Por la cual se determinan los criterios de asignación de recursos del Presupuesto General de la Nación destinados a los subprogramas de “Implementación de las Estrategias de Promoción Salud y Prevención Enfermedad Nacional” y de “Atención de la familia, primera infancia, niñez, adolescencia y juventud”

Resolución · 5511 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Criterios de asignación de recursos. Los proyectos a financiar con los recursos del Presupuesto General de la Nación destinados a los subprogramas de "Implementación de las Estrategias de Promoción Salud y Prevención Enfermedad Nacional"y de "Atención a la familia, primera infancia, niñez, adolescencia y juventud", serán asignados a las entidades territoriales beneficiarias y/o a sus entidades adscritas o vinculadas, que cumplan por lo menos uno de los siguientes criterios: 1. Estrategias de promoción de la salud o prevención de la enfermedad, dirigidas a la población que se encuentre en condición de vulnerabilidad o sujetos de especial protección, tales como: grupos étnicos, mujeres en estado de embarazo, habitante de calle, personas en condición de discapacidad, víctimas del conflicto armado interno, adultos mayores, inmigrantes, población reclusa, niños, niñas y/o adolescentes que residen con sus madres privadas de la libertad. 2. Adquisición, compra, almacenamiento o distribución de insumos de interés en salud pública, que garanticen el desarrollo de una estrategia dirigida a comunidades en materia de promoción de la salud, detección temprana, protección específica y tratamiento de eventos de interés en salud pública. 3. Desarrollo de capacidades en el Talento Humano en Salud, las comunidades y las instituciones y organizaciones del SGSSS para implementar las estrategias definidas en la Política de Atención Integral de Salud — PAIS, y los componentes del Modelo de Atención Integral en Salud — MIAS, en los niveles nacional, regional y local. 4. Que intervengan o mitiguen eventos con mayor incidencia, prevalencia, mortalidad y años de vida potencial perdidos, en la población del territorio. Parágrafo. Serán priorizados los proyectos que hayan cumplido con alguno (s) de los criterios señalados en el presente artículo y que adicionalmente sean financiados de manera conjunta con la entidad que lo presenta.

Artículo 2

Formulación y ejecución de los proyectos territoriales. La Dirección de Promoción y Prevención expedirá los lineamientos técnicos para la formulación, ejecución y evaluación de proyectos por parte de entidades territoriales y/o sus entidades adscritas o vinculadas.

Artículo 3

Certificación del cumplimiento. La Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, certificará el cumplimiento de alguno (s) de los criterios señalados en esta RESOLUCIÓN NÚMERO 005511 DE 16 NOV 2016 2016 HOJA N°3 Continuación de la resolución "Por la cual se determinan los criterios de asignación de recursos del Presupuesto General de la Nación destinados a los subpro gramas de "Implementación de las Estrategias de Promoción Salud y Prevención Enfermedad Nacional" y de "Atención de la familia, primera infancia, niñez, adolescencia y juventud" resolución y emitirá concepto de viabilidad técnica, previo a la solicitud del certificado de disponibilidad presupuestal correspondiente.

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 90), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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