Artículo 1
Adiciónase el artículo primero de la Resolución número 08416 del 4 de agosto de 1983, expedida por este Ministerio, en el sentido de incluir a todos los municipios del departamento de Bolívar, donde la duración del Servicio Social Obligatorio será de seis (6) meses, exceptuando la jurisdicción de los municipios de Cartagena, Turbaná y Santa Catalina.