Por la cual se declara una emergencia sanitaria para la importación de medicamentos destinados al tratamiento de la tuberculosis.

Resolución · 4512 · 1998-12-01 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Declárase durante un período de 4 meses la emergencia sanitaria para la importación del medicamento Ethionamida tabs. x 250 mgs.

Artículo 2

Mientras dura la emergencia sanitaria, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, podrá autorizar excepcionalmente, la importación del medicamento enunciado en el artículo 1o. de esta resolución sin haber obtenido el Registro Sanitario, previo el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos correspondientes.

Artículo 3

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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