Artículo 1
Modificar el artículo 4" de la Resolución 1982 de 2010 el cual quedará así: 1. Reglas generales para la entrega de Archivo Maestro de Ingreso y/o Novedades de Actualización. El Administrador Fiduciario del FOSYGA recibirá un archivo Maestro de Ingresos y/o un archivo de novedades de actualización por cada EPS, en la estructura definida en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución, de acuerdo con el calendario establecido y en los horarios con él acordados. 18 NOV 2010 RESOLUCIÓN NÚMERO» () 0004712 DbE2010 HOJA No 2 Continuación de ta resolución “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1982 de 2010 y se adiciona su anexo técnico sustituido por el artículo 1? de la Resolución 4140 de 2010" 2. Términos para la remisión al FOSYGA de archivos maestros de reporte de novedades y/o actualización dentro de los procesos establecidos para la BDUA por parte de las entidades obligadas a reportar la información de afiliación en salud: a) Proceso de Traslados: En el tercer (3) día hábil de cada mes, las EPS remiten la solicitud de traslados al FOSYGA. En el segundo proceso de BDUA, es decir, el décimo (10%) día hábil del mes, se recibe en el FOSYGA la respuesta de las EPS sobre los traslados solicitados el tercer (39) día hábil del mes. b) Procesos Mensuales de Actualización de BDUA: l. Primer proceso: sexto (6% día hábil. EPS Regímenes Contributivo y Subsidiado. ll. Segundo proceso: décimo (10%) día hábil. EPS Regímenes Contributivo y Subsidiado. íIL— Tercer proceso: décimo cuarto (14%) día hábil. EPS Regímenes Contributivo, de Excepción y para los regímenes Especiales, Entidades de Medicina Prepagada y para las Entidades Administradoras de Planes Adicionales de Salud del mes en que se reportó la información. IV. Cuarto proceso: décimo séptimo (17) día hábil. Entidades Territoriales en Régimen Subsidiado (municipios, distrito capital y departamentos con corregimientos) y el INPEC. Cc) Fechas de entrega de novedades de ingreso y/o actualización: 1. En el Régimen Contributivo: ¡. En el tercer (3) día hábil de cada mes las EPS reportarán los archivos R1 y en el segundo proceso de BDUA, décimo (10%) día hábil, las EPS remiten la respuesta a los traslados solicitados en los archivos R4. li. Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) reportarán las novedades de ingreso y/o actualización dentro de los procesos establecidos para BDUA: el 6%, 10% y 14% dias hábiles de cada mes. ll. En el Régimen Subsidiado: La remisión de novedades en ej Régimen Subsidiado se hará de la siguiente manera por parte de las entidades: i. En el tercer (3) día hábil de cada mes las EPS Subsidiadas reportarán los archivos S1 y en el segundo proceso de BDUA, décimo (10%) día hábil, las EPS subsidiadas remiten la respuesta a los traslados solicitados en el archivo S4. íí. Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado (EPSS), reportarán las novedades de ingreso y/o actualización dentro de los procesos establecidos para BDUA: el 6* y 10" días hábiles de cada mes. RESOLUCIÓN NÚMERO' 00004712 pe 010 HOJA No 3 HI. Entidades administradoras de planes adicionales de salud, entidades de medicina prepagada y entidades de régimen especial: Reportarán las novedades de ingreso y/o actualización en el tercer proceso de BDUA, es decir, el décimo cuarto (14?) día hábil de cada mes a partir del mes de septiembre de 2010. 3. Términos de reporte de Resultados de Validación y Actualización de la BDUA. El Administrador Fiduciario del FOSYGA validará la información entregada por las entidades obligadas a reportar y procederá a distribuir los resultados a todas las entidades en los siguientes días hábiles de cada mes: a) Proceso de Traslados: En el quinto (5) día hábil de cada mes, se dispondrá por parte del FOSYGA los archivos R2, R3, S2 y S3 a las EPS para que generen la respuesta a la solicitud de traslado, y en el décimo segundo (12*, día hábil del mismo mes, se dará respuesta de la actualización de los traslados en BDUA con los archivos R5, R6, S5 y S6. b) Procesos Mensuales de Actualización de BDUA: /. Primer proceso: octavo (8%) día hábil: EPS Regímenes Contributivo y Subsidiado. Il. Segundo proceso: décimo segundo ( 12%) día hábil: EPS Regímenes Contributivo y Subsidiado. 'l. Tercer proceso: décimo sexto día (16) día hábil: EPS Régimen Contributivo y para los regímenes Especiales, Entidades de Medicina Prepagada y para las Entidades Administradoras de Planes Adicionales de Salud del mes en que se reportó la información. 1V. Cuarto proceso: el décimo noveno (19*) día hábil: Entidades Territoriales en Régimen Subsidiado y el INPEC. PARÁGRAFO 2. El Administrador Fiduciario del FOSYGA entregará al Ministerio de la Protección Social, copia de los resultados de todos los procesos de validación de los archivos de ingresos y/o actualización y de traslados 18 NOy 2010 RESOLUCIÓN NÚMERO: 00004712 pe 010 HOJA No 4 se adiciona su anexo técnico, sustituido por el artículo 1? de la Resolución 4140 de 2010" presentados por las entidades, así como el resultado de la actualización de la BDUA después de cada proceso.” PARÁGRAFO 3. En ningún caso se recibirán archivos maestros de íngresos o de novedades de actualización después de las fechas definidas para tal fin. PARÁGRAFO 4. Las entidades territoriales y el INPEC velarán por el envío oportuno de las novedades correspondientes (traslados, retiros, ingresos o actualización de datos del afiliado) por parte de las EPSS de su jurisdicción, de tal manera que la información registrada en BDUA sea exactamente igual a la que posee la entidad territorial, el INPEC y las EPSS.