Requisitos de los establecimientos. Los establecimientos que fabrican, ensamblan o reparan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, deben cumplir con los siguientes requisitos especiales:
1. Organización. É 1.1 Disponer de recursos apropiados en cuanto a talento humano, instalaciones, equipos y herramientas. 1.2 Contar con un responsable del control de calidad que será independiente en sus competencias del personal de producción.
13 Tener un manual de calidad donde se contemple la misión, visión, política de calidad, objetivos de calidad, procesos y procedimientos.
1.4 — Disponer de un manual de funciones por cargo.
2. Condiciones higiénicas, técnicas, locativas.
2.1. Mantener los ambientes, equipos, instrumentos, materias primas, componentes, repuestos y dispositivos médicos terminados, en condiciones de higiene, orden y aseo.
2.2 Prevenir el agua estancada, polvo en la atmósfera y evitar la presencia de insectos u otros animales.
2.3 Contar con un procedimiento para la limpieza y mantenimiento de áreas, equipos, el cual debe ser verificado y registrado periódicamente.
2.4 Disponer de un procedimiento para el control de plagas que defina entre otros la periodicidad, cronograma y registro de realización del mismo.
2.5 Prohibir mantener plantas, medicamentos, alimentos y bebidas, así como fumar, comer y beber en las áreas del establecimiento, definidas en el numera! 3 del artículo 9 del presente acto administrativo.
2.6 Asegurar el mantenimiento de las fuentes de los distintos tipos de agua, electricidad y gas e instruir a los trabajadores sobre el uso seguro de estas fuentes para prevenir accidentes.
2.7 Cumplir la normatividad vigente sobre control y disposición de basuras, residuos y desechos.
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28 Identificar claramente los equipos y otros utilizados para prevención de incendios y disponerse de tal manera que no representen riesgo de contaminación
3. Instalaciones. Deben ser construidas, adaptadas y mantenidas para el desempeñó de las actividades propias de la fabricación, ensamble y reparación de dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, de tal forma que se minimicen los riesgos y permitan un fácil acceso, limpieza y mantenimiento,
3.1 En las zonas del establecimiento destinadas a actividades que producen gases, calor y polvo como en el uso de resinas, inyección de granulados, termo formado y pulido, deben instalarse extractores de buen caudal o de sistemas que permitan una rápida renovación de aire y regulación de la temperatura.
3.2 Las áreas-y zonas de trabajo de los establecimientos fabricantes deben contar con iluminación, temperatura y ventilación adecuadas.
3.3 Los drenajes deben estar conectados a los ductos de desagúe general público, con diámetro que impida el retrosifonaje y permita un rápido escurrimiento.
3.4 Para garantizar el adecuado manejo de los residuos líquidos, los establecimientos deben contar con las autorizaciones o permisos que se requieran, expedidos por la autoridad ambiental competente.
35 Para el manejo y disposición de residuos sólidos se debe dar cumplimiento al Título 10, artículo 2.8.10.1. y siguientes del Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social 780 de 2016 que compiló el Decreto 351 de 2014 y a la Resolución 1164 de 2002, y las disposiciones que los modifiquen o sustituyan.
3.6 Todas las unidades sanitarias deben estar dotadas de elementos para el lavado y secado de manos.
3.7 Las instalaciones deben contar como mínimo con las siguientes áreas: 3.7.1 Área no restringida, con las siguientes zonas:
3.7.1.1 Recepción y administración. Destinada para la recepción de órdenes y alistamiento de los pedidos enviados por el cliente.
3.7.1.2 Diseño del producto. Destinada para el procesamiento de órdenes y diseño del dispositivo médico sobre medida, teniendo en cuenta la prescripción enviada por el cliente.
3.7.1.3 Lavado y disposición de elementos de aseo y limpieza. Esta zona debe contar con espacio suficiente que permita la organización de los elementos utilizados para este fin.
3.7.2 Área de restricción media, con las siguientes zonas:
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3.7.3
4.1.
3.7.2.1 Almacenamiento de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva y de las materias primas.
3.7.2.2 Control de calidad.
3.7.2.3 Entrega y envío de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva a los establecimientos que los dispensan y adaptan.
Área restringida. Destinada a procedimientos de alta complejidad tales como: la fabricación, el ensamble y la reparación de dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva. Debe contar con las siguientes zonas:
3.7.3.1 Alambrado y ajustes de especificaciones. Destinada al proceso de soldadura de componentes electrónicos y ajustes electroacústicos aplicados al diseño del dispositivo médico auditivo.
3.7.3.2 Moldes y cápsulas. Destinada a la elaboración de carcasas o cápsulas, moldes y protectores a partir de impresiones tomadas a la medida de los oidos.
3.7.3.3 Control de calidad. Destinada a procedimientos que determinan las características de funcionamiento, ganancia funcional, nivel de presión sonora, ruido y distorsión armónica, evaluación de las especificaciones técnicas y medidas recomendadas y de verificación según los valores comprendidos en los niveles de tolerancia dados por la norma técnica vigente.
3.7.3.4 Ensamble. Destinada a la unión de partes, acople del componente electrónico en la cápsula o carcasa, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas definidas en el diseño.
3.7.3.5 Reparaciones. Destinada al mantenimiento o reparación de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
Los establecimientos dedicados exclusivamente a la reparación de dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, deben cumplir con las áreas y zonas de acuerdo a las actividades que realizan.
Condiciones de dotación:
Equipos, herramientas, instrumentos y su mantenimiento. Los equipos y herramientas se ajustarán a las siguientes condiciones:
4.1.1. Estar sometidos de manera periódica a mantenimiento preventivo y calibración si fuere el caso, estableciendo procedimientos y cronogramas para su funcionamiento confiable, lo cual deberá quedar registrado en su hoja de vida, a fin de minimizar el riesgo de accidente del personal que los opera y asegurar la calidad del dispositivo médico. !
4.1.2. El mantenimiento preventivo puede ser propio o contratado con terceros; debe contener procedimientos escritos incluyendo forma,
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5.1.
5.2.
periodicidad, trabajos realizados y arreglos eventuales de los equipos.
4.1.3, Contar con registros de limpieza los cuales deben ser fechados y firmados por los responsables y formarán parte de la documentación: .
4.1.4. Cuando los equipos originen ruido o calor excesivo, se adoptarán las medidas de prevención necesarias que garanticen la salud del talento humano que los utiliza. Los equipos defectuosos o en desuso deben ser retirados del establecimiento.
Condiciones de talento humano. Los establecimientos deberán contar con un director científico, un director de producción y con personal técnico, quienes deben hacer uso de los elementos de seguridad en el trabajo en concordancia con el Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.
Director Científico. Profesional con título en fonoaudióloga y especialización en audiología, con vocación de permanencia, encargado de actualizar los procesos y procedimientos para satisfacer las necesidades auditivas, basados en evidencia científica; así como del mejoramiento de ta técnica y avances alcanzados en los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva basados en estudios e investigaciones.
Director de Producción. Profesional o tecnólogo en ingeniería electrónica o industrial, quien dirige y audita la fabricación, ensamble o reparación del dispositivo médico sobre medida de ayuda auditiva en el laboratorio. Debe prestar sus servicios con vocación de permanencia en el establecimiento.
5.2.1. Responsabilidades del Director de Producción.
5.2.1.1. Es responsable de la calidad de los productos que se fabriquen en el establecimiento. Puede compartir la responsabilidad del diseño del dispositivo médico sobre medida de ayuda auditiva con el director científico,
5.2.1.2. Asesorar y supervisar directamente las actividades de fabricación, ensamble y reparación de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
5.2.1.3. Facilitar al prescriptor la información sobre la utilización de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva fabricados y aprobar el inserto.
5.2.1.4. Dar la información requerida por la autoridad sanitaria competente.
5.2.1.5. Elaborar y verificar el cumplimiento de. los procesos y procedimientos en el establecimiento.
5.2.1.6. Garantizar que los equipos para fabricación, ensamble y reparación de dispositivos médicos sobre medida de ayuda
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auditiva, se encuentren en buen estado, se utilicen de manera adecuada, tengan mantenimiento, estén verificados y cuando sea el caso estén calibrados.
5.2.1.7. Seleccionar y autorizar las materias primas, componentes e
insumos. —*.
5.2.1.8. Garantizar el correcto almacenamiento de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, materias primas e insumos. '
5.2.1.9. Responder por que la documentación técnica generada sea válida y completa.
5.2.1.10. Garantizar la información para la trazabilidad del dispositivo médico.
5.2.1.11 Las demás propias de su actividad y que garanticen la calidad en el diseño, elaboración y adaptación del dispositivo médico.
5.3. Personal Técnico. Encargado de la elaboración de moldes, protectores auditivos y carcasas, ensamble, reparación electrónica o fisica, y del control de calidad en el proceso. El cargo de personal técnico debe prestar sus servicios con vocación de permanencia, contar con certificación de técnico laboral o certificado de competencias laborales en ayudas auditivas, otorgada por una institución autorizada en el territorio nacional.
Responsabilidades del personal técnico. El personal técnico es responsable de:
5.3.1 Ejecutar los procedimientos establecidos por el fabricante, bajo la supervisión del director de producción, en la elaboración de cápsulas, moldes, protectores, ensamble y reparación de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
5.3.2 Responder por el cuidado y uso racional de materias primas, cuidado de máquinas, equipos de trasferencia de alineación, herramientas e instrumentos dados para realizar su labor.
5.3.3. Informar al director de producción oportunamente acerca de los |
desperfectos de máquinas, equipos de medición, herramientas e instrumentos.
5.3.4 Las demás propias de su actividad y que garanticen la calidad en el diseño, fabricación, ensamble o reparación del dispositivo médico.
6. Capacitación. El persona! del establecimiento debe recibir capacitación permanente a través de programas establecidos por el fabricante, con el fin de garantizar los procedimientos de fabricación, ensamble y reparación de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
7. Condiciones de control de calidad.
ys
Ñ RESOLUCIÓN NúmERO 705491 be 2017 29 DIC 2017 hoJano 15
7.1.
7.2.
7.3.
Manejo de materias primas, componentes e insumos. Las materias primas, componentes e insumos, que se utilizan en ta elaboración de dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, deben contar cuando aplique, con certificados de análisis/fichas técnicas, entregados por el proveedor. Para la recepción técnica de materias primas, componentes e insumos, se requiere llevar un registro que contenga como mínimo la siguiente información:
7.2.1 Fecha de ingreso al establecimiento.
7.2.2. Nombre con que ha sido designada la materia prima, componente, insumo y código de referencia cuando aplique.
7.2.3. Número de lote asignado por el fabricante cuando aplique. 7.2.4. Fecha de caducidad cuando aplique.
7.2.5. Identificación y domicilio del proveedor.
7.2.6. Registro sanitario cuando aplique.
7.2.7. Estado. Puede ser: aprobación, devolución, rechazo o en cuarentena.
7.2.7.1. Aprobación: Debe contarse con un criterio de aprobación basado en un juicio tomado con base en especificaciones preestablecidas, para la disposición o no de una materia prima, componentes o insumos para la elaboración de un producto. Garantiza que las materias primas, componentes e insumos estén disponibles para su utilización.
7.2.7.2 Devoluciones, rechazos y en cuarentena: las materias primas, componentes e insumos deben mantenerse aislados, hasta tanto el director de producción defina su destino, dejando en el registro descrito el estado de calidad.
Las materias primas, componentes e insumos, deben almacenarse sobre el palé o las estanterías, evitando el contacto con el piso y de acuerdo a las condiciones establecidas por el fabricante.
Documentación y archivo. La documentación es esencial para la trazabilidad del dispositivo médico durante su vida útil y debe estar relacionada con el proceso de producción. Está permitido registrar la información por medio de sistemas electrónicos de procesamiento de datos, o sistemas fotográficos u otros medios aprobados, siempre y cuando la información esté protegida de posibles modificaciones por personal no autorizado. :
Procedimientos. Los establecimientos de fabricación, ensamble y/o reparación deben contar como minimo con los siguientes procedimientos:
ResoLución número 2005491 pe 20177 9 DIC 2017 hoyano 16
9.1. Recepción, aprobación o rechazo y salida de materias primas, componentes e insumos.
9.2. Almacenamiento de materias primas, componentes, insumos y producto terminado. |
9.3. Fabricación, ensamble y/o reparación de los dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.
9.4. Que garantice que el producto terminado esté de acuerdo con la prescripción.
9.5. De registro e información para realizar la trazabilidad del dispositivo médico sobre medida para ayuda auditiva, que contiene el historial del dispositivo médico, tal como: registro de los mantenimientos, limpieza, reparaciones, garantía, reposiciones y de control del dispositivo médico sobre medida de-ayuda auditiva.
9.6. Capacitación del talento humano y su evaluación periódica. 9.7. Aseo y limpieza del establecimiento. 9.8. Mantenimiento de equipos y herramientas.
9.9. Tratamiento de quejas, reclamos y notificaciones de eventos adversos, acorde al Programa de Tecnovigilancia.
Los establecimientos dedicados exclusivamente a reparar dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, deben contar con los procedimientos de acuerdo a las actividades que realizan. Para la reparación de dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva se debe contar con la certificación del fabricante o su representante.
10. Reporte eventos adversos. Corresponde al director de producción, al representante legal o al director científico del establecimiento en donde fabrican, ensambian y/o reparan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva, notificar al INVIMA los eventos adversos relacionados con dichos dispositivos, de conformidad con el Programa Nacional de Tecnovigilancia establecido en la Resolución 4816 de 2008 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
Capítulo IV Inscripción de los establecimientos que fabrican, ensamblan, reparan, dispensan y adaptan dispositivos médicos sobre medida de ayuda auditiva.