Por la cual se establecen los términos y condiciones para el desarrollo de la operación de compra de cartera con cargo a los recursos administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).

Resolución · 4373 · 2017-11-02 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–25 de 25

Artículo ANEXO (14/18)

Ejemplo: 2014-01-31 11 [Número total de registros del 10 N | Debe corresponder a la cantidad de registros | Sl detalle contenidos en el archivo tipo 2, contenidos en el archivo. 12 ¡Valor total de las facturas 22 D [Corresponde a la sumatoria del campo | Sl “Valor total factura” de jos registros Tipo 2. El formato. de este campo permite 2 decimales opcionales, el separador de decima! es el punto, no debe ser negativo, ni igual a cero. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 12340500.45 13 [Valor total reconocido de las |22 D [Corresponde a la sumatoria del campo| Sl facturas “Valor reconocido de la factura” de los ] registros Tipo 2. El formato de este campo permite 2 decimales opcionales, el separador de decimal es el punto, no debe ser negativo, ni igual a cero. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 12340500.45 1.2.2 REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE DE FACTURAS Mediante el Registro Tipo 2, la EPS o CCF reponta el detaile de las facturas de IPS que serán objeto del procedimiento de compra de cartera. - 1 Nov 2017 RESOLUCION NÚMERO “-* 604 373 DE 2017 HOJA No. 16 EJEA 3 Zag E No. Nombre del campo DE ge Valores permitidos 2 CE P ES E - a 1 |Típo de registro 1 N |2: valor que significa que el registro es de| SI detalle 2 | Consecutivo de registro 10 N [Número consecutivo de registros de detalle | SI dentro del archivo. inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 3 |Prefijo de la factura 6 A | Prefijo de la factura, en caso de no tener NO prefijo, dejar en blanco 4 | Número de la factura 20 N | Número de la factura El] 5 | Fecha de emisión de la factura 10 F [En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (15/18)

Fecha en la cual] SI se emitió la factura por parte de la IPS. La fecha, debe ser igual o anterior a la fecha de corte del nombre del archivo. 6 |Forma de contratación a la cual | 1 N |1: Capitación sl corresponde la factura 2: Evento — otra 7 | Valor de la factura 15 D [Valor de la factura. Si El formato de este campo permite 2 decimales opcionales, el separador de decimal es el punto, no debe ser negativo, ni igual a cero. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: +2340500,45 8 |Valor reconocido de la factura 15 D [Valor reconocido de la factura. S| El formato de este campo permite 2 decimales opcionales, el separador de decimal es el punto, no debe ser negativo, ni igual a cero. No debe utilizarse el separador de miles. Ejemplo: 12340500 45 CAPITULO 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a.

Artículo ANEXO (16/18)

b. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A- Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. El separador de campos debe ser coma (,) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial coma (,). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos comas, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1,,dato3 Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. - 1 NOY 2017 RESOLUCION NÚMERO * - 004373 DE2017 HOJA No. 17 h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. i. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo se deben entender como el tamaño máximo del campo, es s decir que tos datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. j. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios.

Artículo ANEXO (17/18)

k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la voca! 'O' la cual es un carácter diferente a cero. Ll Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro

Artículo ANEXO (18/18)

m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. CAPITULO 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá dé la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Si el reportante aún no tiene usuario debe solicitarlo al siguiente enlace: http: //web.sispro.gov.co/Sequridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes. aspx La Plataforma PISIS recibirá los archivos correspondientes a los anexos definidos en esta resolución, donde se valida ta estructura de los archivos, se retroalimenta a las entidades sobre esta validación y envía los archivos cuya estructura es correcta al componente de validación de reglas de negocio y carga de información en el aplicativo de Compra de Cartera - COC. Se entenderá cumplida la obligación de este reporte con la carga exitosa del archivo en el sistema de COC desde el cual, la entidad reportadora recibirá el correo electrónico correspondiente. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Se encuentra en el siguiente correo electrónico: soportepisis4minsalud.qov.co Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de las Leyes Estatutarias 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, Ley 1712 de 2014 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan.

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2017.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 47), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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