Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014

Resolución · 4906 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–20 de 25

Artículo 1

Modifícase el artículo 4 de la Resolución 3568 de 2014, el cual, quedará así: 31 0CT. 2014 RESOLUCIÓN NÚMERO 4906 pe 2014 HOJA No. 2 de 15 “Artículo 4. Reporte de deudas de aportes patronales no saneados por parte de las entidades empleadoras. Las entidades empleadoras reportarán a este Ministerio en el formato contenido en el Anexo Técnico 1 que hace parte integral de la presente resolución, a través de la plataforma PISIS del portal SISPRO, el total de las deudas de aportes patronales no saneados, dentro de los cincuenta y cinco (55) días hábiles siguientes al reporte de la deuda por parte de las administradoras de que trata el parágrafo del artículo 3" de la presente resolución. Parágrafo. Como parte del reporte de deudas de aportes patronales no saneados señalado en el presente artículo, las entidades empleadoras que en desarrollo del procedimiento y verificación de la información realizada por las administradoras, establezcan que existen novedades no registradas, las deberán reportar de acuerdo con las especificaciones técnicas, en el Anexo Técnico 1 que hace parte integral de la presente resolución.”

Artículo 2

Modifícase el artículo 5 de la Resolución 2464 de 2014, a su vez modificado por el artículo 15 de la Resolución 3568 de 2014, el cual quedará así: “Artículo 5. Término para el giro de los recursos. Las Entidades Administradoras de Recursos de Aportes Patronales no saneados y que se encuentren obligadas al giro según lo definido en los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013, deberán efectuarlo a más tardar el 31 de octubre de 2014, utilizando para el efecto el formulario adoptado mediante Resolución 2464 de 2014, previo el giro de los recursos que fueron materia de conciliación y que aún no han sido reintegrados al beneficiario de los mismos. En el caso de las Administradoras de Fondos de Pensiones AFP y en el marco del Decreto 692 de 1994, una vez se determinen los afiliados y periodos para la aplicación de los recursos no saneados, podrán realizarse las compensaciones entre las Administradoras, trasladando los recursos junto con sus valorizaciones, El Ministerio de Salud y Protección Social, indicará los montos a trasladar entre administradoras AFP, teniendo en cuenta la formula de distribución establecida en el artículo 106 de la Ley 1687 de 2013. Una vez aplicado lo anterior, las Administradoras de Fondos de Pensiones AFP, tendrán que girar los excedentes de recursos de aportes patronales no saneados, al mecanismo único de recaudo y giro en el marco de los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013 Parágrafo. Para la compensación de recursos entre las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP, se deberá tomar la fecha de pago del aporte al Sistema General de Pensiones — SGP para la imputación del pago a aportes pensionales cuya aclaración se realice en el marco del procedimiento definido en la presente resolución que culmina con la publicación definitiva de aportes patronales no saneados, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social. Habrá lugar al cobro de intereses de mora desde la causación de la obligación de realizar el aporte hasta la fecha de su pago al SGP en los términos previstos en el Decreto 692 de 1994”.

Artículo 3

Sustitúyanse los anexos técnicos 1 y 2 de la Resolución 3568 de 2014, por los anexos técnicos 1 y 2 que se adoptan como parte integral de la presente resolución.

Artículo 4

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014.

Artículo ANEXO (1/21)

Dada en Bogotá, D. C, alos 3 1 0cT. 2014 A DRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social y 31 0CT. 2014 RESOLUCIÓN NÚMERO 04906 pe 2014 HOJA No. 3 de 15 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A continuación se establecen las estructuras de los reportes de las Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal) y las Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS:-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro), que deben diligenciar y enviar a través de la plataforma PISIS del Ministerio de Salud y Protección Social. Anexo Contenido Responsable del reporte Información de deudas de aportes | Entidades Empleadoras patronales, no saneados en| (Empresas Sociales del desarrollo de Resolución 154 de | Estado -—ESE-, Entidades Anexo Técnico 2013, para el periodo de 1994 al 31 | Territoriales de Salud del No. 1 de diciembre de 2011, de los | orden Departamental, Distrital empleados afiliados a las diferentes | o Municipal) administradoras. Información de deudas de aportes ¡ Administradoras patronales, no saneados en |(Administradoras de riesgos desarrollo de Resolución 154 de¡ Laborales — ARL-, Entidades Anexo Técnico | 2013, para el periodo de 1994 al 31 | Promotoras de Salud — EPS-, No. 2 de diciembre de 2011, de los; Administradoras de Fondos de empleados afiliados a las diferentes ' Pensiones — AFP- y: administradoras.

Artículo ANEXO (2/21)

Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo Nacional del Ahorro —FNA-) El diligenciamiento de los anexos técnicos antes descritos, deberán ajustarse a los parámetros aqui previstos. + Características de los Anexos Técnicos Los anexos técnicos se deberán enviar en archivos planos de tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. Enel anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt c. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser coma (,) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que correspondan a descripciones no deben incluir el carácter especial coma (,). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos comas, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1,,dato3 f Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos en que se permitan valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. 3 1 OCT. 2014 RESOLUCIÓN NÚMERO) 04306 DE 2014 HOJA No. 4 de 15

Artículo ANEXO (3/21)

h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guión, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. I.. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro.

Artículo ANEXO (4/21)

m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. + Plataforma para el envío de los Anexos Técnicos El Ministerio de Salud y Protección Social, dispondrá de la plataforma PISIS del portal SISPRO, para que las entidades que reportan la información envíen los archivos desde sus instalaciones. Los archivos únicamente, podrán cargarse directamente en la plataforma PISIS del portal SISPRO, por lo que no existe otra forma para reportar la información definida en esta resolución. Si aún la entidad no tiene usuario en el portal del SISPRO deberá solicitar el usuario, para acceder a la plataforma PISIS a través del enlace www sispro.gov.co. Para garantizar la seguridad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su integridad, confidencialidad y aceptación. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. + Soporte y Asistencia Técnica Con el propósito de brindar asesoría para el reporte de los archivos y demás temas relacionados con el reporte del de cruce de información y aclaración de los recursos no saneados de aportes patronales, las entidades pueden enviar sus inquietudes a la dirección de correo electrónico: soportepisisdsynapsis-t. com 3 1 001 2014 RESOLUCIÓN NÚMERO O4906 De 2014 HOJA No. 5 de 15 ANEXO TÉCNICO 1 REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), así:

Artículo ANEXO (5/21)

4. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS 1,1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS. El nombre de los archivos de la información que debe ser enviada por las Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores ñ del Nombre Permítidos o Descripción Longitud | Requerido de Archivo Formato Ya Módulo de SAA identificador del módulo 3 Si información de información: el de cruce de información y aclaración de los recursos no saneados de aportes patronales Tipo de 160 Fuente de Información 3 SI Fuente Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal) Tema de SAPE Información de deudas de 4 E] información Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución No. 154 de 2013. Fecha de AAAAMMDD Fecha de corte de ta 8 S| Corte información reportada, correspondiente al último día calendario del periodo de información reportada No se debe utilizar ningún tipo de separador. (20111231) Tipo de NI Tipo de identificación de 2 Si identificación la entidad fuente de la de ta entidad información. reportadora -Para el caso NIT (NI) Número de IS Código ó número de 12 Si identificación identificación de la de la entidad entidad que reporta, para reportadora el caso, el campo contiene el número de NIT de la entidad sin digito de verificación.

Artículo ANEXO (6/21)

Extensión del TXT Extensión del archivo 4 SI archivo plano NOMBRE DE ARCHIVO 3 1 OCT. 2014 RESOLUCIÓN NUMERO OO4906 pe 2014 HOJA No. 6 de 15 Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud , Archivo de la información de deudas de Aportes Patronales, SAA 160SAPEAAAAMMDDN xxxo0000000— txt 36 no saneados en desarrollo de Resolución No. 154 de 2013. 1,2 ESTRUCTURA DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO. El archivo de Información Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), está compuesto por un único registro de contro! (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013. Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por coma (). 1.2.1 REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. 32 a No. Nombre del Campo AE 3 ¿ Valores Permitidos S o EG DS q e | 1 Tipo de registro 1 N | 1: valor que significa que el registro es Si : de contro! ¡2 Tipo de Identificación de la 2 A | Tipo de identificación de la entidad EJ entidad que reporta fuente de la información. -Para el caso NIT (NI) 3 Número de identificación de 12 N | Código 6 número de identificación de la | Sl la entidad que reporta entidad que reporta, para el caso NI. Este campo contiene el número de NIT : de la entidad sin digito de verificación. 4 Razón Social de la Entidad 250 [A [Razón social de la entidad reportadora | SI Empleadora de la información 5 Fecha inicial del período de la 10 F- [En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (7/21)

Debe S| información reportada corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada l (1994-01-01) 6 Fecha final del periodo de la 10 F [Enformato AAAA-MM-DD. Debe st ' información reportada corresponder a la fecha final del periodo : de información reportada y debe h concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. (2011-12-31) 7 Número total de registros de 10 N [Debe corresponder a la cantidad de El] detalle contenidos en el registros tipo 2. contenidos en el archivo archivo 1.2.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DE DEUDAS D£ APORTES PATRONALES, NO SANEADOS EN DESARROLLO DE LA RESOLUCIÓN 154 DE 2013. Mediante el Registro Tipo 2 Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), reportarán el detalle de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013. RESOLUCIÓN NÚMERO) 0049060 1 0% 2014 HOJA No. 7 de 15 | Q 9 SEÉ 2 ¡ No. Nombre del Campo E 5 8 £ Valores Permitidos El S3= E] 233 103 1 Tipo de registro 1 N [2: valor que significa que el registro es 5] de detalle 2 Consecutivo de registro 10 N [Número consecutivo de registros de SI : detalle dentro del archivo.

Artículo ANEXO (8/21)

Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va : incrementando de 1 en 1, hasta el final i del archivo. 3 Tipo identificación Entidad 2 A |Tipo de identificación de la entidad SI Empleadora fuente de la información -Para el caso NIT (NI) 4 Número identificación Entidad 12 N [Código 6 número de identificación de la Si : Empleadora entidad empleadora, este campo : contiene el número de NIT de la entidad sin digito de verificación. 5 Razón Social de la 250 [A |Corresponde a la administradora donde El Administradora se encuentra afiliado el empleado. Diligencie la razón social Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades h Promotoras de Salud - EPS, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantias - AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) 6 Tipo identificación 2 A |Corresponde a la administradora donde SI Administradora se encuentra afiliado el empleado. El único valor válido es: NI_( NIT) 7 Número identificación 12 N [Corresponde a la administradora donde si Administradora se encuentra afiliado el empleado.

Artículo ANEXO (9/21)

Diligencie el número de identificación de la Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) 8 Tipo de identificación del 2 A |CC: Cédula de Ciudadanía SI cotizante CE: Cédula de Extranjería ¡ TI: Tarjeta de Identidad ¡ 9 — | Número de Identificación del 12 N ¡Tal como se encuentra registrado en el El] il Cotizante documento de identidad 10 |Primer Apellido 30 A | Tal como se encuentra registrado en el Si | documento de identidad ¿11 Segundo Apellido 30 A [Tal como se encuentra registrado en el NO [ documento de identidad 12 ¡Primer Nombre 30 A | Tal como se encuentra registrado en el Si documento de identidad 13 | Segundo Nombre 30 A | Tal como se encuentra registrado en el NO documento de identidad 14 [Periodo no saneado 7 N [Año—Mes (AAAA-MM) Ss! 3 1 0cT. 2014 RESOLUCIÓN NÚMERO) 9 04906bE 2014 HOJA No. 8 de 15 No.

Artículo ANEXO (10/21)

Nombre del Campo 2 Valores Permitidos pues Longitud Máxima del Campo Requerido N Z pan 15 |No. de Dias del periodo no Mayor o igual a 1 y menor o igual a 30 saneado 16 |Tipo de Novedad 3 A | ING: Ingreso RET: Retiro TDE: Traslado desde otra EPS ó EOC TAE: Traslado a otra EPS o EOC TDP: Traslado desde otra Administradora de Pensiones TAP: Traslado a otra Administradora de Pensiones VSP: Variación permanente de salario SI VST: Variación transitoria del salario : SLN: Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o comisión de servicios IGE: incapacidad Temporal por Enfermedad General LMA: Licencia de Maternidad o de paternidad. VAC: Vacaciones. AVP: Aporte Voluntario. VCT: Variación centros de trabajo. IRP: Incapacidad por accidente de trabajo 1 o enfermedad profesional.

Artículo ANEXO (11/21)

CSA: Cotizante sin asignación para Situado Fiscal y/o Sistema general de Participaciones POA: Pago realizado a otra administradora a la que se encuentra afiliado el empleado. 17 [|Fechaa partir de la cual 10 A [Corresponde a la fecha en la cual inicia la | SI aplica la novedad novedad, en el formato AAAA-MM-DD. 18 [Ingreso Base de Cotización 12 N [Corresponde al IBC del periodo no SI saneado 19 [Valor Aporte Patronal 12 N [Corresponde al Aporte Patronal de SI acuerdo con el periodo y el ¡BC -20 | Interés de Mora 12 N [Corresponde a los Intereses del Aporte SI Patronal de acuerdo con el periodo y el 21 Total Aporte Patronal a 12 N [Corresponde a la suma del campo 19 Si Sanear más 20 22 |Razón Socia! de la 250 [A |Diligencie únicamente si en el campo 16 Administradora en la que marcó la novedad POA realizó el pago erradamente SI Corresponde a la administradora donde se realizo el pago erradamente afiliado el empleado. Diligencia la razón social Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud -— EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) RESOLUCIÓN NÚMERO 04906 DÉ | oct. A HOJA No. 9 de 15 No. Nombre del Campo Longitud Máxima del Campo Valores Permitidos Requerido Tipo identificación Administradora en la que realizó el pago erradamente mn Diligencie únicamente si en el campo 18 marcó la novedad POA Corresponde a la administradora donde se realizo el pago erradamente afiliado el empleado.

Artículo ANEXO (12/21)

El único valor válido es: NI_( NIT) mn Número identificación Administradora en la que realizó el pago erradamente Diligencie únicamente si en el campo 16 marcó la novedad POA Corresponde a la administradora donde se realizo el pago erradamente afiliado el empleado. Diligencie el número de identificación de la Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-. Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) Ss” Fecha en la que realizo el aporte a la administradora En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de pago del aporte a la administradora (1994-01-01) si Código del Municipio Este campo corresponde al código Divipola del DANE, donde los 2 primeros dígitos son el código del departamento y los restantes los del municipio que reporta O donde opera la E.S.E empleadora.

Artículo ANEXO (13/21)

Ejemplo: 05080 Si RESOLUCIÓN NÚMEROOO4906 pe 31 001-204 HOJA No. 10 de 15 ANEXO TÉCNICO 2 REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ADMINISTRADORAS (ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES - ARL-, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS-, ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES — AFP- Y ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE CESANTÍAS - AFC-, INCLUIDO EL FONDO NACIONAL DEL AHORRO) Las Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Entidades Obligadas a Compensar — EOC-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Fondos de Cesantías - AFC-, incluido el Fondo Nacional del Ahorro - FNA), reportarán los archivos planos con la información de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013. Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por coma (.). 2. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS 2,1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS.

Artículo ANEXO (14/21)

El nombre de los archivos de la información que debe ser enviada Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro), debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores del Nombre Permitidos o Descripción de Archivo Formato Longitud Fija Requerido Módulo de SAA Identificador del módulo 3 Si información de información: el de cruce de información y aclaración de los recursos no saneados de aportes patronales Tipo de 180 Fuente de Información 3 S] Fuente Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías -— AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) Tema de SAPA Información de deudas de 4 Si información Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución No. 154 de 2013. Fecha de AAAAMMDD Fecha de corte de la 8 SI Corte información reportada, correspondiente al último día calendario del período de información reportada.

Artículo ANEXO (15/21)

No se debe utilizar ningún tipo de separador. (20111231) Tipo de NI Tipo de identificación de 2 S! identificación la entidad fuente de la de la entidad información. reportadora - Administradoras RESOLUCIÓN NÚMERO O 04906 DB y 001 7óAR* HOJA No, 11 de 15 Componente Valores » del Nombre Permitidos o Descripción Longitud Requerido ; Fija de Archivo Formato (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) Número de KIO Código ó número de 12 Si identificación identificación de la de la entidad entidad que reporta, para reportadora el caso contiene el número de NIT de la entidad sin digito de verificación Extensión del TXT Extensión del archivo 4 SI archivo plano. NOMBRE DE ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud Archivo de la información de deudas de Aportes Patronales, SAA 1808APAAAAAMMD DN booo0000000xx. Xt 36 no saneados en desarrollo de : Resolución No. 154 de 2013. 2.2 ESTRUCTURA DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO. El archivo de Información de Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud —- EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP- y Administradoras de Cesantías — AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013.

Artículo ANEXO (16/21)

Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por coma (). 2.2.1 REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. 2 2 No. Nombre del Campo E 3 2 Valores Permitidos Al o ] e] e Ss ( e 1 Tipo de registro 1 N | 1: valor que significa que el registro es SI de control ? RESOLUCIÓN NUMEROO 4906 DE, o e HOJA No. 12 de 15 No. Nombre de! Campo Valores Permitidos CONgruu— Máxima del Tipo Requerid o Fr SN] > [ea] p2 Tipo de Identificación de la Tipo de identificación de la entidad entidad que reporta fuente de la información. Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades á Promotoras de Salud -— EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AC-, incluido el Fondo | nacional del Ahorro) 3 Número de identificación de 12 N | Código ó número de identificación de la | SI la entidad que reporta entidad que reporta, para el caso NI. Este campo contiene el número de NET de la entidad sin digito de verificación. 4 Razón social de la 250 [A [Razón social de la entidad reportadora | SI | Administradora de la información Administradoras (Administradoras de riesgos laborales — ARL-, Entidades Promotoras de Salud — EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones — AFP- y Administradoras de Cesantías — AC-. incluido el Fondo l nacional del Ahorro) 15 Fecha inicial del período de la 10 F- [En formato AAAA-MM-DD. Debe Si información reportada corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. : (1994-01-01) 6 Fecha final del período de la 10 F [En formato AAAA-MM-DD.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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