Requisitos para la solicitud de facilidad de pago. El interesado deberá presentar por escrito, ante la instancia competente, según la etapa en la que se encuentre el cobro de sus obligaciones, la propuesta respectiva que deberá contener la siguiente información:
a) Nombre o razón social e identificación del deudor.
b) Datos de contacto del deudor.
c) Identificación del proceso de cobro y la cuantía.
d) Plazo solicitado y condiciones de pago.
cg RESOLUCIÓN NÚMElls9 000n 5595 DE 2015 24 DIC 201imoJA No 6
e) Descripción de la garantía ofrecida y denuncia de bienes, si el Ministerio lo considera pertinente en consideración a la garantía ofrecida.
f) Certificación expedida por la Contaduría General de la Nación en la que conste que no se encuentra reportado como deudor moroso.
Parágrafo 1. Tratándose de entidades públicas que pretendan acceder a las facilidades de pago, deberán anexar con la solicitud, el certificado de disponibilidad presupuestal que garantice el pago de la deuda, así como el acuerdo, ordenanza o acto administrativo mediante el cual se faculte al ordenador del gasto para comprometer vigencias futuras cuando sea el caso, de conformidad con lo estipulado en la norma legal vigente.
Parágrafo 2. Las personas jurídicas de derecho privado deberán anexar a la solicitud, el acta del órgano competente mediante el cual se autoriza al representante legal para celebrar este tipo de actos, cuando los estatutos no contemplen esta facultad o esté limitada por la cuantía.
Parágrafo 3. El Ministerio podrá aceptar como respaldo de la deuda que se difiere, garantías reales o personales, de las establecidas en el Estatuto Tributario, Código Civil y Código de Comercio que, una vez constituidas, tengan un valor suficiente para cubrir el monto de la obligación, más los intereses causados a la fecha de suscripción del acuerdo de pago, establecido con base en criterios técnicos y objetivos. Deberá procurarse que la garantía otorgue al Ministerio una preferencia o mejor derecho para obtener el pago de la obligación.