Por la cual se habilita la plataforma de intercambio de información PISIS para el cargue de los registros de la información de los profesionales independientes registrados en REPS, el talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Naciona l de Vacunación contra el COVID-19…

Resolución · 493 · 2021-04-15 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–29 de 29

Artículo ANEXO (15/23)

Para el Instituto Nacional de Medicina Lega! Ver la Si tabla de referencia InstitutoNacionalMedicinaLegal en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. .

Artículo ANEXO (16/23)

Para el Instituto Nacional de Salud Ver la tabla de referencia InstitutoNacionaldeSalud en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 11 | Nombre entidad 200 A | Nombre de la IPS-Prestador o del Laboratorio de Si Salud Pública o de la sede del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Salud Ñ 45 ABR DM RESOLUCIÓN NÚMERO” "7.1493 DE 2021 HOJA No 11 12 |Servicio 4 A | Código del servicio Si Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 13 | Area COVID 2 A | Código área COVID Si Ver la tabla de referencia AreaCovid en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 — Área COVID 02 — Otra Área 14 | Dedicación 2 A | Código de tiempo de dedicación del persona! de Si apoyo Verla tabla de referencia TiempoDedicacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 — Tiempo completo 02 — Tiempo parcial 03 — Ocasional 15 | Indicador de 1 A | Indicador de actualización del registro Si actualización del |: Insertar el registro al sistema registro A: Actualizar la información del registro E: Eliminar el registro reportado por error Para el primer reporte de información, se debe reportar | en este campo b.4 REGISTRO TIPO 4 — REGISTRO DE DETALLE DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE

Artículo ANEXO (17/23)

LA SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACIÓN SE ENCUENTREN EN PRÁCTICA CLÍNICA (incluye internos y residentes) Mediante el Registro Tipo 4, las entidades reportan el detalle de la información de LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACIÓN SE ENCUENTREN EN PRACTICA CLÍNICA (incluye internos y residentes). Los registros se identifican de manera Única mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. 45 AR AA RESOLUCIÓN NÚMERO “7.2493 De 2021 HOJA No 12 Bu a 3 ZÉ£E|l9S E No. | Nombre del campo EEES Valores permitidos ER 5%- 3SE3 e O |Tipo de registro 1 N | 4: valor que significa que el registro es de detalle de los| S! estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clinica (incluye internos y residentes) 1 | Consecutivo de registro 10 N | Número consecutivo de registros de detalle dentro dei| Sl archivo.

Artículo ANEXO (18/23)

Continua en el siguiente consecutivo en que terminó el consecutivo del anterior registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo 2 |Tipo de documento de 2 A ¡[Tipo de documento de identificación de la persona de | Si identificación apoyo CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjeria PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia Tl Tarjeta de Identidad 3 | Número de documento de 17 A | Número de documento de identificación de la persona] Si identificación de apoyo 4 | Primer apellido 60 A | Primer apellido de la persona de apoyo Si 5 | Segundo apellido $80 A | Segundo apellido de la persona de apoyo No 6 |Primer nombre 60 A | Primer nombre de la persona de apoyo Si 7 [Segundo nombre 60 A | Segundo nombre de la persona de apoyo No 8 ¡Municipio 5 A | Código del Municipio de ubicación de la sede de la IPS- | Si Prestador Ver la tabla de referencia MUNICIPIO en web. sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 9 ¡Código entidad 12 A jo Para IPS-Prestador REPS— Ver la tabla de referencia | Si |PSCodHabilitacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. .

Artículo ANEXO (19/23)

Para IPS NO REPS Ver la tabla de referencia IPSnoREPS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 10 |Nombre entidad 200 A | Nombre de la IPS-Prestador Si 11 | Código institución 4 A | Corresponde a la Institución de Educación Superior o la | Si programa de salud Institución de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Para las Instituciones de Educación Superior Ver la tabla de referencia IinstitucionEducacionSuperiorSN!ES en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Ver la tabla de referencia InstitucionFormacionTrabajoyDesarrolloHumanoS!| ET en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 12 | Nombre institución 200 A | Nombre de la Institución de Educación Superior o de la | Si programa de salud o la Institución de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano yA RESOLUCIÓN NÚMERO 359493 ne ! 5 ABR e HOJA No 13 13 | Código del programa de 6 A | Corresponde al Código de Programa del SNIES para las | Si salud Instituciones de Educación Superior o de las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarro!lo Humano ' Para los códigos de los programas de salud de las Instituciones de Educación Superior Ver la tabla de referencia ProgramaEducacionSuperiorSNIES en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para los códigos de los programas de salud de las Instituciones de Formación

Artículo ANEXO (20/23)

para el Trabajo y Desarrollo Humano Ver la tabla de referencia ProgramaEducacionSIET en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 14 | Nombre programa de saludj 200 A j Nombre del Programa de Salud de la Institución de Si : Educación Superior o de ta o la Institución de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano 15 | Tipo de programa 2 A |Ver la tabla de referencia TipoProgramaSaludCOVID| Si en web sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 -Técnico 02 -Tecnológico 03 - Pregrado Rotación 04 - Pregrado Interno 05 - Residente Ñ 16 | Servicio 4 A | Código del servicio Si Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 17 ¡Area COVID 2 A | Código área COVID : SI Ver la tabla de referencia AreaCovid en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos - Área COVID 02 — Otra Área 18 ¡Dedicación 2 A | Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo | Si Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos — Tiempo completo 02 — Tiempo parcial 03 — Ocasional 19 | Indicador de actualización 1 A | Indicador de actualización del registro: Ñ Si del registro |: Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información del registro E: Eliminar el registro reportado por error Para el primer reporte de información, se debe reportar Len este campo 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decima! F-Fecha T-Texto con caracteres especiales b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANS!, con extensión Axt

Artículo ANEXO (21/23)

c. Los nombres de archivos y los datos de estos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. ABR 202 RESOLUCIÓN NÚMERO, (759493 DE 2021 HOJA No 14 Continuación de la resotución “Por la cual se habilita la plataforma de intercambio de información PISIS para el cargue de tos registros de la información de los profesionales independientes registrados en REPS, el talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de satud, objeto del d. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará asi: dato1||dato3. f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (””) ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a . excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos |. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios.

Artículo ANEXO (22/23)

k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. Il. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER coma fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente.

Artículo ANEXO (23/23)

3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) delSISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad, Registrar entidad: https://web. sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en linea o mediante anexo técnico por PISIS. Registro de usuarios institucionales en línea: https:/fweb sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEGS500USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en¿ httos.//web.sispro.gov.co Control de calidad de los datos. La plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el ' estado de la recepción al reportante . Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumptida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda-técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: /Awww.sispro.2ov.co/ayudas/Payes/ Ayudas. aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro .gov.coAWebPublico/Soporte/FAQ/FAQ aspx

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 71), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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