Por la cual se modifica la Resolución 1344 de 2012 respecto al reporte de información de afiliación de las entidades pertenecientes a los regímenes especial y de excepción y se dictan otras disposiciones.

Resolución · 5512 · 2013-12-26 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogado» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 21–40 de 64

Artículo ANEXO (16/59)

Estructura del Archivo de Novedades Aplica para todos los Regímenes: Contributivo (EPS, EOC), Subsidiado (EPSS, Entidades Territoriales, Departamentos que tengan a cargo corregimientos y el INPEC), Regímenes de Excepción y Especiales, Medicina Prepagada y Seguros de Salud y Planes Adicionales de Salud. Novedades de Actualización de Datos Las Entidades deben mantener actualizada la información de sus afiliados mediante el envío de novedades, reportando para ellas el código de la novedad y su fecha de inicio en la estructura de la Tabla 10. "Estructura del Archivo de Novedades”. Las novedades de actualización deben ser presentadas únicamente DOM a 2 6 DIC 2013 z . ER: RESOLUCIÓN NUMERO LAY 9) ¿£ DE 2013 HOJA No 14 por las Entidades que tienen el afiliado reportado en la BDUA (de acuerdo con los códigos de la tabla 11. “Códigos de Novedades”) Las Entidades deberán remitir las novedades de cada afiliado en el orden en que deben cargarse en la BDUA con el fin de garantizar la consistencia de la información. Tabla 10.

Artículo ANEXO (17/59)

Estructura del Archivo de Novedades : Consecutivo de la 8 Consecutivo por archivo, Xx ; o ES Xx h o novedad _ | iniciando en uno (1) _ | Ñ i 12 ¡Código de Entidad 6 . / Xx oO X XX om MS, RC, Tl, CC, CE, CD, PA, 4 Tipo de documento 7 [ag (según el régimen que' X Xx Xx x ¡afiliado . ! aplique) : Número de identificación 2 del afiliado 3-16 AA 3 ¡ Primer apellido del afiliado | 20 XK x Xx Xx Segundo apellido del | ¡ Ml x x x 4 ¿afiliado | 30 ¿Vacío Vacío.

Artículo ANEXO (18/59)

Vacío : Viso : 5 ' Primer nombre del afiliado 20 x Xx X o ¡Segundo nombre del! : i o x x : xo: : 8 afiliado ¡ 30 i Vacio Vacío Vacio ' Vaio i 7 Fecha de nacimiento del: 49 Formato DD/MM/AAAA AX: “Código departamento del a " ] 9 afiliación | 2 Codificación del DANE x x x Xx Código municipio de a 10 afiliación 3 | Codificación del DANE XK x x : Tabla 11 “Código de Código de la novedad 3 Novedad” ES x : Formato DD/MM/AAAA i x o ¡Fecha en la cual aplica o se! 32 : Fecha inicio de novedad 10 hace efectiva la novedad! x Xx i a O: reportada. ] od X Xx X X _ Nuevo valor 1 Vacio ' Vacio Vacío Vacío Xx XxX X Xx Nuevo valor 2 ¡Vacio Vacío Vacio : Vacío EX Xx Xx *x Nuevo valor 3 Dependiendo del código de novedad, ; Vacio | Vacío ' Vacío * Vacio se deben registrar los nuevos; X x x x Nuevo valor 4 valores, en el mismo orden en que | Vacío; Vacio Vacio Yao a Xx Xx Xx ¡Nuevo valor 5 OO] pira 11 "CÓDIGOS Vacio Vacío : Vacío - Vacío : Nuevo valor 6 x x Xx Xx : Vacío | Vacio : Vacio Vacio ' Nuevo valor 7 xx x X Vacio : Vacio ; Vacio Vacío Tabla 11. Códigos de Novedades Se deben diligenciar todos los campos en el orden establecido por esta tabla, estas novedades aplican para afiliados registrados en la BDUA.

Artículo ANEXO (19/59)

Ratt. par RESOLUCIÓN NÚMERO —'. cn pe 2013 2 6 DIC. 2013 HOJA No 15 Continuación de ta Resolución " Por la cual se modifica la Resolución 1344 de 2012 respecto al reporte de información de afiliación de las entidades pertenecientes a los regimenes de excepción y especial de salud y se dictan otras disposiciones” e condición de beneficiario. Para actualización del tipo de documento y/o número de identificación y/o fecha de nacimiento del afiliado. Se deben reportar obligatoriamente los 4 campos. Si el tipo de actualización es una Actualización o corrección corrección, se puede aplicar para del tipo y número de identificaciones que no están No1 identificación del afliado 127993 XX Xx X vigentes y para afiliados en estado y/o fecha de nacimiento. retirado o desafiliado. 1 = Tipo de documento del afiliado 2 = Número de identificación del afiliado 7 = Fecha de nacimiento del afiliado 33 = Tipo de actualización del documento. Actualización o corrección 5 = Primer nombre No2 de nombres del afiliado. 56 xx. xx 6 = Segundo nombre Actualización o corrección 3 = Primer apellido NOS [de apellidos del afiliado. ++ Xx [IX [XX X |4= Segundo apellido Actualización o cambio de a NO [municipio de afiliación en laj9,10 [xx Xx |x [Sy ppatamento de afifación misma Entidad de Salud P Actualización o cambio de 15 y 16 =Tipo y número de NO5 [segundo cotizante al15,16 Xx identificación del cotizante principal cotizante principal : con el cual se tiene inscrita en j BDUA la relación familiar, Aplica únicamente para cotizantes. 17 = Tipo de cotizante Adición de relación con un Soriano de documento del No6 2Portante o reactivación dell, 74 |. 22 = Número de identificación del afiliado en la misma 22 28 entidad. ? aportante a . 28 = Actividad Económica del afiliado.

Artículo ANEXO (20/59)

Aplica cuando: eUn cotizante pasa a ser beneficiario o adicional o segundo cotizante de un grupo familiar dentro de la misma entidad. eUn beneficiario o adicional o segundo cotizante cambia de Inclusión de afiliado a un grupo familiar dentro de la misma No7 9rupo familiar. corrección 45, 16, Xx entidad de salud. de parentesco. Cambio de 18, 19, 20 Se debe tener en cuenta que si el afiliado es un cotizante principal, y tiene un grupo familiar vigente, esta novedad se glosará. 15, Tipo y número de documento del cotizante en estado 2 6 DIC. 288. 2 , , > RESOLUCIÓN NÚMERO ' :; 55 1 £ DE 2013 HOJA No 16 9 = Parentesco con el cotizante. 0 = Exclusivamente para eneficiarios entre 18 y 25 años. Estudiantes o Discapacitados). Actualización o cambio de 7 = Tipo de cotizante. beneficiario o adicional a = Tipo de identificación del cotizante principal. 47 21 portante NO8 ¡Actualización o cambio de 22 28 AX 2 = Número de identificación del beneficiario cónyuge a portante segundo cotizante dentro 128 = Actividad económica del del mismo grupo familiar. afiliado. Regímen Contributivo e Si el afillado es cotizante principal o Titular, sus beneficiarios y/o adicionales deben hacer parte de otro grupo familiar, utilizando para ello el reporte de novedades, de lo contrario estos beneficiarios y/o adicionales quedarán en estado RETIRADO. + Si el grupo familiar vigente tiene un segundo cotizante éste pasa a ser cotizante principal sin NO9 [Retiro por muerte. X ¡XX [Xx grupo familiar.

Artículo ANEXO (21/59)

Régimen de Excepción oO Especial! Régimen Subsidiado: + Esta novedad la reportan: las EPSS, las Entidades Territoriales, los departamentos que tienen a cargo corregimientos y el INPEC. 4 = Tipo de identificación del portante 2 = Número de identificación del Actualización de una relación laboral vigente: Ñ 121, 22, portante N10 asoMante o 17, 29,X 7 = Tipo de cotizante actual y 28,17 9 = Nueva fecha de vinculación al económica del afiliado y tipo de cotizante. portante 8 = Nueva actividad Económica 7 = Nuevo tipo de cotizante. 1 = Tipo de identificación del portante 2 = Número de identificación del portante 7 = Tipo de cotizante ¡ el cotizante es principal con rupo familiar vigente y sólo tiene sta relación con este aportante, sus beneficiarios y/o adicionales eben hacer parte de otro grupo Finalización de relación con Non aportante, 21, 22, 17 |X Y > al RESOLUCIÓN NÚMERO | 5512 DE 201 : 2 6 DIC. 2013 HOJA No 17 N12 Actualización O cambio de condición de beneficiario 20 mayor de 18 años N13 Novedad de retiro en BDUA. (Entidades territoriales, 39 Departamentos que tienen a cargo corregimientos y el INPEC) utilizando para ello el de novedades, de lo 20 = Condición de beneficiario mayor de 18 años N14 Actualización O cambio de 14 estado de afiliación N15 Anulación de ingresos. (Entidades Territoriales, Departamentos con corregimientos a cargo y el INPEC) N16 Activación del estado de afiliación cuando es igual a SU o RX 14 = Estado de afiliación De AF a RE (siempre y cuando el afiliado NO se encuentre en estado fallecido en RNEC) Para el

Artículo ANEXO (22/59)

Régimen Contributivo: De AC a SU (sólo se reporta para cotizantes) De cualquier estado a RE. De cualquier estado a DE. De AC a RX (sólo se reporta para cotizantes) Los beneficiarios y/o adicionales heredarán el estado del cotizante. Para_el Régimen Subsidiado y Regímenes_ de Excepción y Especial: el único cambio permitido es pasar el afiliado a estado RETIRADO (RE). N17 Actualización de género del 8 afiliado Esta novedad solamente la reportarán los municipios, los departamentos con corregimientos a cargo y el INPEC, en el respectivo proceso de actualización de BDUA. La anulación del ingreso se eportará para los afillados que ¡fueron ingresados a la BDUA de manera incorrecta por la EPSS en os procesos del mismo mes del reporte. Si la activación es a un cotizante principal, los beneficiarios y/o adicionales heredarán el estado del cotizante. X|X|XjX 8= Género del Afiliado. N19 Actualización de zona del44 afiliación X 111 = Zona de Afiliación N20 Actualización de nivel SISBEN 91 = Nivel SISBEN N21 Tipo de población especial 30 del régimen subsidiado N23 N24 Renovación póliza de salud (35, 37 Cancelación póliza de salud 35, 37 ¿30 = Tipo de población Especial del Régimen Subsidiado 35= Número de póliza de salud 37 = Tipo de póliza de salud 35 = Número de póliza de salud 37 = Tipo de póliza de salud A e .

Artículo ANEXO (23/59)

YO RESOLUCIÓN NÚMERO (DOLL pe 2013 28 DIC. 2013 HOJA No 18 Cuando una Entidad presente en un mismo período más de una novedad a un afiliado, se debe diligenciar un registro por cada novedad y se aplicarán en el orden que la Entidad lo reporte teniendo en cuenta el campo “Consecutivo de la Novedad”. 2.4. Estructura del Archivo para la Novedad Retroactiva: 2.4.1. Régimen Contributivo: Esta novedad la podrán presentar las EPS y EOC del Régimen Contributivo para afiliados respecto de los cuales se cuente con el recaudo de la cotización para el período de la novedad, los soportes de la afiliación y se haya garantizado el cumplimiento de lo previsto en el

Artículo ANEXO (24/59)

artículo 43 de la Ley 789 de 2002. Adicionalmente, para el periodo presentado las EPS y EOC deberán tener en cuenta que: —- El afillado se encuentre en el régimen especial o de excepción, en estado retirado. - El afiliado se encuentre en el Régimen Contributivo en estado retirado, desafiliado, activo o suspendido. — El afiliado se encuentre en el Régimen Subsidiado en estado activo o retirado. A fin de que no se afecte el estado actual de la afiliación consignada en la BDUA, sólo se activará y cerrará el período presentado de la afiliación para la EPS/EOC solicitante, Se verificará con los períodos registrados en el Histórico de Afiliados Compensados (HAC) y en el Histórico de Afiliados Pagados en el Régimen Subsidiado (HAPS) , que la cantidad de días solicitados sea menor o igual a los días no reconocidos en dicho periodo (el período no puede corresponder a un periodo cerrado por decretos excepcionales). En todo caso, los días reconocidos no podrán ser superiores a treinta (30). Estas novedades no realizarán actualizaciones a los datos personales de! afiliado ni de identificaciones registrados en la BDUA. Lo anterior sin perjuicio de las validaciones que se efectúan en el proceso de giro y compensación. Tabla 12. Novedad Retroactiva Régimen Contributivo ¡Código ' novedad 82 | Serial BDUA Tipo de documento del | Cotizante principal 12 6 Como está actualmente en la BDUA- X | L Serial con el cual se encuentra x registrado el afiliado en la BDUA RC, Tl, CC, CE, PA, CD Xx (vacío para cotizante principal) Vacío ] X o] X|x|x|xo

Artículo ANEXO (25/59)

16. nero e ar ación del 3 -16 | (vacío para cotizante principal) Vacio ¡pan 17,2, 3, 4, 10, 11, 12,15,16,17,18, > 17 ¡ Tipo de cotizante | 2 19,20,21,44,45,47,48,49,50 q xo! Vacio | e e S o E RESOLUCIÓN NÚMERO Lu 99 “0 oe 2013 2 6 DIC. 2888 HOJA No 19 18 | Tipo de afiliado 1 "CBA XA y : 1,2,34,5,6,7 ! 19 | Parentesco con cotizante 4 (vacío para cotizante principal) 16 Xx principal (1 para el segundo cotizante del' Vacío . e o grupo familiar) , ao Condición del beneficiario ¡ : X | 42 : mayor de 18 años. 1 ] DE o ¡ Vacio ¡Vacío | ¡Código departamento de >) codificación DANE Xxx afiliación ] o ¡ ON 10 Código municipio de afiliación 3 Codificación DANE XA Xx 11 ; Zona de afiliación 1 UR XX 21 ¡Tipo de documento del 2 NI, CC, TI, RC, CE, CD Xx ! Vacío Aportante ¡Número de identificación del , 22 | Aportante 3-11 i X |Vacío i Tabla CIIU revisión 4 DANE (Este campo no se diligenciará, 28 ¡Actividad económica del ' 4 para el caso de tipos de cotizante.

Artículo ANEXO (26/59)

X Vacio ¿afiliado pensionado ó pensionado por; Vacío sustitución ) ¡E o — . - a : e : Formato DD/MM/AAAA : 40 Ca ¿e inicio. del periodo 10 | Corresponde a la fecha de inicio del ¡ Xx Xx | periodo solicitado por la Entidad | ! Formato DD/MM/AAAA o x 41 : Fecha fin del periodo solicitado 10 ¡Corresponde a la fecha de fin del | i periodo solicitado por la Entidad Nota: Se debe enviar un registro por cada período sobre el cual se desea acceder a través de la novedad retroactiva, Ejemplo: Si se están presentando 2 períodos completos o parciales, se deben reportar 2 registros. Se debe generar un registro para cada uno de los afiliados por los cuales se desea aplicar la novedad retroactiva. 2.4.2, Régimen Subsidiado: Esta novedad la podrán presentar las entidades del Régimen Subsidiado para afiliados respecto de los cuales se cuente con los soportes de la afiliación y haya garantizado el acceso a los servicios de salud. Adicionalmente, la EPSS deberá tener en cuenta que esta novedad la podrán presentar siempre y cuando todo el período solicitado corresponda a una afiliación de cualquier régimen pero en estado retirado o desafiliado. A fin de que no se afecte el estado actual de la afiliación consignada en la BDUA, sólo se activará y cerrará el período presentado de la afiliación para la EPSS solicitante. Se verificará con los periodos registrados en el Histórico de Afiliados Compensados (HAC), que la cantidad de días solicitados sea menor o igual a los días no compensados en dicho período.

Artículo ANEXO (27/59)

a) BDrtA. (A CRI RESOLUCIÓN NÚMERO. - 9022 pezo13 2 6 DIC. 2013 HOJA No 20 Continuación de ta Resolución ” Por la cual se modifica la Resolución 1344 de 2012 respecto al reporte de información de Estas novedades no realizarán actualizaciones a los datos personales del afiliado ni de identificaciones registrados en la BDUA. Lo anterior sin perjuicio de las validaciones que se efectúan en el proceso de Liquidación Mensual de Afiliados (LMA). Tabla 13. Novedad retroactiva Régimen Subsidiado Q j 12 Código Entidad que reporta la novedad 6 | Cómo está actualmente en BDUA x . : Serial con el cual se encuentra 82 ¡Serial BDUA registrado el afiliado en la BDUA Xx 9 |Código departamento de afiliación 2 |Codificación DANE Xx 10 | Código municipio de afiliación 3 |Codificación DANE Xx 11 |Zona de Afiliación 1 |UR Xx 30 Tipo de Población Especial del Régimen 2 1,2,34,5,6,7,8, 9, 10, 11, 12, 13, Xx Subsidiado 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 31 | Nivel SISBEN 1. 1123N Xx 34 | Modalidad del subsidio 2 |ST Xx Formato DD/MM/AAAA e . os Corresponde a la fecha de inicio del| X 40 | Fecha de inicio del periodo solicitado 10 periodo solicitado por la Entidad Formato DD/MM/AAAA X 41 | Fecha fin del periodo solicitado 10 ¡Corresponde a la fecha de fin del periodo solicitado por la Entidad 3. Reporte de Novedades de Traslados Entre Entidades o Movilidad Entre Regímenes.

Artículo ANEXO (28/59)

A continuación se define la forma en que se aplicarán en la BDUA las novedades de traslados entre EPS y/o Movilidad entre Regímenes remitidas por las Entidades: EPS/EOC y EPSS Dichas novedades se encuentran previamente soportadas en solicitudes y autorizaciones ante las entidades, de acuerdo a las normas vigentes que aplican a cada régimen. Por lo tanto, en ningún momento se releva a las Entidades de su responsabilidad legal de administrar la afiliación ni de proporcionar las aclaraciones pertinentes o el reporte de correcciones sobre los datos reportados para la actualización en la BDUA. 3.1. Glosario de Términos del Módulo de Actualización de Traslados Entre EPS y/o Movilidad Entre Regímenes Solicitud de Traslado en BDUA: Es la solicitud que realiza la Entidad2 para trasladar uno o varios afiliados a la Entidadt que es la que tiene los afiliados actualizados en la BDUA. = pS 2 ú DIC. 288 RESOLUCIÓN NÚMERO ct 535 EN 2 DE 2013 HOJA No 21 Entidad1: Entidad que tiene registrado el afiliado en ta BDUA al momento de la solicitud de traslado. Esta Entidad dará la aceptación o negación a cada uno de los registros reportados en la solicitud de traslado. Entidad2: Entidad que remite la solicitud de traslado en BDUA a la Entidadt, a través del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, en el archivo R1 o 51 según el régimen.

Artículo ANEXO (29/59)

Archivos R1, S1: Son los archivos con los registros de los afiliados que la Entidad2 le desea realizar la solicitud de traslado en BDUA a la Entidad1 a través del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA. En el caso en el cual el afillado se encuentre en BDUA con estado de afiliación RETIRADO o DESAFILIADO, la Entidad2 de régimen subsidiado deberá reportar el archivo S1 y la actualización de esta novedad se realizará automáticamente sin surtir el resto del proceso del módulo de traslado sin perjuicio de las demás validaciones de consistencia de la información. Archivos R2, S2: Son los archivos con los registros de los afiliados que remite el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, a la Entidad1 como solicitud del traslado en BDUA. Archivos R3, S3: Son los archivos con los registros inconsistentes que remite el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA a la Entidad2, en caso de encontrarse glosas en la verificación del registro del afiliado en la BDUA. Archivos Rá, 34: Son los archivos con los registros de respuesta de aceptación o negación a la solicitud de la Entidad2, enviado por la Entidad1 al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA. Archivos R5, $5: Son los archivos con los registros de resultado que entrega el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía —- FOSYGA, a la Entidad2. Estos archivos contienen registros con los traslados efectivamente actualizados en la BDUA y los registros de traslados que no fueron aceptados por parte de la Entidad1.

Artículo ANEXO (30/59)

Archivos R6, S6: Son los archivos con los registros de resultado que entrega el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía —- FOSYGA, a la Entidad2, los cuales contienen los traslados aprobados por la Entidad 1 pero que no fueron actualizados en la BDUA porque no cumplieron las validaciones de reglas de negocio. Fecha de afiliación a la Entidad. Es la fecha en la cual el afiliado suscribió el formulario de afiliación o traslado ante la Entidad. Semana de Proceso BDUA. Corresponde a la semana del mes que tenga como mínimo 4 días hábiles del mes, y se denomina así por cuanto en dicha semana se realizarán los procesos de actualización de la BDUA. por. o 5512 2 6 DIC. 2013 RESOLUCIÓN NÚMERO ” DE 2013 HOJA No 22 3.2. Proceso de Actualización de Novedades de Traslado Entre EPS o Movilidad Entre Regímenes de Afiliados en la BDUA. Solicitud de Traslado en la BDUA de la Entidad 2 a La Entidad 1.En la “Semana de Proceso BDUA” las solicitudes de traslados que cada Entidad2 aprobó se remitirán al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía —- FOSYGA, en el archivo R1 o 51 según el régimen. Actividades a Realizar por el Administrador Fiduciario del FOSYGA con los Archivos R1 y S1.

Artículo ANEXO (31/59)

El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA, remite a la Entidad2, el archivo R3 o S3 según al régimen correspondiente con la respuesta de los registros que no cruzaron con BDUA y/o los registros que fueron glosados por alguna inconsistencia. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA, enviará a la Entidad1 el archivo R2 o S2 según el régimen con los registros de afiliados que no fueron glosados por ninguna inconsistencia y que están siendo solicitados por la Entidad2. El Envió de los archivos R3, S3 y R2, S2 se realizará en la fecha definida en el calendario establecido para la entrega de los resultados. 3.2.1.Actividades a Realizar por la Entidad1 con el Archivo R2 o 82: El último día hábil de la “Semana de Proceso BDUA”, exceptuando la última “Semana de Proceso BDUA” del mes, la Entidad1 enviará al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA, el Archivo Rá o S4 según corresponda, con la respuesta y la causal de aceptación o negación, a la solicitud de traslado hecha por la Entidad2, de acuerdo con los códigos descritos en este anexo. 3.2.2.Actividades del Administrador Fiduciario con los Archivos R4 y S4.

Artículo ANEXO (32/59)

El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía —- FOSYGA, el Último día de la “Semana de Proceso BDUA” ”, exceptuando la última “Semana de Proceso BDUA” del mes, procederá a validar y actualizar en la BDUA las novedades de traslado que fueron aprobados por la Entidad1, con base en la información solicitada en el archivo R1 o $1 según régimen, e informará a la Entidad2 en el archivo R5, S5 la respuesta a la solicitud dada por la Entidad1, siempre y cuando la aplicación de dicha solicitud haya cumplido con tas validaciones definidas en los archivos Rá4, S4. Los registros aprobados por la Enitdad1 y que no cumplan con las validaciones serán enviados a la Entidad2 en el archivo R6 o S6, según régimen. Este envío se realizará en el día programado para la entrega dentro de calendario de validación BDUA. Y e eS 2 6 DIC. 283 . 10 > RESOLUCIÓN NÚMERO. JDL£ DE2013 " HOJANo 23 3.3. Reglas Generales para la Aplicación de las Novedades de Traslados en BDUA Este proceso se utiliza para reportar novedades de Traslados y/o Movilidad realizados en las Entidades de acuerdo a las normas vigentes. La actualización de las novedades de traslado y movilidad remitidas por las Entidades y que cumplan con las condiciones de validación se actualizará en la BDUA en el mismo proceso que se reporta.

Artículo ANEXO (33/59)

El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, dará como aceptada la solicitud de traslado de aquellos afiliados que fueron enviados en el archivo R2 o S2 según el régimen y que la Entidad! no les dio respuesta en el archivo R4 o S4 y por tanto procederá a actualizar la novedad de traslado en la BDUA. Esta misma situación aplicará para los registros que envíe la Entidad1 en el archivo R4 o S4 para los registros que resulten glosados. Los registros solicitados y válidos después de las verificaciones hechas por el Administrador Fiduciario del FOSYGA a los archivos R1, S1 serán bloqueados y las EPS contributivas no podrán compensar los afiliados que actualmente se encuentran en el módulo de traslados. El reporte de novedades de traslado realizado para la actualización de la BDUA se puede aplicar entre las Entidades, independientemente del régimen y el estado de afiliación en el cual se encuentre el afiliado en BDUA, con excepción del estado de afiliación Fallecido. Los afiliados que sean devueltos en el archivo R3 o S3, no se bloquearán en la BDUA para ningún efecto y no ingresarán al módulo de traslados. Asi las cosas, el registro del afiliado quedará como se encontraba en la BDUA antes de ser solicitado en traslado y la Entidad que requiere el traslado debe realizar nuevamente el tramité en el siguiente proceso de BDUA. Las novedades de traslado o movilidad no debe ser utilizada para activar periodos de afiliación no vigentes, para esto se debe utilizar la novedad retroactiva descrita en numeral 2.4 de esta resolución. Estructura de los Archivos para el Proceso de Traslado 3.4.

Artículo ANEXO (34/59)

Régimen Contributivo: ARCHIVO R1 72 | ódigo Entidad que solicita el 6 Código de la Entidad que solicita x Xx traslado el traslado [_1 Tipo de documento del afiliado 1 2 Como está actualmente en| X ¡ X > iS 86 DIC. 20.

Artículo ANEXO (35/59)

RESOLUCIÓN NÚMERO ( E5ÍZ2 DE2013 HOJA No 24 BDUA ¿Número de identificación del 20 Como está actualmente en Xx Xx afiliado BDUA : 3 | Primer apellido del afiliado 20 EN está actualmente en: y Xx . ” Como está actualmente en Xx Xx 4 ' Segundo apellido del afiliado 30 BDUÚA ¡ Vacío | Vacío 5 | Primer nombre del afiliado 20 a está actualmente en Xx Xx : ' mM “Como está actualmente en| X Xx IN Segundo nombre del afiliado 30 BDUA Vacío Vacío 7 | Fecha de nacimiento del afiliado - 10 o está actualmente en XK *x 8 ' Genero del afiliado 1 Como está actualmente 8 xx Código de Entidad a la cual se le ; e |Como está actualmente en y xo solicita el traslado del afiliado BDUA Número de solicitud de traslado : : 70 :de la nueva entidad que pide el 8 | Consesutivo interno de la; Xx * traslado 76 | Tipo de traslado 1 -.01,2 Xx Xx 45 | Tipo de documento del cotizante], ¡RC TI, CC, CE, PA, CD Xx Xx principal (vacio para cotizante principal) | Vacío Número de identificación del ¡ . : a Xx 16 cotizante principal 3-11 | (vacío para cotizante principal) Vacio | Xx 1 Tipo de documento del afiliado 2 * Datos actualizados del afiliado ' X_: X Número de identificación del * Datos actualizados del afiliado ' o 3-16 *x *x | A afiliado . ] Ñ _ 3 : Primer apellido del afiliado 20 | Datos actualizados del afiliado - y - 7% Datos actualizados del afiliado XX 4 Segundo apellido del

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogado»; Normograma-por-tematica-minsalud-2013.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 88), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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