Formulación y presentación del Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud. El Departamento de La Guajira, en coordinación con los municipios y las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud, dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la expedición del presente acto administrativo, deberán formular y presentar, dentro del aplicativo de planes bienales de inversiones públicas en salud, los proyectos que constituirán el Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud.
Este Ministerio, para tal fin, dispondrá lo pertinente para permitir que el Departamento de La Guajira, los municipios y las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud, ingresen al aplicativo de Planes Bienales de Inversiones Públicas en Salud.
Artículo 3, Concepto Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud. Una vez remitido mediante el aplicativo el Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud consolidado, el Ministerio de Salud y Protección Social procederá, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, a realizar el estudio de cada uno de los proyectos y expedir el respectivo concepto de aprobación o no al Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud, decisión que será registrada en el aplicativo y estará a disposición del Departamento de La Guajira, de los municipios y de las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud.