Por la cual se efectúa distribución de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, Subproyecto “Apoyo Otros Eventos Trauma Mayor por Violencia” para la Vigencia Fiscal de 2010

Resolución · 5484 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Destinación delos. recursos. Los recursos distribuidos mediánte'. Ja y presente resolución, están destinados ata cofinanciación-de la' atención en sálud a cargo” : - de las entidades territoriales de los pacientes que, sufran un trauma: mayor ocaslonado' por. “violencia, que. permita 'lográr. su estabilización. hemodinámica inicial, hospitalización, : a procedimientos “quirúrgicos, tratamiento medico, “rehabilitación . y. en: general lo. qué .. | Corresponda al tratamiento integral de las patologías: resultantes de los eventos de trauma mayor por- violencia; a través de las instituciones prestadoras de "servicios de: salud, , «definidas'en el articulo 49 .l Los' sérvicios que se: > deben. prestar: señalados en el Inciso: anterior deben corresponder a aquellos requeridos por la población pobre y vulnerable no afiliada al Sistema General de”. 00005484 21 010 200 RESOLUCIÓN NUMERO DE 2010 HOJA No 3 Continuación de la resolución “Por la cual se efectúa una asignación parcial de recursos del Presupuesto de Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA a la Comisión de Regulación en Salud - CRES, para la Vigencia Fiscal de 2010.” Seguridad Social en Salud y por la población afilada al Régimen Subsidiado, en los eventos no cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado y que no se encuentran financiadas por ninguna otra fuente de carácter nacional o territorial,

Artículo 3

Giro de los Recursos. Los recursos distribuidos mediante la presente resolución, se giraran directamente a las cuentas de las instituciones prestadoras de servicios de salud, definidas en el artículo primero de la siguiente forma, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos: a) Un Primer giro del cuarenta por ciento (40%) de los recursos asignados a las instituciones prestadoras de servicios de salud definidas en el articulo primero de la presente resolución, una vez se haya comunicado a las instituciones, y se hayan recibido en el Ministerio de la Protección Social los siguientes documentos: i. Fotocopia del Registro Único Tributario RUT, de la institución prestadora de servicios de salud. ii Certificación de la entidad bancaria de la institución prestadora de servicios de salud, a la cual se debe realizar el giro, que contenga el nombre y tipo de cuenta, el Número de Identificación Tributaria, NIT, del titutar de la cuenta y la certificación de la entidad bancaria, que demuestre que la cuenta se encuentra activa. li. Formulario de Creación de Beneficiario de cuenta, por parte de la institución prestadora de acuerdo con el Formato definido por el Ministerio. iv. Designación de la persona con función especifica de Auditoria Medica, que ejercerá la función de coordinador de ta ejecución de los recursos en la institución prestadora de servicios de salud. v. Copia del acto administrativo de incorporación de los recursos en el presupuesto de ingresos y gastos de la Entidad Territorial sin situación de fondos. b) Un segundo giro del sesenta por ciento restante (60%), previa aprobación del informe de ejecución de los recursos entregados en el primer giro, el cual deberá ser presentado al Ministerio de la Protección Socia! — Dirección General de Calidad de Servicios, siguiendo para tal efecto el instructivo que se defina. Al finalizar la ejecución total de los recursos, las instituciones beneficiarias deberán presentar a la Dirección General de Calidad de Servicios del Ministerio de la Protección Social, un informe sobre su ejecución, previamente aprobado por la Entidad Territorial de Salud correspondiente.

Artículo 4

Obligaciones de las IPS beneficiarias. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud beneficiarias de los recursos, están obligadas a: a. Cobrar los servicios de salud prestados con los recursos asignados en esta resolución, a tarifas que no superen las establecidas en el Decreto 2423 de 1996 descontadas en un quince por ciento (15%) b. Designar un coordinador para la ejecución de los recursos por parte de la Institución Prestadora de Servicios de Salud, quien desarrollará las siguientes actividades: ¡.. Confirmar la transferencia de los recursos a ta cuenta reportada por |PS. ii. Presentar informes de ejecución de los recursos a la Coordinación del Grupo de Emergencias y Desastres del Ministerio de la Protección Social. 7 0 007 RESOLUCIÓN as 484 E 7D HOJA No 4. _ Sastos del Fondo de Solidaridad y Garantía -.FOSYGA a la Comisión: de Regulación en Salud-- /CRES, para la; * Vigencia Fiscal de 2010."" : Ñ Velar por' la aldecuada ejecución de los recursos. A : Tramitar ante.la' Gerencia de la- institución Prestadora de Servicios de Salud, la . expedición de una certificación. que confirme que los: recursos, recibidos: se: . utilizaron * para: la atención en : salud: en los eventos “de. trauma mayor ocasionados por. violencia en población: pobre. no asegurada o “actividades no cubiertas. por. el. Plan. Obligatorio «de Salud . del régimen «subsidiado de la “población afiliada a:dicho régimen y-que no han sido hi serán cancelados con * ' Cargo: a otros. recurso: . «Dicha certificación deberá anexarse: a. los: informes: de . ejecución... . . E o E ARTÍCULO: Ba : Seguimiento y Control. El: Ministerio designará a través del' Dirección Genera! de Calidad de Servicios, un funcionarid que hará el seguimiento de la ejecución de: “los recursos. : El incumplimiento: de las: condiciones contempladas * “en la presenté: resolución, será, reportado ala: Superintendencia Nacional. de. Salud, ya Jos Organismos de Control, del" Estado para lo de su competencia. : YX + a

Artículo 6

Vigencia. y derogatorías. La: presente resolución re a “partir de. su : comunicación. y ¡deroga! las disposiciones que: el. sean ' contrarias, 25 07D, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE * Dada ón Bogotá, ». e a los.9 1 DIC 2010 Do E A ES MAURICIO SÁNTA MÁRIA SALAMANCA — , e Ministro: de la Protección Social. $ ] . pa , Rory art Ls Fenaido Corea A : CT : o a *. Post A.Lope . O A A E » o Ministerio de la Protección Social BICENTENARIO República de Colombia de la Independencia de Cotombia «5. Direccion General de Financiamiento 1810-2010 libertad y Orden MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTÍA CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El Coordinador del Grupo de Administración Financiera del fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA, certifica que existe apropiación disponible y libre de afectación en el presupuesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia 2010, así: Código SubCuenta Concepto Valor 6303047616 SOLIDARIDAD Apoyo Otros Eventos de Trauma Mayor 2.398.352.254.00 por Violencia VALOR TOTAL CDP $2.398.352.254.00 Son: Dos Mil Trescientos Noventa Y Ocho Millones Trescientos Cincuenta Y Dos Mil Doscientos Cincuenta Y Cuatro Pesos Mcte Con Cero Centavos Se expide para amparar la transferencia de recursos a las entidades territoriales de salud que requieren fortalecimiento para la atención en salud de pacientes que sufran trauma mayor ocasionado por violencia. Según solicitud de certificado de disponibilidad presupuestal 6464 Rad no 381487 del 22/12/2010 de la Dirección general de calidad de servicios. 00 dinador del Grupo de Administración Financiera FOSYGA Carrera 13 No. 32 - 76. PBX 3305000 Ext 1981 — 1910 FAX: 3305050 www.minproteccionsocial.gov.co. Bogotá, Colombia

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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