Artículo 1
Aprobar la reforma introducida a los estatutos de la entidad de carácter privado sin ánimo de tucro, denominada CRUZ ROJA COLOMBIANA SECCIONAL CUNDINAMARCA Y BOGOTÁ, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D. C, adoptada mediante Acta 334 del 30 de marzo de 2012 de la Junta Directiva Seccional, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. - 8 NOV. 2013 RESOLUCIÓN Número! 4629pg 2013 HOJA N* 4 de 4 COLOMBIANA SECCIONAL CUNDINAMARCA Y BOGOTÁ, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D. C., o a quien se autorice para el efecto, el contenido de la presente resolución dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, haciéndole saber que contra la misma sólo procede el recurso de reposición de conformidad con el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, deberá surtirse por aviso, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.