Por la cual se modifica los numerales 2.1 y 2.2 del articulo 2 de la Resolucion 385 de 2020 en relación con la limitacióndel número de personas en actividades o eventos

Resolución · 450 · 2020-03-17 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modificar los numerales 2.1. y 2.2. del artículo 2 de la Resolución 385 de 2020, los cuales quedarán así: “2.1. Suspender los eventos con aforo de más de cincuenta (50) personas. Las autoridades locales deberán adelantar las acciones de vigilancia y control para el oportuno y efectivo cumplimiento de la medida”. “2.2. Ordenar a los alcaldes y gobernadores que evalúen los riesgos para la transmisibilidad del COVID-19 en las actividades o eventos que impliquen la concentración de personas en número menor a cincuenta (50), en espacios cerrados o abiertos y que, en desarrollo de lo anterior, determinen si el evento o actividad debe ser suspendido. De no suspenderse, los responsables de la organización de las actividades o eventos deberán garantizar el cumplimiento de los protocolos y medidas preventivas sanitarias dispuestas por este Ministerio, así como de las recomendaciones establecidas en la Circular Externa No. 11 del 10 de marzo de 2020”

Artículo 2

La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica la Resolución 385 de 2020, modificada por la Resolución 407 del presente año.

Artículo ANEXO

FERNANDO RUIZ GOM Ministra de Salud y Protección Social Aprabó: Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios ¿qwige> Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres Directora de Promogión y Prevención Dirección Juridica ¿ á f

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; normograma-tematicas-2020.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 22), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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