Por medio de la cual se suspenden términos administrativos como consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID -19

Resolución · 539 · 2020-04-01 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Suspensión de términos en actuaciones disciplinarias. Suspender los . términos en todas las actuaciones disciplinarias a cargo de la Oficina de Control interno " Disciplinario del Ministerio de Salud y Protección Social a partir del día primero (1) de abril de 2020 hasta el treinta (30) de mayo de dos mil veinte (2020).

Artículo 2

Suspensión de términos para resolver recursos interpuestos contra los actos administrativos que contienen decisiones respecto al orden secuencial de pagos establecido en el artículo 3? del Decreto 1211 de 1999. Suspender los términos para resolver recursos interpuestos contra los actos administrativos que - contienen decisiones respecto al orden secuencial de pagos establecido en el artículo 3” del Decreto 1211 de 1999, a cargo del Grupo de Entidades Liquidadas y la Dirección Jurídica dél Ministerio de Salud y Protección Social, a partir del dia primero (1) de abril de dos mil veinte (2020) hasta el día treinta (30) de mayo de dos mil veinte (2020).

Artículo 3

Suspensión de términos para resolver las peticiones relacionadas con las historias laborales de los ex servidores públicos de las empresas y entidades liquidadas del sector. Suspender los términos para resolver tas solicitudes de copias de historias laborales y certificaciones laborales de tiempo de servicio y de factores salariales, para el trámite de pensión y bono pensional! de los ex servidores públitos de las empresas y entidades liquidadas del sector, a partir del día primero (1) de abril de dos mil veinte (2020) hasta el día treinta (30) de mayo de dos mil veinte (2020) y z 4 ABR 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO, 96539 bezoz0 HOJA No 3

Artículo 4

Suspensión de términos de las etapas procesales del procedimiento de jurisdicción coactiva. Suspender los términos de la etapa procesal del procedimiento de cobro coactivo, a partir del día primero (1) de abril de dos mil veinte (2020) hasta el día treinta (30) de mayo de dos mil veinte (2020).

Artículo 5

Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 36), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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