Por la cual se adiciona el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para la vigencia fiscal de 2013

Resolución · 4802 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Adicionar el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado para la vigencia fiscal de 2013, así: i) Recaudo: Concepto 600 21 06 03 “Transferencia FOSYGA - Subcuenta de Solidaridad”, la suma de $197.935.600.000; y Concepto 600 21 06 08 “Recursos Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera - FAEP” por valor de $43.000.000.000; y, ii) Giro: Concepto 630 304 61 02 “Reconocimiento Unidades de Pago por Capitación Liquidación Mensual de Afiliados” por valor de $197.935.600.000; y Concepto 630 304 61 06 “Reconocimiento de deuda por contratos del Régimen Subsidiado realizados hasta marzo 31 de 2011” por valor de $43.000.000.000. Por lo anterior el presupuesto del Mecanismo Único de Recaudo y Giro, quedará así: Sistema General de Participaciones - Régimen Subsidiado. 4.202.768.781.150 600 21 06 01 de RESOLUCIÓN NÚMERO 9 Nov. 2013 DE 2013 ¿4802 HOJA N? 3 de 3 o oso MA Co Ln 00 o e ATA 721181 600 21 06 03 Transferencia FOSYGA - Subcuenta de Solidaridad. 5.841.728.421.208 600 21 06 04 Pones Cajal Cofinanciación Excedentes Aportes 73.000.000.000 A e NT 600 21 06 06 AS Entidades Territoriales - Ley 150.000.000.000 600 21 06 07 Derecho de Explotación - COLJUEGOS 43.000.000.000 800 21 06 08 Recursos Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera - 43.000.000.000 FAEP 630 304 61 02 Reconocimiento Unidades de Pago por Capitación Liquidación Mensual de Afiliados. 11.695.359.320.522 630 304 61 03 Excedentes Aportes Patronales Cajanal - Art.3 Ley 1608 de 2013. 73.000.000.000 630 304 61 04 Régimen Subsidiado Cofinanciación Compensación de Regalías ET. 53.259.124.628 630 304 61 05 Saneamiento Deudas Entidades Territoriales -Ley Cuentas Maestras 150.000.000.000 630 304 61 06 Reconocimiento de deuda por contratos del Régimen Subsidiado realizados hasta marzo 31 de de 2011 43.000.000.000

Artículo ANEXO

VA GAVIRIA URIBE inistro de Salud y Protección Social La presente resolución rige a partir de la fecha su publicación y modifica las Resoluciones 182 de 2013, modificada por las resoluciones 610, 1189, 2339 y 3977.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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