Artículo 1
Modifícase el artículo 1% de la Resolución 3544 de 2009, modificatorio del parágrafo del artículo 11 de la Resolución 779 de 2006, el cual quedará asi: “Parágrafo. A partir del quinto año de entrada en vigencia del reglamento técnico que se establece en la presente resolución, los trapiches paneleros, deberán envasar individualmente o por unidades de panela”.