Artículo 1
Modificar el artículo 2 de la Resolución 2359 de 2016, el cual quedará así: “Artículo 2. Resultado de los valores coincidentes de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Una vez aplicado el procedimiento establecido en la Resolución 3568 de 2014 y sus modificatorias, se determina como valores coincidentes para el saneamiento de aportes patronales por cada Administradora, según el detalle que se encuentra publicado en la página web de este Ministerio en el link patronales. aspx, los valores que de forma consolidada se relacionan a continuación: Administradoras | Recursos certificados | Valor coincidente y recursos a | Valor coincidente a girar a de Fondos de | de saldos de Aportes aplicar al Saneamiento de la Administradora de Pensiones Patronales sin aplicar Aportes Patronales Fondos de Pensiones COLFONDOS 14.581.300.582,00 637.084.281,00 PORVENIR 29.950.838.831,00 | 574.579.212,00 PROTECCIÓN 2.582.868.028,00 | 1.057.786.657,00 RESOLUCIÓN NúMERO €05885 DE 2016 HOJA N? 3 y de la Administradora de Riesgos Laborales SURAMERICANA S.A. (ARL SURA) y se dictan otras disposiciones” Administradoras | Recursos certificados | Valor coincidente y recursos a | Valor coincidente a girar a de Fondos de | de saldos de Aportes aplicar al Saneamiento de la Administradora de Pensiones Patronales sín aplicar Aportes Patronales Fondos de Pensiones HORIZONTE 15.924.675,763,00 99.078.204,00 0 OLD MUTUAL 502.677.301,05 11.657.503,00 0 COLPENSIONES | — 3.297.793.545,00 22.465.414,235,00 19.167.620.690,00 TOTAL 66.840.154.050,05 24.845.600.092,00 19.167.620.690,00 Parágrafo 1. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) girarán los recursos de aportes patronales no aplicados recalculados y con sus respectivos rendimientos, al mecanismo de recaudo y giro previsto en el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de esta resolución conforme al procedimiento establecido en el artículo 4 de la Resolución 2464 de 2014. Parágrafo 2. El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Dirección de Financiamiento Sectorial, informará a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), el detalle de los periodos saneados. Las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP, aplicarán los recursos conforme al detalle informado por este Ministerio, los cuales se descontarán de los saldos de aportes patronales que se encuentran en sus cuentas, cuando haya lugar a ello.”