Por la cual se designan miembros del Consejo Asesor para el Sistema Único de Acreditación en Salud

Resolución · 5135 · 2017-08-04 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Designación. Desígnese como miembros del Consejo Asesor para el Sistema Unico de Acreditación en Salud a las siguientes personas: o : a Cédula de N Entidad u organización a la que representa Nombre ciudadanía Instituciones prestadoras de servicios de salud | Fernando Morales 4 de naturaleza pública con acreditación del| Ortegón, en su condición 79'453.251 Sistema Obligatorio de Garantia de la Calidad| de Gerente del Hospital : de la Atención de Salud Civil de Ipiales ESE Instituciones prestadoras de servicios de salud | Marcela Granados 2 de naturaleza privada con acreditación del| Sánchez, en su condición Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad | de Representante legal de | 43'016.465 de ta Atención de Salud la Fundación Valle del Lili 3 | Entidades Promotoras de Salud Miguel Antonio Uprimny| ¿950757 Yepes 4 | Administradoras de Riesgos Laborales nenes Rodolfo Bayona | 79332772 Organizaciones públicas o privadas que promueven la gestión de calidad en temas : 5 | relacionados con el Sistema Único de o Margarita Tono 41'671.194 Acreditación en Salud del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud po! a 7 DIC 2011 RESOLUCIÓN NÚMEROO (5 13 3 DE 2017 HOJA No. 4 de 4 Sistema Unico de Acreditación en Salud”

Artículo 2

Periodo. Los representantes indicados en el artículo 1 de la presente resolución, tendrán un periodo de dos (2) años, contados a partir de la aceptación de la designación.

Artículo 3

Comunicación. Esta resolución se comunicará a los designados y a las instituciones que representan, con indicación de que disponen de un plazo de diez (10) días para manifestar su aceptación.

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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