Artículo 1
Declárase durante un período de 4 meses la emergencia sanitaria para la importación del medicamento Ethionamida tabs. x 250 mgs.
Resolución · 4512 · 1998-12-01 · Jerarquía: nivel 8
Declárase durante un período de 4 meses la emergencia sanitaria para la importación del medicamento Ethionamida tabs. x 250 mgs.
Mientras dura la emergencia sanitaria, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, podrá autorizar excepcionalmente, la importación del medicamento enunciado en el artículo 1o. de esta resolución sin haber obtenido el Registro Sanitario, previo el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos correspondientes.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: En Revisión
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original