Por medio de la cual se asignan unos recursos del Fondo de Salvamento y Garantías : para

Resolución · 470 · 2011-12-27 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto asignar recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud — FONSAET-, hasta el monto delos recursos disponibles para la vigencia 2011, a las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial relacionadas en el artículo 3? de esta resolución, acorde con las reglas definidas en el artículo 5? del Decreto 4690 de 2011. . j

Artículo 2

Asignación de recursos. Los recursos de que trata esta resolución se asignarán a once (11) entidades que fueron intervenidas para administrar o liquidar y que cumplen con los lineamientos establecidos tanto en el artículo 50 de la Ley 1438 de 2011 como en el Decreto 4690 de 2011; atendiendo así la solicitud que en tal sentido formulara la Superintendencia Nacional de Salud, asignación que cuenta con la recomendación correspondiente por parte de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio. :

Artículo 3

Entidades beneficiarias de los recursos. Las entidades a las que se les asignan los recursos de la vigencia 2011 del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud — FONSAET, son las siguientes: Departamento | Municipio Entidad beneficiaria Valor asignado Chocó Quibdó ESE Salud Chocó — Entidad liquidada 2.443.369.966 Chocó Quibdó ESE Hospital San Francisco de Asis 5.886.263.676 Chocó Istmina ESE Hospital Eduardo Santos 6.377.844.247 Córdoba Cereté ESE Hospital Sandiego 5.659.542.501 Atlántico Puerto ESE Hospital de Puerto Colombia 2.809.521.420 Colombia Atlántico Juan de | ESE Hospital Juan de Acosta 2.510.959.190 j Acosta Antioquia Turbo ESE Hospital Francisco Valderrama 5.149.009.308 Guaviare San José | ESE Red de Servicios de Salud de 3.127.940.253 del Primer Nivel Guaviare Magdalena El Banco ESE Hospital La Candelaria 5.294.634.607 Magdalena Fundación ESE Hospital San Rafael 3.928.640.277 Guainía Puerto ESE Hospital Manuel Elkin Patarroyo 4.899.800.540 Inírida Total 48.087.525.985

Artículo 4

Requisitos para el giro. El giro de los recursos de que trata la presente resolución, se efectuará al encargo fiduciario que deberá constituir cada una de las entidades beneficiarias con una entidad fiduciaria pública del orden nacional, una vez se cumpla con los requisitos y condiciones que defina este Ministerio. La entidad fiduciaria pública pagará únicamente a los beneficiarios finales, previo el cumplimiento de los requisitos que para el efecto establezca la Superintendencia Nacional de Salud, los cuales deberán sujetarse a los requisitos y condiciones que defina este Ministerio. : 27 D1c 2011 esa £ ri RESOLUCIÓN NÚMERO ¿UL D% TÚ DE 2011 HOJA N* 3 Por medio de la cual se asignan unos recursos del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud — . FONSAET

Artículo 5

Auditoría. El Ministerio de Salud y Protección Social efectuará las auditorías que estime pertinentes en aras de determinar la destinación de los recursos asignados y girados y de ser necesario, informará lo pertinente a las entidades de vigilancia y control, para lo de su competencia.

Artículo 6

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MAURICIO BANTA MARÍA] SALAMANCA Ministro de Salud y Protección Social —

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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