Artículo 1
Modifícase el artículo 14 de la Resolución 2390 de 1998, el cual quedará así:
Resolución · 4490 · 1998-12-01 · Jerarquía: nivel 8
Modifícase el artículo 14 de la Resolución 2390 de 1998, el cual quedará así:
Fechas de entrega de los archivos. "Archivo Maestro (cotizantes, beneficiarios y adicionales): Las Entidades Promotoras de Salud, EPS, o las que se asimilen, entregarán anualmente, al Ministerio de Salud, Administrador Fiduciario del Fondo de Solidaridad y Garantía y a los departamentos y distritos, el archivo maestro de afiliados, con corte a 31 de diciembre, el décimo día hábil del mes de enero. "Archivo de novedades: Las Entidades Promotoras de Salud, EPS, o las que se asimilen, entregarán el archivo de novedades mensualmente al Ministerio de Salud, Administrador Fiduciario del Fondo de Solidaridad y Garantía, en la fecha definida para la presentación de la Declaración de Adición, el primer día hábil del mes siguiente. "Las Entidades Promotoras de Salud, EPS, o las que se asimilen, entregarán el archivo de novedades a los departamentos y distritos bimestralmente, correspondiente a los afiliados residentes en su respectiva jurisdicción al final de los siguientes bimestres: 1o. de octubre al 30 de noviembre; 1o. de diciembre a 31 de enero; 1o. de febrero a 31 de marzo; 1o. de abril a 30 de mayo; 1o. de junio a 31 de julio; 1o. de agosto a 30 de septiembre, en la fecha definida para la declaración de adición, el primer día hábil del mes siguiente. "Parágrafo 1o. El primer archivo maestro contendrá la información de los afiliados a 30 de septiembre de 1998 y este será remitido al décimo día hábil del mes de octubre. La entrega de novedades se iniciará y se normalizará a partir del primer día hábil del mes de febrero de 1999. Este primer envío corresponderá a las novedades presentadas entre el 1o. de enero y el 31 de enero de 1999, tanto al Ministerio de Salud, Administrador Fiduciario del Fondo de Solidaridad y Garantía cono a los departamentos y distritos, regularizándose su envío con las novedades mensuales y bimestrales respectivas, en las fechas establecidas en el presente artículo. "Parágrafo 2o. Este mecanismo de envío de los archivos, será utilizado hasta tanto no se RESOLUCION NUMERO 4490 DE 1998 Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2390 de 1998. cuente con la tecnología para su acceso directo. El Ministerio de Salud definirá antes del año 2000 el envío directo a los municipios de los archivos correspondientes a su respectiva jurisdicción, contenidos en la presente Resolución".
VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.
Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.
Tipo: Resolución
Estado: En Revisión
Nivel jerárquico: 8
Fuente auxiliar: No
Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).
Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.
Documento oficial: ver original