Por la cual se adopta el Manual de Misión Médica y se establecen normas relacionadas con la señalización y divulgación de su Emblema

Resolución · 4481 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 21–40 de 40

Artículo ANEXO (18/37)

La omisión o negligencia en la solicitud de las mencionadas investigaciones constituirian faltas graves, conforme a lo establecido en el Código Disciplinario Único. (Ley 734 de 2002). 4.5 Grafismo del Emblema El Emblema para la Misión Médica en Colombia consta de un rectángulo rojo, presentado verticalmente, en cuyo interior se encuentran dos elementos: en la parte superior y centrado, un círculo azul con una cruz blanca inscrita en su interior, formada por cinco cuadrados iguales; ésta nunca tocará los bordes del circulo; el circulo tampoco tocará los bordes del rectángulo, En la parte inferior se escribirá el texto MIS! N MÉDICA en mayúsculas, que irá en color blanco, centrado y en dos líneas'”. Los colores podrán ser reflectivos y ubicarse sobre un fondo blanco para permitir su fácil identificación y garantizar la visibilidad en todo momento. Y Para facilitar la construcción del Emblema, se recomienda tener en cuenta las siguientes proporciones: El rectángulo rojo de 10x por 15x, el círculo azul de 9x de diámetro, la cruz blanca compuesta por 5 cuadrados de 2,5x de lado (total de 7c5x L_de alto y ancho) y la altura de las letras de 2x, 28 DIC 2012 4482 DE 2012 HOJA No 14 cm A " En RESOLUCIÓN NÚMERO ++: En una base de policromía, el rojo del Emblema se produce al combinar el amarillo 100% "process" y el magenta 100% "process", o, en su defecto, se tomará base PANTONE 485; el azul del Emblema se produce al combinar el azul Cyan 100% “process” y el magenta 80% “process”, o, se tomará base PANTONE 286 y la cruz será siempre blanca.

Artículo ANEXO (19/37)

Respecto a la tipografía del texto, se toma como base la familia ARIAL normal, de fácil lectura, universalmente conocida y accesible en todo el país. El espacio entre caracteres será normal (no expandido ni comprimido) y el tamaño de la fuente será tal que la palabra MÉDICA tenga un ancho similar al del círculo azul. El Emblema tendrá la forma pura; es decir, no habrá adición alguna ni en la cruz, ni en el círculo, el rectángulo sólo tendrá la inscripción mencionada anteriormente. Es fundamental un grafismo claro del Emblema para que se identifique fácilmente a las personas y a los bienes que tienen derecho a su utilización y para que, por lo tanto, sean eficazmente protegidos. Sin embargo, la protección no dependerá del uso del Emblema, por lo cual el personal de salud que no estuviese identificada o utilice el Emblema de manera equivocada no perderá por ello su derecho a la protección que se confiere de manera general a la Misión Médica. 15% MISION MEDICA Ue Grafismo del Emblema Proporciones recomendadas 4.6 Visibilidad del Emblema El Emblema debe ser visible desde tan lejos como sea posible. Para esto debe ser ubicado sobre una superficie plana que pueda ser observada desde todas las direcciones posibles, incluso desde el espacio aéreo. Durante la noche o cuando la visibilidad sea escasa, el emblema podrá estar iluminado o ser reflectivo. 5. USO DEL EMBLEMA 5.1 Personal de salud y otras disciplinas que ejercen funciones sanitarias: Deberá portar su Tarjeta de Identidad conforme al modelo establecido en el formato 3 que hace parte integral del presente manual.

Artículo ANEXO (20/37)

Adicionalmente, en cumplimiento de las actividades de la Misión Médica, dicho personal podrá utilizar el Emblema en chalecos de color blanco, camisetas u otras prendas de vestir, Larra” y RESOLUCIÓN NÚMERO * * 004481 DE 2012 8 Dic EA No 15 siempre procurando que sea lo más visible posible y que el emblema no sea compartido con logotipos, publicidad o emblemas diferentes. 5.2 Medios de transporte sanitario: Los medios de transporte sanitario permanentes (Ej. Ambulancias, vehículos de transporte para actividades extramurales, transporte administrativo, logístico, entre otros), deberán ubicar el Emblema de la Misión Médica sobre el techo del vehículo, a sus lados, así como en el frente y la parte posterior, de forma tal que sea óptima su visibilidad al desplegar sus actividades de salud. La señalización deberá ser permanente y no se autorizará su uso en medios de fácil remoción (magnéticos, autoadhesivos, etc.). Adicionalmente, en zonas de alto riesgo, en razón del conflicto armado, se podrá complementar la señalización del vehículo con el uso de banderas con el Embiema. Cuando un vehículo se use de manera transitoria, podrá señalizarse por medio de banderas o pendones con el Emblema durante el tiempo que se realice la actividad sanitaria y se retirará la señalización al finalizar la actividad. Ejemplo de señalización de ambulancia 5.3 Las instituciones de salud de cualquier nivel de complejidad: Las instituciones autorizadas para utilizar el Emblema serán señalizadas en las paredes exteriores y los techos, de tal forma que sea visible desde tan lejos como sea posible. Para las actividades de salud de carácter temporal, podrán señalizarse por medio de banderas o pendones con el Emblema durante el tiempo que se realice la actividad sanitaria y se retirará la señalización al finalizar la actividad. No deben presentar ningún escudo, logotipo o eslogan diferente a los descritos anteriormente.

Artículo ANEXO (21/37)

Ejemplo de bandera En situaciones en las cuales la Misión Médica comparta sus instalaciones con otras personas o instituciones ajenas a su cometido, el personal de salud que allí labore a 2.8 DIC 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO 1) 1 4 4 81 DE 2012 HOJA No 16 deberá velar porque las actividades de sus vecinos no perjudiquen el respeto del Emblema. No se ubicará el Emblema de la Misión Médica en edificios o en locales que no sean utilizados en actividades relacionadas con ta misma, así sean de propiedad de instituciones o entidades de salud. 5.4 Otros bienes: El Ministerio de Salud y Protección Social y las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Locales podrán utilizar el Emblema para identificar las ayudas humanitarias y sanitarias enviadas por ferrocarril, carretera, vía marítima o aérea y destinadas a la atención de las víctimas de conflictos armados o de catástrofes naturales. 6. SUPERVISIÓN DEL ADECUADO USO DEL EMBLEMA El Ministerio de Salud y Protección Social, las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Locales velarán por el correcto uso del Emblema e informarán sobre cualquier irregularidad y uso indebido a la entidad responsable de la autorización correspondiente, con el fin de iniciar el proceso pertinente. 7. CANCELACIÓN DE AUTORIZACIONES PARA UTILIZAR EL EMBLEMA En caso de que una unidad o medio de transporte sanitario utilice el Emblema para fines diferentes a los de la Misión Médica, las Secretarías de Salud Departamentales, Distritales y Locales, deberán ordenar la cancelación de la correspondiente autorización, así como el retiro físico del Emblema, sin perjuicio de las sanciones penales, disciplinarias o legales a que haya lugar. 8.

Artículo ANEXO (22/37)

RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL SANITARIO La dinámica del conflicto armado y otras situaciones de violencia son muchas veces el marco para recurrentes infracciones contra el ejercicio de la Misión Médica en Colombia, demostrando con ello la alta vulnerabilidad a la que la misma se encuentra expuesta en el desarrollo de sus actividades sanitarias. Esto hace necesario que el personal de salud y de otras disciplinas que ejercen funciones sanitarias al amparo de la misión humanitaria, adopte medidas destinadas a fortalecer su marco de protección y respeto. Aunque corresponde a las partes en conflicto distinguirse y garantizar la protección de las personas que no participan directamente en las hostilidades, es responsabilidad también del personal de la salud y de otras disciplinas que impliquen el despliegue de funciones sanitarias, actuar de manera neutral e imparcial, basados en los principios éticos de la actividad sanitaria, así como aplicar las normas y medidas de protección existentes y aquellas que se lleguen a establecer para garantizar el desarrollo seguro de la misión. El tema de la seguridad para el personal sanitario no sólo se traduce en responsabilidades personales, sino también en obligaciones de indole institucional, por lo cual, se recomienda incorporarlo en los planes hospitalarios para emergencias y en aquellas instituciones en las que el análisis de riesgo correspondiente lo identifique como necesario. 28 010 2082 RESOLUCIÓN NÚMERO 2004481 pe 2012 HOJA No 17 Para una mejor comprensión de las medidas que habrían de tomarse en todo caso para salvaguardar la integridad de los diferentes elementos de la Misión Médica, resulta importante clarificar los conceptos de amenaza, riesgo y vulnerabilidad, los cuales se encuentran en la teoría de las emergencias y desastres.

Artículo ANEXO (23/37)

Para efectos de la seguridad del personal sanitario, adóptense las siguientes definiciones: Amenaza: “Factor externo de riesgo, representado por la potencial ocurrencia de un suceso de origen natural, generado por la actividad humana, o la combinación de ambos que puede manifestarse en un lugar específico, con una intensidad y duración determinadas”, Con respecto a la Misión Médica, podría considerarse como amenaza además de la presencia de alteraciones en el orden público o la actividad del conflicto armado, el incumplimiento por las partes en conflicto hacia las normas del derecho internacional humanitario (DIH), consagrado principalmente en las cuatro Convenciones de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977, así como en el derecho consuetudinario, el Convenio de la Haya de 1954 y sus dos protocolos de 1954 y 1999, la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados de 1980 y enmendada en el 2001 y sus cinco (5) Protocolos, entre otros. Riesgo: “La probabilidad de daños sociales, ambientales y económicos en una comunidad específica, en un determinado periodo de tiempo, en función de la amenaza y la vulnerabilidad”. En el marco de la Misión Médica, el riesgo es evaluado conforme a las consecuencias humanitarias en la afectación de la prestación de los servicios sanitarios a enfermos, heridos, náufragos y población civil. De esta manera, ello implica para la Misión Médica adoptar las medidas necesarias de protección y prevención contempladas en el presente Manual. La premisa inicial es aceptar la existencia del riesgo y la necesidad de adoptar medidas para su disminución. Esto implica el-conocimiento y análisis del contexto, en otras palabras, conocer y tener en cuenta los siguientes aspectos: a) Análisis del contexto en materia social, económica, política y militar. b) Las necesidades locales relacionadas con actividades de salud.

Artículo ANEXO (24/37)

c) La dinámica local del conflicto armado y la presencia de grupos armados organizados, partes del mismo. d) La naturaleza de las infracciones a la Misión Médica en la zona. Vulnerabilidad: “Factor interno de riesgo de un sujeto, objeto o sistema, expuesto á una amenaza, que corresponde a su predisposición intrínseca a ser dañado”. Con respecto a la Misión Médica podría además considerarse la vulnerabilidad del personal sanitario, derivada del desconocimiento de las normas nacionales e internacionales que protegen su actividad y la falta de protocolos de seguridad 3 Organización Panamericana de la Salud. Planeamiento hospitalario para desastres. CD, Material de capacitación. Washington, D.C.: OPS; 2005. 10 IBID. "IBID, 28 DIC 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO 7.11". 448% DE 2012 HOJA No 18 relacionadas can la señalización y divulgación de su Emblema” durante el desempeño de su labor en situaciones de conflicto armado y otras situaciones de violencia. Reducción del riesgo: Teniendo en cuenta que el riesgo está directamente relacionado con la amenaza y con la vulnerabilidad, es importante trabajar en aspectos que conlleven a la disminución de estas dos últimas, a través de acciones que busquen dar a conocer y aplicar los mecanismos tendientes a la protección a la Misión Medica, así como los que garanticen la protección de los heridos y enfermos. Respecto a la vulnerabilidad, además de actuar de manera neutral e imparcial y tener en cuenta la ética médica, implica: b) Aplicar de manera efectiva las obligaciones y recomendaciones de seguridad para el personal en el desarrollo de las actividades sanitarias. c) Cumplir a cabalidad con los deberes establecidos para el personal sanitario.

Artículo ANEXO (25/37)

d) Institucionalizar la aplicación de las medidas de seguridad recomendadas en el presente Manual. En particular, en relación con la amenaza se recomienda realizar una amplia difusión de las normas humanitarias a la población en general, en especial, de las obligaciones que garantizan la protección de los heridos y enfermos y del personal sanitario, que se pueden resumir en brindar garantías y apoyo para que la Misión Médica cumpla sus obligaciones y se le respeten sus derechos. 8.1 Recomendaciones frente a la actitud y valores personales a) Conservar un comportamiento y actitud basados en criterios humanitarios, imparciales, neutrales y en principios éticos. b) Atender siempre a los heridos, enfermos, náufragos y población civil sin distinción alguna o carácter desfavorable, determinando la prioridad de la atención únicamente en criterios médicos. c) Tener una actitud responsable, autocontrol y capacidad para evaluar una situación en momentos críticos. Deberá contar con la habilidad para sopesar el peligro y el riesgo y saberlo evaluar de manera objetiva. d) Contar con una red de apoyo en salud mental, que le sirva de soporte ante situaciones críticas. e) Comportarse siempre con prudencia, discreción y cortesía en el desarrollo de sus actividades. f) Reconocer sus propios límites en el desarrollo de sus funciones y como individuo. En situaciones críticas, deberá conservar la calma y evitar el pánico y el temor extremos, ya que estos sentimientos podrían transmitirse a los demás integrantes del equipo afectando la prestación de la asistencia en salud.

Artículo ANEXO (26/37)

9) Cumplir siempre con los deberes del personal sanitario en situaciones de conflicto armado. RESOLUCIÓN NÚMERO “27448% DE 20122 8 DIC osa No 19 Tener en cuenta que existen diferentes factores que podrían menoscabar la más firme personalidad, por lo cual resulta necesario que el personal sanitario pueda identificarlos y abordarlos en todo momento. Algunos de estos factores podrían ser: La tensión en las relaciones con el equipo; el uso de algunos medicamentos; la tensión nerviosa; el cansancio; la apatia; la indiferencia ante el peligro; el automatismo en el comportamiento o sentimientos de impotencia ante ciertas situaciones difíciles. 8.2. Recomendaciones para el transporte sanitario a) Los medios de transporte sanitario deben tener un cuidado y mantenimiento constante para su buen funcionamiento (mantenimiento técnico - mecánico: aceite, frenos, agua, batería, luces y llantas, etc.) b) El conductor se cerciorará de que el vehículo siempre se estacione en el sentido de la salida y procurará abastecerlo de combustible al final de cada jornada. c) Se deberán cumplir estrictamente las normas de tránsito. d) El conductor del vehículo siempre debe llevar consigo todos los documentos requeridos por ley y que estén vigentes (tarjeta de propiedad, seguros, SOAT, etc.), adicionalmente, copia de la autorización del uso del Emblema. e) En la medida de las posibilidades, no se programarán recorridos nocturnos. f) En caso de urgencia médica en la que se requiera un desplazamiento nocturno del vehículo, se deberán llevar encendidas todas las luces del vehículo (internas y externas). 9) No utilizar los transportes sanitarios para labores que no sean estrictamente relacionadas con la Misión Médica. h) Evitar transportar personas armadas en los medios de transporte sanitarios.

Artículo ANEXO (27/37)

i) Ante la inminencia de un contro! sobre la ruta (de cualquiera de las partes en conflicto), se deberá disminuir su velocidad a fin de poder detenerse a la más mínima señal de "PARE". j) El conductor y sus acompañantes deberán presentar una actitud serena, conservando la calma, manteniendo las manos visibles. En caso de portar lentes oscuros retirarlos. Presentar la tarjeta de identidad de Misión Médica de todos los miembros del equipo. Nunca oponerse a una requisa del vehículo. Para retirarse el cinturón de seguridad, realizarlo lentamente, indicándolo a quien lo solicite. k) No se podrá transportar o transmitir correo, sobres, mensajes escritos o mercancías de y para terceros fuera del contexto de la Misión Médica. l) Se prohíbe transportar personal diferente al encargado de las actividades sanitarias. ) Sar Rs DIC 208 RESOLUCIÓN NÚMERO “ 004481 DE 2012 8 HOJA No 20 m) El personal de salud se mostrará particularmente prudente en presencia de vehículos o caravanas militares. Antes de adelantar dichos vehículos, preguntará sobre los motivos de la detención y si puede proseguir. Si se le solicita esperar antes de seguir o si no le parece conveniente continuar dado el caso, esperará a prudente distancia, velando porque esto se mantenga o de lo contrario se regresará al centro asistencial. 8.3 Recomendaciones para las comunicaciones a) Se deberá contar con un medio de comunicación permanente: radio, celular o identificar lugares desde donde se pueda realizar la comunicación (cabinas telefónicas, locales de servicios de larga distancia, etc.), que permitan al personal sanitario reportar sus actividades.

Artículo ANEXO (28/37)

b) En todo desplazamiento deberá mantenerse una comunicación constante con Una central, mediante la cual se informe el momento de salida, de llegada al destino, así como cualquier eventualidad durante su recorrido según el tiempo de desplazamiento y si las condiciones lo permiten. Las comunicaciones se limitarán a indicar la posición, a señalar si el trabajo se lleva a cabo normalmente y a precisar el momento del reporte siguiente. No se podrá intercambiar ninguna comunicación personal que no esté relacionada con la salida. c) Se recomienda no transmitir por radio, teléfono o fax, información que pueda considerarse confidencial sobre la condición del paciente, las personas que lo entregaren al personal médico y/o los familiares acompañantes. d) Evitar la utilización de códigos, señales o claves en las comunicaciones, usar el lenguaje español de manera clara. 8.4 Recomendaciones para actividades extramurales a) El primer paso consiste en analizar y evaluar la información disponible (situación local y regional, necesidades en salud, condiciones logísticas, condiciones de seguridad, recursos humanos y logísticos disponibles, contactos con otras entidades), tener presente las condiciones de campos minados o zonas con riesgos de minas y munición sin estallar. b) Siempre se procurará averiguar las condiciones de seguridad con las autoridades locales o por otros medios (Centros Reguladores de Urgencias y Emergencias y Desastres (CRUE), Cruz Roja Colombiana, organizaciones locales, prensa y medios masivos, etc.). c) Antes de partir será necesario revisar todo lo relativo a identificación, indumentaria, material y equipo médico, transporte, equipo de comunicación, objeto, itinerario y horario de la misión. d) Antes de cada misión se informará a la comunidad sobre las actividades sanitarias que se realizarán, incluyendo lugares a visitar y cronograma de actividades. No se emprenderá ninguna actividad médica si hay alguna manifestación en contra de su realización.

Artículo ANEXO (29/37)

e) El equipo extramural deberá cubrir a cabalidad el itinerario previsto y las actividades programadas. % . 29 DIC 2012 RESOLUCIÓN NÚMERO 2024481 pe 2012 HOJA No 21 f) En caso que sea indispensable realizar un cambio en la programación prevista, el equipo informará de inmediato a la respectiva secretaría de salud, así como a la comunidad. g) En las salidas extramurales el equipo sanitario tendrá la obligación de reportarse a su sede (hospital o servicio de salud) a la salida, cada 2 horas según las condiciones y distancia del lugar y durante el regreso de la misión. h) Al salir se deberán registrar los nombres completos de todo el personal que integre la misión. i) Cuando se realicen salidas se deberán llevar los siguientes documentos de identificación, vigentes: - Cédula de ciudadanía. - Carné de identificación de miembro de la entidad de salud y la Tarjeta de Identidad de Misión Médica. - Licencia de conducción. - Tarjeta de propiedad del vehículo. - Certificados de seguros del vehículo, copia de la autorización de uso del Emblema y otros documentos obligatorios según las normas vigentes. - Carné de equipo avantel y/o celular, radioteléfono, entre otros. j) Deberá evitarse viajar en un vehículo perteneciente a alguna de las partes en conflicto, o hacerse desvarar por ellos. Así mismo, solicitar o aceptar escolta por parte de éstos. k) En lo posible el personal de salud no realizará desplazamientos sobre el terreno en moto, bicicleta, a pie o a caballo, a menos que pueda estar de regreso el mismo día. !) Fuera de las poblaciones, en la medida de lo posible, los desplazamientos terrestres, aéreos, marítimos y fluviales se efectuarán entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m. m) Se respetarán estrictamente las órdenes y horarios en cuanto a toques de queda y altos al fuego.

Artículo ANEXO (30/37)

n) Se identificarán los lugares en donde se van a realizar las actividades sanitarias con pendones o banderas, de tal manera que sean visibles. o) Dada la eventualidad de una operación aérea en zonas especialmente conflictivas, el personal sanitario deberá identificarse de tal forma que permita dar a conocer su presencia, buscando una zona descubierta, dejando a un lado sus equipos y morrales y tratando de hacer una cruz en el piso con miras a llamar la atención de los pilotos para ser reconocidos, p) Se deberá evitar al máximo portar grabadoras, cámaras fotográficas, celulares con cámara, filmadoras o cualquier otro objeto similar durante las actividades sanitarias. 8.5. Recomendaciones para las empresas prestadoras de servicios de salud RESOLUCIÓN NÚMERO. > “48bhg 2012 2 9 DIC 20Roya no 22 Se recomienda a los gerentes y administradores de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, propender por la aplicación de las recomendaciones anteriores, preferiblemente formalizando protocolos de comportamiento o normas de procedimiento, para que sean aplicados por todos sus funcionarios, en observancia de siguientes recomendaciones: a) b) d) 9) h) Realizar una extensa difusión en su área de influencia de los temas relacionados con el respeto y protección a la Misión Médica. Mantener, difundir y aplicar un plan de contingencia en el que se incorporen estas recomendaciones. Realizar contactos con las autoridades locales y la Fuerza Pública, con el fin de establecer de forma clara acuerdos y protocolos de actuación para abordar situaciones complejas en relación con el conflicto armado que requieran de la participación del personal de salud civil. Mantener a todos los trabajadores sanitarios afiliados al Sistema de Seguridad Social en cumplimiento de la normativa vigente, y en especial, a aquellos inscritos al Sistema de Riesgos Laborales.

Artículo ANEXO (31/37)

En caso de contratos con terceros para el suministro de talento humano, establecer las cláusulas de afiliación como mandatarias y dar facultades amplias al interventor para el control de estos aspectos, estableciendo como causal de terminación del contrato de manera unilateral e inmediata el incumplimiento de estas obligaciones. En caso de amenaza, aplicar las medidas de protección individual y de seguridad (traslado, reubicación, estudio de riesgo, etc), de acuerdo con las normas legales vigentes. En caso de presentarse una infracción contra la Misión Médica, se deberá reportar inmediatamente lo ocurrido tanto a la respectiva secretaría de salud, como al Ministerio de Salud y Protección Social, utilizando los formatos establecidos para ello (ver Anexo No.4). Puede considerarse así mismo, informar a organizaciones tales como el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), con el fin de contar con asistencia pronta para las víctimas de estas infracciones y facilitar las medidas de protección que el caso amerite. Estudiar objetivamente las circunstancias en las cuales ocurrió la infracción, con el fin de implementar medidas preventivas tendientes a disminuir el riesgo y evitar su ocurrencia en el futuro. Téngase en cuenta que al realizar contactos con las autoridades locales y la fuerza pública, se debe establecer de forma clara acuerdos de actuación para situaciones complejas en relación con el conflicto armado. RESOLUCIÓN NÚMERO 25044381 29 DIC 208 DE 2012 HOJA No 23 FORMATO PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO DEL EMBLEMA MISION SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DEL USO DEL EMBLEMA PROTECTOR DE LA MISIÓN MÉDICA MEDICA INSTITUCIÓN: MUNICIPIO: DEPARTAMENTO: PERFIL INSTITUCIONAL: ASISTENCIAL: TRASLADO: PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN: OTRO: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: CARGO DEL REPRESENTANTE LEGAL: MARCA MODELO AÑO PLACAS TIPO .

Artículo ANEXO (32/37)

AMBULANCIA: OTRO: VEHÍCULOS. . . TERRESTRES AMBULANCIA: OTRO: AMBULANCIA: OTRO: AMBULANCIA: OTRO: DESCRIPCIÓN OTROS MEDIO DE TRANSPORTE (embarcaciones, aeronaves, etc. NOMBRE DOC.ID. PROFESIÓN TIPO CONTR. FECHA TERMINACIÓN: 28 DIC 208 20544387] RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No 24 INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO DEL EMBLEMA PROTECTOR DE LA MISION MEDICA El Ministerio de Salud y Protección Social busca dar una respuesta adecuada frente al acelerado incremento de infracciones a la Misión Médica en Colombia, por esta razón se ha diseñado un modelo para que tas entidades responsables implementen un formato con el propósito de registrar, analizar y autorizar, si es el caso, el uso del Emblema r de la Misión Médica en Colombia. Radicación N*: Es el número consecutivo que cada Secretaría de Salud Departamental o Distrital, dará en estricto orden a las solicitudes recibidas por parte de las entidades que desean utilizar el Emblema de la Misión Médica. Fecha: Corresponde a la fecha en que se hizo la solicitud, registrando: DD: día, MM: mes y AA: año. Institución; Es el nombre de la institución de salud que solicita autorización para utilizar el Emblema de la Misión Médica. Pública / Privada: Marcar con una (X), según corresponda a la naturaleza jurídica de la institución que solicita autorización para utilizar el Emblema de la Misión Médica. Municipio / Departamento: Es el lugar en el cual está ubicada la institución solicitante. Perfil Institucional: Corresponde al tipo de actividades que desarrolla la institución solicitante.

Artículo ANEXO (33/37)

ASISTENCIAL: Si la institución hace labor de asistencia en salud a personas, TRASLADO: Si la institución hace traslado de pacientes, PROMOCION Y PREVENCIÓN: Si la institución lleva a cabo labores de promoción de salud y prevención de enfermedades a la comunidad. OTRO: Si la institución lleva a cabo otra labor de salud a las personas. Nombre de! Representante Legal: Corresponde al nombre completo del Representante Legal de la Institución que solicita utilizar el Emblema de la Misión Médica. CARGO: Es el cargo que ocupa el Representante Legal en la institución solicitante. Vehículos: Corresponde a la información de los vehículos que la institución solicitante desea señalizar con el Emblema de la Misión Médica, registrando: Marca, Modelo, Año, Placas. Se debe marcar (X ) si el vehículo es una Ambulancia u anotar en -Otro- si tiene un uso diferente al de ambulancia. Descripción otros Medios de Transporte: Se refiere a aquellos medios de transporte terrestre, aéreo, fluvial y marítimos destinados exclusivamente al transporte de heridos o enfermos, del personal sanitario y del equipo O material sanitario como embarcaciones, aeronaves y otros que la institución desea señalizar con el Emblema de la Misión Médica. Se recomienda anotar el tipo, marca, modelo o cualquier dato que permita su identificación. Instalaciones: Se refiere a las unidades sanitarias que la Institución desea señalizar con el Emblema de la Misión Médica. Descripción: Corresponde al tipo y nombre de la edificación: Hospital, Clínica, Centro de Salud, etc. Ubicación: Se refiere a la dirección de la edificación.

Artículo ANEXO (34/37)

Personal Sanitario: Son todas las personas profesionales de la salud y otras disciplinas, con vinculación laboral 6 civil, que ejercen funciones sanitarias en el marco de la misión humanitaria, en situaciones o zonas de conflicto armado u otras situaciones de violencia que afecten la seguridad pública, desastres naturales y otras calamidades. a las cuales la institución está solicitando autorización para que porten el Emblema de la Misión Médica. Nombre: nombre completo (nombres y apellidos). Documento de Identidad: número de la cédula de ciudadanía, pasaporte o cédula de extranjería. Profesión: Es la profesión u oficio que desempeña cada persona al interior de la institución solicitante. Cargo: Es el cargo que ocupan en la institución solicitante. Tipo de Contratación: Es el tipo de contratación (de planta o de contrato) por la cual están vinculadas a la institución solicitante. Fecha Terminación: Es la fecha en la cual termina la vinculación laboral con la institución: día, mes y año. EN CASO DE NO ALCANZAR LOS ESPACIOS PARA REGISTRAR AL PERSONAL, FAVOR ANEXAR UN LISTADO ESPECIFICANDO LOS DATOS SOLICITADOS. Autorización del Uso del Emblema: Es un espacio para uso exclusivo de la entidad facultada para autorizar o no el uso del Emblema de la Misión Médica. Autorización del uso del Emblema: Es un espacio para uso exclusivo de la entidad facultada para autorizar o no el uso del Emblema de la Misión Médica. Autorizado: S!: Corresponde a la decisión afirmativa de autorización del uso del Emblema de la Misión Médica a la institución solicitante. NO: Corresponde a la decisión negativa de autorización del uso del Emblema de la Misión Médica a la institución solicitante. Ente que autoriza: Corresponde a la entidad facultada para autorizar o no el uso de! Emblema de la Misión Médica.

Artículo ANEXO (35/37)

Nombre del Responsable: Corresponde al nombre completo (nombres y apellidos) de la persona responsable en la entidad facultada para autorizar o no el uso del Emblema de la Misión Médica. Cargo: Es el cargo que ocupa la persona responsable que firma la autorización. Fecha de autorización: Es el día a partir del cual se autoriza el uso del Emblema de la Misión Médica a ta institución que lo ha solicitado, día, mes y año. Vigente hasta: Es la fecha hasta la cual se autoriza el uso del Emblema de la Misión Médica a la institución que lo ha solicitado, DD: día, MM: mes, AA: año. Firma: Corresponde a la firma de la persona responsable en la entidad facultada para autorizar o no el uso de! Emblema de la Misión Médica. a ar48r 2 8 DIC 201 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No 25 FORMATO DE TARJETA DE IDENTIDAD FOTOGRAFIA DEL TITULAR MISION TARJETA DE MEDICA IDENTIDAD Nombre: : Documento de Identidad: F. Nacimiento Sexo Grupo Sanguineo y Rh: Estatura: El titutar de esta tarjeta está protegido por los convenios de Ginebra de 1949, sus Protocolos Adicionales de 1977 y la Resolución 1020 del 5 de agosto de 2002, del Ministerio de Salud de Colombia, relativo a la protección de ta Misión Médica en los conflictos armados no internacionales, en su calidad de: Cargo: Entidad: F.

Artículo ANEXO (36/37)

Expedición: Vigente hasta: No. de la Tarjeta Firma del Titular Autoridad que expide Modelo de tarjeta de identidad Formato: 108 mm x 140 mm (4 hoja tamaño carta) 2104481 2 8 DIC 209 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No 26 FORMATO DE REPORTE DE INFRACCIONES E INCIDENTES A LA MISIÓN MÉDICA EN COLOMBIA Antes de diligenciar el formulario, por favor lea el instructivo | Infracción | Incidente Departamento: Fecha ocurrencia: Lugar: Municipio: Zarzal Departamento: Institución afectada: Publica: __ Privada:__. ¡Hospital __. Puesto de salud: __ Centro de salud: __ Otra, cual: Fuente de ta información (institución o persona): ¿Las instalaciones o medios de transporte ¿El personal sanitario estaba estaban debidamente señalizados con el debidamente identificado?: Sl Emblema Protector ? Sl NO_ NO__ NOSABE:_ NO SABE: DESCRIPCIÓN DE_LA INFRACCIÓN O INCIDENTE: ¿Recibió apoyo al la institución o persona afectada? SI NO NO SABE:__ ¿Cual?: ho ns, 29 D1c 201 RESOLUCIÓN NÚMERO 4£8'1DE 2012 HOJA No 27 INSTRUCTIVO DE REGISTRO DE INFRACCIONES O INCIDENTES A LA MISIÓN MÉDICA EN COLOMBIA 1. Marque con una X si de acuerdo con el reporte se trata de una infracción o incidente. 2. Cada evento completo, se registra en un (1) solo formulario, aunque sean varias las personas involucradas en el hecho y varios los tipos de infracción. Diligencie el presente formulario con letra clara. Se incluirán casos en que funcionario o autoridad del sector hagan uso inadecuado de los bienes, equipos o vehículos identificados con Emblema Protector. 3. En la primera parte, diligencie los datos del lugar, fecha, institución en la cual se diligencia el formulario así como la persona que lo diligencia.

Artículo ANEXO (37/37)

4. En la segunda parte, se diligencian los datos del lugar, institución y fecha en la cual ocurrió la infracción. En la fuente de información anote si es la persona misma, un testigo, el responsable de la entidad, u otro de la manera más específica, o el nombre de la institución. En caso de que la fuente sea un medio masivo de comunicación, indíquelo aquí con la referencia correspondiente. 5. En la descripción, relate en palabras sencillas el hecho que constituye la infracción especificando los detalles que permitan identificar si resultaron afectadas las personas, unidades, medios de transporte o las actividades sanitarias. Cuando se trate de personas anote el cargo y si lo desea anote el nombre. Observación 1. Si no alcanzan los espacios, por favor completarlo en una hoja en blanco, Observación 2. Coloque una «X», en el espacio para informar si las personas, medios o unidades afectadas estaban debidamente identificados, o en entidades que tengan autorizado el uso del emblema de la Cruz Roja, si este las identificaba en el momento de la infracción. En caso de no saberlo no marque ninguna opción.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

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