Por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución 3580 de 2007

Resolución · 4478 · 2007-12-03 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–3 de 3

Artículo 1

Modificar el artículo 2º de la Resolución 3580 de 2007, el cual quedará así: “ARTÍCULO SEGUNDO. COMPOSICIÓN. El Comité de Conciliación, estará conformado por los siguientes funcionarios: 1. Miembros con voz y voto: - El Viceministro de Relaciones Laborales como delegado del Ministro de la Protección Social, quien lo presidirá, - La Secretaría General del Ministerio de la Protección Social como ordenador del gasto, - El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo, - El Jefe de la Unidad Especial de Inspección, Vigilancia y Control de Trabajo, como funcionario del Nivel Directivo, RESOLUCION NUMERO 4478 DE 2007 Por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución 3580 de 2007 - El Director General de Promoción Social, como funcionario del Nivel Directivo. PARÁGRAFO PRIMERO: La participación de los integrantes de este Comité es indelegable. PARÁGRAFO SEGUNDO: Por su condición jerárquica y funcional, también concurrirán al Comité de Conciliación, con voz pero sin voto: - El Jefe de la Oficina de Control Interno. - El Secretario Técnico del Comité -Los apoderados que representen judicialmente los intereses del Ministerio dela Protección Social, en cada caso que se someta a consideración del Comité . (...)”

Artículo 2

Publicación. Este Acto Administrativo, deberá publicarse en la página Web institucional del Ministerio.

Artículo 3

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el articulo 2 de la Resolución 3580 de 2007, en lo que respecta a la composición del Comité de Conciliación.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por pdftotext; revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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