Artículo 1
Modificar el artículo 1% de la Resolución 3778 del 30 de agosto de 2011 adicionando los siguientes parágrafos, así: “Parágrafo 2”. Los afiliados al Régimen Subsidiado que superen los puntos de corte establecidos en el presente artículo, con ocasión del resultado obtenido en la actualización del puntaje Sisbén Metodología Ill, hasta tanto se finalice el barrido del Sisbén IV continuarán afiliados a dicho régimen, sin perjuicio de que las entidades territoriales, en el marco de sus competencias, continúen ejecutando las acciones de verificación y depuración de los beneficiarios del Régimen Subsidiado, en relación con circunstancias diferentes a las aquí señaladas”. Parágrafo 3". Las personas cuyo puntaje actualizado del Sisbén Metodología II! les determine como posibles beneficiarios del subsidio en salud, podrán afiliarse al Régimen Subsidiado.