CoV-2 Dos dosis de 0.25 ml cada una, administrada vía intramuscular* Se debe aplicar la segunda dosis 28 días después de la primera dosis. Si un niño ha recibido una dosis anterior de cualquier vacuna Spikevax, debe aplicarse una dosis de Sikevax XBB.1.5, para completar la serie de dos dosis Niños de 6 meses a 4 años, con vacunación previa o antecedentes conocidos de infección por SARS-CoV-2 Una dosis de 0.25 mi, administrada vía intramuscular” Spikevax XBB.1.5 se debe aplicar Niños de 5 años a 11 años, con o sin vacunación previa Una dosis de 0.25 mi, administrada vía intramuscular* al menos 6 meses después de la dosis más reciente de una vacuna contra la COVID-19. Personas a partir de los 12 años, con o sin vacunación previa Una dosis de 0.5 mi, administrada vía intramuscular* Personas a partir de los 65 años Una dosis de 0.5 mi, administrada vía intramuscular* Se debe aplicar una dosis adicional al menos 6 meses después de la dosis más reciente de una vacuna contra la COVID- 19. * No utilice el vial monodosis ni la jeringa precargada para administrar un volumen parcial de 0.25 ml La vacunación previa, corresponde al antecedente vacunal, el cual pudo haberse realizado con cualquier vacuna contra la covid-19. POSOLOGÍA DE SPIKEVAX XBB.1.5 PARA PERSONAS INMUNODEPRIMIDAS Edad (es) Dosis Recomendaciones adicionales Niños inmunodeprimidos de 6 meses a 4 años, sin vacunación previa Dos dosis de 0.25 mi, administrada vía intramuscular* Se puede aplicar una tercera dosis en personas gravemente inmunodeprimidas al menos 28 días después de la segunda dosis. Niños inmunodeprimidos de 6 meses a 4 años, con vacunación previa Una dosis de 0.25 mi, administrada vía intramuscular* Se pueden aplicar dosis adicionales apropiadas para la edad en perdonas gravemente inmunodeprimidas al menos 2 RESOLUCIÓN NÚMERO 00000592 DE (4 ABR 2024 HOJANo5 o o : meses después de la dosis más Niños inmunodeprimidos de 5/Una dosis de 0.25 mi, | reciente de una vacuna contra la años a 11 años, con o sinj¡administrada vía COVID-19 a criterio del vacunación previa intramuscular* profesional de la salud, considerando las circunstancias clínicas de la persona. Personas inmunodeprimidas ajUna dosis de 0.5 mi, partir de los 12 años edad, con o | administrada vía sin vacunación previa intramuscular* * No Utilice el vial monodosis ni la jeringa precargada para administrar un volumen parcial de 0.25 ml SINOVAC Edad de Plataforma aplicación A 3 años en Sinovac Life Scienses Co Ltd Sinovac Life Scienses Co Ltd Homóloga adelante denominada CoronaVac denominada CoronaVac 6 El esquema homólogo de Sinovac para mayores de 3 años de acuerdo con la ASUE deber ser de dos dosis de Sinovac; sin embargo, es importante informar que en niños de 3 a 4 años que hayan recibido Sinovac primera dosis pueden completar el esquema con segunda dosis con ARNm SPIKEVAX XBB. 1.5. MODERNA BIVALENTE Para dosis adicional a mayores de 18 años en grupos de riesgo priorizados, adultos mayores de 60 años, talento humano en salud, mayores de 18 con comorbilidades, mínimo 6 meses de la ultima dosis de covid-19. 4.2 Aplicación de dosis adicional en mayores de 5 años. La dosis adicional con vacuna ARNm para mayores de 5 años, se administrará con posterioridad a los seis meses de haber recibido la última dosis de vacuna contra COVID-19; de acuerdo con la disponibilidad de biológicos en el país y a las indicaciones del fabricante. 4.3 Grupos priorizados para dosis adicional Teniendo en cuenta que la pandemia por la COVID-19 continua y según recomendación de la OMS es necesario para la aplicación de esquema o adicional priorizar los siguientes grupos de riesgo, así: Gestantes: La dosis adicional se debe administrar cuando hayan pasado 6 meses de la última dosis contra la covid-19. Se debe garantizar una dosis por cada embarazo. Mayores de 60 años: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 6 meses de la última dosis contra la covid-19. Población con comorbilidades: La población con comorbilidades que generan .Susceptibilidad a complicaciones por la Covid-19, debe recibir una dosis adicional al menos 6 meses luego de su última dosis contra la covid-19. RESOLUCIÓN NÚMERO 00000592 be 04ABR 2024 HOJANO 6 Talento Humano de Salud: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 6 meses de la última dosis contra la covid-19. Para las gestantes la dosis adicional debe ser de ARNm Pfizer. Para los otros 3 grupos priorizados la dosis adicional debe ser de la plataforma ARNm; de acuerdo con la disponibilidad de vacuna en el país y a las indicaciones del fabricante. Nota 1: Se pueden coadministrar todos los biológicos contra la COVID - 19 con todos los biológicos del Programa Ampliado de Inmunización de manera simultánea o con cualquier intervalo de tiempo. Nota 2: La vacuna moderna bivalente, Spikevax bivalentd Original/Ómicron BA.4-5 está indicada para la inmunización activa para prevenir la COVID-19, causada por el virus SARS-CoV-2, en grupos poblaciones con alto riesgo de complicaciones de 18 años y mayores que han recibido previamente al menos la primo vacunación frente a la COVID- 19. Nota 3: La vacunación con biológico ARNm disponible en el país, debe centrar su aplicación en los grupos de riesgo priorizados o por prescripción médica; sin embargo, para optimizar el uso de este biológico, una vez abierto el vial, teniendo en cuenta su vida útil, las dosis restantes se pueden utilizar en población general que demande su uso. Nota 4: Las personas que han presentado la enfermedad de covid-19 o covid prolongado, una vez se recuperen se pueden vacunar con el biológico disponible en el país. , ninguna dosis debe ser retrasada. Adicionalmente, tener en cuenta que su aplicación se debe realizar una vez recuperada la persona. Tener síntomas prolongados de COVID-19 no es una contraindicación para recibirla vacuna COVID- 19. Nota 5: Recordar el diligenciamiento del consentimiento informado como parte fundamental del proceso de vacunación contra la covid-19, el personal de salud que realiza la vacunación deberá suministrar la información suficiente frente a la aplicación de la vacuna para que el paciente pueda comprender las implicaciones de la intervención terapéutica, teniendo en cuenta el ASUE de cada biológico.

Artículo 4

Para la aplicación de la vacuna BNT162b2 PFIZER-BIONTECH, SINOVAC LIFE SCIENSES CO LTD denominada CORONAVAC y MODERNA ARNM, se deberán seguir los lineamientos expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y las ASUE que para el efecto ha expedido el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, y los que se llegaren a expedir con posterioridad.

Artículo 5

Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo ANEXO

GUILLERMO ALF NSÓ JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social probó. Y Jaime Hernán Urrego R.- Viceministro de Salud Pública y Prestación de nor Gina Rojas - Directora de Promoción y Prevención Rodolfo Salas Figueroa, Director Jurídico y 4 Y . Directos juridico

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2024.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 24), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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