Por medio de la cual se reglamenta parcialmente

Resolución · 5549 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS. Los Colegios Profesionales que participen en el proceso de selección para la delegación de funciones públicas establecida en la Ley 1164 de 2007, deben cumplir los requisitos exigidos en el artículo 3? del Decreto 4192 de 2010, acorde con lo cual, allegarán a este Ministerio: 1. Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la sede principal y de cada una de sus sucursales, 2. Fotocopia del documento de identidad del Representante Legal. 3. Copia del acta de la asamblea donde se aprueba la participación del Colegio en la convocatoria para la delegación de funciones públicas de que trata la Ley 1164 de 2007. 4. Copia de los estatutos vigentes del colegio profesional. RESOLUCIÓN NÚMERDO)O05549DE 2010 3 0 DIC 2010 HOJA 2 5. Relación de los afiliados activos del Colegio, certificada por el representante legal y el revisor fiscal, la cual debe presentarse con las características establecidas en el Anexo Técnico No. 1, que forma parte de la presente resolución, 6. Plan estratégico del Colegio aprobado por sus organismos directivos. 7. Relación de los perfiles del personal profesional, técnico y operativo responsables de las actividades que se deriven de las funciones asumidas por el Colegio. 8. Relación de los planes, programas y proyectos que ejecuta o ha ejecutado el Colegio para el desarrollo profesional, científico e investigativo de la disciplina, en los últimos cinco (5) años, especificando: a. Nombre del programa, plan o proyecto, b. Objetivos. C. Número de personas beneficiadas. d. Logros. e. Tiempo de duración y fecha de ejecución. 9. Los siguientes documentos suscritos por el representante legal y el revisor fiscal: a. Balance General y Estado de Resultados de los dos últimos años con corte a 31 de diciembre. b. Estado de fuentes y usos con corte a 31 de diciembre del último año. c. Formato diligenciado de información financiera, contenido en el Anexo Técnico No. 2, que forma parte de la presente resolución. d. Manuales de funciones, procesos y procedimientos. e. Organigrama estructural y funcional. f. Mecanismos de comunicación entre los afiliados y los órganos de dirección y administración; soporte tecnológico para el cumplimiento de sus funciones. En caso de que el soporte técnico, tecnológico y operativo sea provisto mediante la asociación con un tercero, el Colegio debe adjuntar copia de los convenios de asociación suscritos, en los términos señalados en el parágrafo del artículo 3? del Decreto 4192 de 2010. NS RESOLUCIÓN NÚMERO) 05543 DE 2010 3 ( DIC 2010 HOJA 3 PARÁGRAFO: Para el cumplimiento de lo señalado en los numerales 8 y 9 del presente artículo, los Colegios que tengan menos de dos (2) años de constituidos, deben presentar la documentación correspondiente al período o periodos que les aplique.

Artículo 2

CRONOGRAMA: El proceso de selección de Colegios Profesionales de que trata la presente resolución, se realizará según las siguientes fechas y plazos: Convocatoria. La Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, convocará a los Colegios Profesionales del área de la salud, a través de aviso que será publicado a más tardar el quince (15) de febrero de 2011 en un diario de circulación nacional y en la página WEB institucional. Postulación: Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria, los Colegios Profesionales interesados en participar en el proceso deben presentar los documentos previstos en el artículo precedente ante la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos de este Ministerio. La presentación de los documentos la hará personalmente el representante legal o apoderado del Colegio, acompañada de un escrito donde se manifieste la voluntad expresa de participar en el proceso de selección de Colegios Profesionales delegatarios de las funciones públicas señaladas en el artículo 10 de la Ley 1164 de 2007. Análisis y estudio de la documentación: Vencido el término para la postulación de Colegios Profesionales, la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, analizará la documentación presentada por cada Colegio Profesional y verificará el cumplimiento de los requisitos señalados en el Decreto 4291 de 2010 y en la presente resolución. Resultados. El Ministerio de la Protección Social expedirá el acto administrativo de resultados de la evaluación de que trata el inciso anterior. Contra dicho acto procede el recurso de reposición ante el Despacho del Ministro de la Protección Social, el cual debe interponerse de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Resolución: En firme el acto administrativo de que trata el inciso anterior y acordados los términos para la coordinación y entrega de la información y funciones al colegio que haya sido seleccionado, el Ministro de la Protección Social, expedirá la resolución de delegación de funciones públicas, que generará efectos desde el día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial. PARÁGRAFO: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4” del Decreto 4192 de 2010, si surtido el proceso de selección no se postulan Colegios Profesionales para una profesión o de los postulados ninguno cumple los requisitos señalados en el Decreto mencionado y la presente resolución, el Ministerio de la Protección Social delegará directamente las funciones públicas de dicha profesión en uno de los Colegios delegatarios de profesiones afines, previa aceptación por parte de éste último.

Artículo 3

En desarrollo de lo previsto en el parágrafo del artículo 9? del Decreto 4192 de 2010 y hasta tanto no se deleguen las funciones al respectivo Colegio Profesional, las Direcciones da 12) ÑN RESOLUCIÓN NÚMERO 005 543DE 2010 HOJA 4 30 DIC 2010 Territoriales de Salud continuarán realizando la inscripción, registro y autorización del ejercicio de las profesiones y ocupaciones del área de la salud y el Ministerio de la Protección Social continuará expidiendo las tarjetas profesionales de los médicos, las autorizaciones para el ejercicio de la especialidad médica de Anestesiología y Reanimación en todo el territorio nacional, así como la expedición de los permisos transitorios para el personal extranjero de la salud que ingrese al país en misiones científicas o asistenciales de carácter humanitario

Artículo 4

VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo ANEXO

7) M MAURICIO ALI SALAMANCA Ministro de la Protección Social pe. DianaH/JCubillos/LOrtiz Revisó y aprobó: LOntiz RESOLUCIÓN NÚMERO ODS5549 DE 2010 3.0 DIC 2010 HOJA 5 Anexo Técnico No. 1 Resolución No. de 2010, mediante la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 4192 de 2010 Observaciones y Catog Descripción E uy hirormación del Número de Identificación Tributarla, NIT. Número entregado por la Dirección de Impuestos y | 2 |N Colegio Dígito de verificación del NIT Atiuenas Necionales (DIAN): Profesional 3 A Nombre del Colegio Profesional Nombre completo del Colegio Profesional. 4 A Primer Nombre 5 A Segundo Nombre Nombre completo del profesional. En caso de tener mas de dos nombres, digite los adicionales en el 6 A Primer Apellido campo "Segundo Nombre”. 7 A Información | Segundo Apellido Personal nes E _ > Ñ CE: Cédula de anjeria 8 A Tipo de documento de identificación EC: Cádula de ludadarda 9 N Número de identificación Sin puntos, comas o espacios. 10 A Fecha de afiliación al Colegio profesional Formato DD/MM/AAAA : Nombre completo del título expedido por la Institución 19 A Profesión (Titulo de pregrado) de Educación Superior (sin abreviaturas). 12 A Institución de Educación Superior que expidió el | Nombre completo de la Institución de Educación título Superior. 13 A Información País de la Universidad que expidió el Título Académica Para el caso de las Universidades Colombianas, el nombre de la ciudad (municipio) debe corresponder a 14 A Ciudad de la Universidad que expidió el Título la división político administrativa (DIVIPOLA), dispuesta por el DANE. En caso de ser Universicad extranjera, se debe incluir el nombre del país. 15 y Resolución de Número 16 | A dig yal Fecha de expedición Formato DD/MM/AAAA profesional Ñ a Nombre completo de la Entidad que expide la 17 A Entidad que expide Resolución. N= Campo numérico A= Campo alfanumérico Firma Firma Representante Legal Revisor Fiscal RESOLUCIÓN NÚMEROOO5 549 DE 2010 3 q DIC 2010 HOJA 6 Anexo Técnico No. 2 Resolución No. de 2010, mediante la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 4192 de 2010 Formato De Información Financiera MES INGRESOS”: Cuotas de afiliación Actividades para el desarrollo profesional, cientifico e investigativo Donaciones ¡Cuentas por cobrar 90 días ¡Cuentas por cobrar 120 días ¡Cuentas por cobrar más de 120 días ¡Otros A a e Ses CRUE E ESE == Ra IRAN EST S z ON ¡Cuentas por pagar 90 dias Impuestos Nómina Prestaciones Sociales ¡Cuentas por pagar 120 días Impuestos Nómina Prestaciones Sociales ¡Cuentas por pagar más de 120 días Impuestos Nómina Prestaciones Sociales ¡Obligaciones financieras de corto plazo ¡Obligaciones financieras de largo plazo ¡Gastos operacionales Otros gastos *Corresponde a la cifra proyectada de ingresos y gastos para el 2011. Firma Firma Representante Legal Revisor Fiscal

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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