Por la cual se determinan los criterios de asignación de recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA, Subcuenta de Promoción de la Salud

Resolución · 5108 · 2016-10-25 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Criterios de utilización y/o asignación de los recursos de los Fondos de la Protección Social. Los recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA, Subcuenta de Promoción de la Salud, que permitan la financiación de campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial, serán asignados a las entidades territoriales y/o sus entidades adscritas o vinculadas, con el cumplimiento previo de al menos alguno de los siguientes criterios, a saber: a. Tasas de lesiones de causa externa superiores a la media nacional, conforme al informe FORENSIS del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. b. Contar con estrategias evaluadas que evidencien la efectividad de las mismas para la promoción de la convivencia o prevención de las violencias. c. Contar con estrategias diseñadas con participación de poblaciones en condición de vulnerabilidad, como: grupos étnicos, habitante de calle, personas con discapacidad, inmigrantes, población reclusa, niñas y niños que residen con sus madres privadas de la libertad, población LGTBI, víctimas del conflicto armado interno, entre otros, orientadas a la promoción de la convivencia o prevención de las violencias. d. Contar con diagnósticos sobre normas y representaciones sociales que justifican violencias o afectan la convivencia, en los siguientes entornos: hogar, comunitario, educativo, laboral y/o institucional.

Artículo 2

Formulación y ejecución de los proyectos territoriales. La Dirección de Promoción y Prevención expedirá los Lineamientos Técnicos para la Formulación y Ejecución de Proyectos Territoriales de Promoción de la Convivencia y Prevención de la Violencia, los cuales se remitirán a las entidades territoriales que cumplan los criterios del artículo 1 de esta resolución, para la formulación de los mismos.

Artículo 3

Certificación del cumplimiento de los requisitos. Previo al compromiso presupuestal, la Dirección de Promoción y Prevención emitirá concepto de viabilidad técnica conforme a lo establecido en la presente resolución. 25 OCT 2016 RESOLUCIÓN NÚMES6051.08DE 2016 HOJA N°3

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 85), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma