Por medio de la cual se convoca un nuevo proceso de selección para delegación de funciones públicas en algunos colegios profesionales del área de la salud.

Resolución · 5095 · 2017-12-06 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–5 de 5

Artículo 1

Objeto. La presente resolución establece el procedimiento para una nueva convocatoria, orientada a la selección de colegios profesionales del área de la salud para la delegación de funciones públicas de que tratan el artículo 10 de la Ley 1164 de 2007 y la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 2 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016. Parágrafo. La presente convocatoria sólo aplica para aquellas profesiones cuyas funciones públicas no hayan sido delegadas en convocatorias anteriores.

Artículo 2

Documentación exigida. Los colegios profesionales que participen en el proceso de selección para la delegación de funciones públicas, deberán allegar la siguiente documentación: 1. Certificado de existencia y representación legal que sea expedido con una anterioridad no superior a un mes a la radicación de los documentos presentados para participar en la presente convocatoria. 2. Fotocopia del documento de identidad del representante legal. 3. Copia de los estatutos vigentes del colegio, donde conste que se organizó como un colegio profesional, que tiene carácter nacional y que cuenta con mecanismos de participación democrática. 4. Certificación suscrita por el representante legal y por el revisor fiscal en la que haga constar el número de afiliados activos al Colegio, atendiendo la estructura y caracteristicas detalladas:en los Anexos 1 y 2 de la presente resolución. 5. Acta o Actas emitidas por la asamblea general en la que se evidencie la última elección del cuerpo directivo, órganos de vigilancia, revisor fiscal y la adopción de los estatutos vigentes. 6. Relación de los planes, programas y proyectos que propendan por el desarrollo profesional, científico e investigativo en la respectiva disciplina atendiendo la estructura y características detalladas en el Anexo 3. Como mínimo deberá relacionarse un número plural de éstos. 7. Relación del personal profesional, técnico y operativo actualmente responsable de las actividades del colegio, especificando número de cargos, perfil y funciones, conforme a la estructura del Anexo 4. 8. Documento en el que se describan los recursos técnicos que desarrollarán y apoyarán las funciones públicas delegadas, suscrito por el representante legal, en el entendido que corresponde a la estructura fisica y demás elementos con los que cumplirán dicha función. DAS, e] RESOLUCIÓN NÚMERO. 025095 pe 2017 _ 5 DIC 2017 HOJA 3 9. Documento en el que se describan los recursos tecnológicos que desarrollarán y apoyarán el manejo de información, comunicación y mantenimiento necesarios para asumir las funciones públicas delegadas, suscrito por el representante legal. Adicionalmente, deberá incluir la política de seguridad de la información. 10. Documento que contenga el esquema de financiación que garantice su sostenibilidad, diferenciando las fuentes y destinación de los recursos, suscrito por quien conforme a los estatutos, tenga la competencia para ello. 11. Dictamen de la auditoría de la situación financiera del Colegio suscrito por el revisor fiscal. 12. Documento que contenga los procesos que desarrollarán y apoyarán las funciones públicas que le sean delegadas. Documento que describa el procedimiento que se adelantará en torno a las peticiones, quejas y reclamos que se presente o se pudieran presentar en desarrollo de las funciones delegadas. 13. Organigrama estructura! en el que se evidencien las áreas de dirección, administración, operación y vigilancia.

Artículo 3

Procedimiento para selección. El proceso de selección de colegios profesionales de que trata la presente resolución, se realizará de la siguiente manera: 3.1 Convocatoria: la Dirección de Desarrollo de! Talento Humano en Salud de este Ministerio, convocará a los colegios profesionales del área de la salud mediante aviso que será publicado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, en un diario de circulación naciona! y en la página web institucional. 3.2 Postulación: dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la publicación del aviso de que trata el numeral 3.1 del presente artículo, los colegios profesionales interesados en participar en el proceso, deberán presentar los documentos previstos en el artículo 2 de la presente resolución ante la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud de este Ministerio. 3.3 Análisis y estudio de la documentación: vencido el término de postulación, la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes, consolidará el resultado del análisis y estudio de la documentación presentada dentro del proceso de convocatoria aquí previsto. 3,4 Resultados: agotado el término de análisis y estudio de la documentación, antes previsto, este Ministerio expedirá el acto administrativo mediante el cual dará a conocer los resultados de la etapa de “Análisis y estudio de la documentación”, el cual contendrá el detalle de la evaluación. Una vez en firme el acto administrativo que da a conocer el resultado de las pues efectuadas por los colegios profesionales del área de la salud, el Ñ aw Y É RESOLUCIÓN NúmERO. 065095 pe 2017 HOJA 4 =5 DIC 2017 Ministerio de Salud y Protección Social expedirá el acto administrativo de delegación de funciones públicas en los colegios profesionales del área de la salud, que cumplan con los requisitos aquí dispuestos. Parágrafo. Cuando de los resultados de la evaluación, se evidencie que dos o más colegios profesionales de la misma área de la salud cumplen con los requisitos señalados en el artículo 2 del presente acto administrativo, se delegará las funciones al Colegio que cuente con el número mayor de afiliados activos, conforme con lo establecido en el literal b) del artículo 9 de la Ley 1164 de 2007 en concordancia con lo señalado en el numeral 2 del artículo 2.7.2.1.1.1. del Decreto 780 de 2016.

Artículo 4

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo ANEXO

JAND GAVIRIA URIBE Mirfistro d d y Protección Socialy/ RESOLUCIÓN NÚMERO” (5095 De 2017 - 3 DIC 2017 HOJA 5 ANEXO No. 1 CERTIFICACIÓN El señor identificado con cédula de ciudadanía No. y Tarjeta Profesional No. , en mi condición de revisor fiscal del Colegio, y el señor , identificado con cédula de ciudadanía No. en mi condición de representante legal del Colegio, certificamos que el número de afiliados activos a (DD-MM-AA), corresponde a , conforme se desprende de la información contable del colegio. En constancia de lo anterior firman: REVISOR FISCAL REPRESENTANTE LEGAL aAvYvYyOo RESOLUCIÓN NÚMERO. 0559093 De 2017 -5 DIC 2017 HOJAS ANEXO No. 2 AFILIADOS ACTIVOS 1. Características generales del archivo. F-Fecha N-Numérico El archivo debe ser de tipo texto y atender las siguientes especificaciones: a. Los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt. b. El separador de campos debe ser punto y coma (;) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Cc. Cada línea del archivo representa un registro de información (un afiliado). d. El tipo de dato referido en cada uno de los campos, corresponde a la siguiente categorización: A-Alfanumérico e. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. f Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion. 2. Estructura y características del contenido del archivo. otorgó el título Campo |Tipo| Categoría Descripción del campo Observaciones 4 N Número de Identificación |Número entregado por la Información | Tributaria, NIT. Dirección de Impuestos y 2 N | del colegio | Dígito de verificación del NIT | Aduanas Nacionales (DIAN). 3 A profesional | Nombre del colegio | Nombre completo del colegio profesional profesional. 4 A Primer nombre Nombre completo del 5 A Segundo nombre profesional. En caso de tener 6 A Primer apellido más de dos nombres, digite los % - adicionales en el campo 7 A | Información | Segundo apelfido "Segundo Nombre". 3 A personal del To de documento de|CE: Cédula de Extranjería colegiado | identificación CC: Cédula de ciudadanía 9 N Número de identificación Sin puntos, comas o espacios. 10 F Fecha de afiliación al colegio | Formato AAAA-MM-DD profesional Nombre completo del título 11 A Profesión (Título de [expedido por la institución de pregrado) educación superior (sin Inf 0 abreviaturas). Académica - institución de educación Nombre completo de Ll 12 A superior que otorgó el título institución de educación superior. 13 A País de la universidad que NAS RESOLUCIÓN NÚMERO ¿2509508 2017 “9 DIC 2017 hoya 7 Para el caso de las universidades colombianas, el nombre de la ciudad (municipio) debe corresponder 14 A Ciudad de la universidad a la división política que otorgó el título administrativa (DIVIPOLA), dispuesta por el DANE. En caso de ser universidad extranjera, se debe incluir el nombre del país. 15 N | Resolución | Número 16 F de Fecha de expedición Formato AAA-MM-DD autorización para el : : Nombre completo de la entidad 17 A ejercicio | Entidad que expide que expide la resolución. profesional aávnpgo RESOLUCIÓN NÚMERO £ 5095 De 2017 - 5 DIC 2017 HOJA 8 ANEXO No. 3 NOMBRE DEL PLAN PROGRAMACION DESARROLLO DEL PLAN No. PERSONAS BENEFICIADAS DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO FINALIDAD DEL PROYECTO IDUJO "225095 ne 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO . € -5 DIC 2017 HOJAS Continuación de la resolución “Por medio de ía cual se convoca un nuevo proceso de selección para la delegación de funciones públicas en algunos colegios profesionales del área de la salud" ANEXO 4 SOPORTE ADMINISTRATIVO Personal responsable de actividades del Colegio. No. DE CARGOS PERFIL FUNCIONES (breve descripción de la formación académica y " experiencia) PROFESIONAL TÉCNICO OPERATIVO j armó

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2017.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 50), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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