Artículo 7 (15/20)
7. Cuando el proyecto de inversión de estudios y diseños de infraestructura física incluya el estudio de necesidades de equipamiento fijo y dotación biomédica, estos conceptos deberán hacer parte del listado de productos y deberán cumplir los requisitos definidos en el numeral 7.1.5, numeral 7.1.6 literal a) de este acto administrativo. En el caso de mobiliario deberá presentar lo siguiente: • Listado de mobiliario, indicando cantidad, especificaciones técnicas mínimas obligatorias y precio unitario correspondiente, con un cuadro comparativo de precios ofertados, soportado en RESOLUCIÓN NÚMERÓ0000485 DE 27 MAR 2025 HOJA N°15 Continuación de la resolución: "Por la cual se establecen los requisitos para la expedición de los conceptos técnicos de viabilidad de los proyectos de inversión cuya fuente de financiación o cofinanciación sea el Presupuesto General de la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social y/o recursos de las entidades territoriales, y los proyectos de infraestructura física, equipamiento fijo y las cotizaciones del estudio de mercado, donde se seleccione el valor menor cotizado • Mínimo dos (2) cotizaciones que permitan comparar dos (2) ofertas diferentes, con una vigencia no superior a seis (6) meses.