Por medio de la cual se modifica la Resolucion 59 de 2020 en relación con las especificaciones para el reporte de la información al Sistema Nacional de Residencias Médicas al Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud — ReTHUS

Resolución · 408 · 2022-03-14 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 21–33 de 33

Artículo ANEXO (20/32)

Valores permitidos: 1 CC: Cédula de ciudadania CE: Cédula de extranjería PA: Pasaporte Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. El Número de identificación del residente beneficiario Número de identificación del residente a quien se le hace el giro, previamente debe estar inscrito en el ReTHUS. No se permiten puntos, comas o guiones. Si Días de residencia en el periodo a reportar Número de días en el periodo que deberán ser ¡reconocidos al residente en el marco del contrato especial para la práctica formativa, descontando los dias de suspensión del contrato dentro del periodo a reportar. Debe ser un valor mayor o igual a cero (0) y menor o igual a treinta (30). Si RESOLUCIÓN NÚMERO; y ¿446408 pe 20221 4 MAR 20HOJA No 16 Ba ES 3 ZEElo A e No. Nombre del campo EJES $ Él Valores permitidos 2 o -= o 383 2 Valor a girar 10 Valor del apoyo de sostenimiento educativo mensual en el marco del contrato especial para la 5 N | práctica formativa, correspondiente al número de | Sl días reportado en el campo 4 (días de residencia en el periodo a reportar). b.3 REGISTRO TIPO 3 - TERMINACIÓN REGISTRO DE DETALLE DE NOVEDADES DE SUSPENSIÓN O Mediante el Registro Tipo 3, las entidades reportan el detalle de la información de novedades, estos registros serán rechazados cuando no se hayan recibido los soportes documentales de las novedades de suspensión del residente. Los registros tipo 3 se identifican únicamente mediante los campos 2, 3 y 8, por lo cual estos no deben repetirse. B0Í o Z¿ÉE o 2 No.

Artículo ANEXO (21/32)

Nombre del campo E E 5 ¿ Valores permitidos El id o 33 2 Tipo de registro 1 N | 3: valor que significa que el registro es de detalle 0 de novedades. sI Consecutivo de 10 N | Número consecutivo de registros de detalle dentro registro del archivo. Continúa en el siguiente consecutivo 1 en que terminó el anterior registro de detalle y va] Sl incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Tipo de identificación 2 A | Tipo de identificación del residente a quien del residente corresponde la novedad. Valores permitidos beneficiario CC: Cédula de ciudadanía CE: Cédula de extranjería 2 PA: Pasaporte si Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran tos valores permitidos. Número de 17 A [Número de identificación del residente a quien identificación del corresponde la novedad, quien deberá estar Si 3 residente beneficiario inscrito previamente en el ReTHUS. No se permite puntos, comas o guiones. Tipo de novedad que 1 A | Código del tipo de novedad. afecta el Valores permitidos reconocimiento del apoyo de SN: Novedades de suspensión no renumeradas 4 sostenimiento SR: Novedades de suspensión remuneradas Si educativo mensual al residente TE: Novedades de terminación Ver la tabla de referencia RMTipoNovedad en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. RESOLUCIÓN NÚMERO, 430408 De 2022 14 MAR 2GJQ4A No 17 5 Novedad del contrato 3 A |Novedad de acuerdo con lo señalado en los especial para lá artículos 11 y 12 de la Resolución 1872 de 2019, práctica formativa modificada por la Resolución 1052 de 2020. + | Valores permitidos.

Artículo ANEXO (22/32)

Para el tipo de novedad SN: 114: Cancelación del periodo académico 115: Aplazamiento del programa 116: Aplicación de sanciones disciplinarias o contra la ética médica 117: Rendimiento académico que implique suspensión del programa. Para el tipo de novedad SR: 111: Licencia de maternidad 112: Licencia de paternidad :113: Incapacidades médicas remuneradas por la EPS 118: Incapacidades médicas remuneradas por la ARL Para el tipo de novedad TE: 121: Actualización de la fecha de terminación causada por la afectación al cronograma de práctica como consecuencia de una novedad. 122: Terminación por vencimiento del contrato. 123: Terminación por no renovación de matricula. 124: Terminación por cumplimiento de requisitos de grado. 125: Terminación por retiro voluntario del residente. 126: Terminación por retiro «o expulsión del estudiante por parte de la institución de educación superior. 127. Terminación por falta grave del residente, cometida en el escenario de práctica. 128: Terminación por aplicación de falta disciplinaria al residente que implique suspensión del ejercicio profesional y que impida el desarrollo o culminación del programa. 129: Terminación del convenio docencia servicio. 130: Terminación por concepto no favorable del escenario de práctica. 131: Terminación por incapacidad física o mental del residente. SI Ver la tabla de referencia: RMCodigoNovedad en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Si se trata de la novedad incapacidades médicas remuneradas por la EPS (113) solo se deben relacionar a partir del día 3.

Artículo ANEXO (23/32)

Si se trata de la Novedad de Actualización de la fecha de terminación causada por la afectación al cronograma de práctica como consecuencia de una novedad (121) tipo (TE), en el mismo anexo técnico y para el mismo residente; debe existir uno o varios registros tipo 2 Novedades de suspensión o terminación y los días que se adicionen mediante la modificación de la fecha de terminación, no RESOLUCIÓN NÚMERO 136408 DE 2022 4 MAR 200% No 18 Nacional del Talento Humano en Salud ReTHUS.” 3EÉ 3 No. Nombre del campo E E $ 2 Valores permitidos 2 SE FS vu x pueden ser superiores a los días afectados por la novedad. Días calendario del 2 N |La suma del campo 4 del registro tipo 2 (Días de periodo relacionados residencia en el periodo a reportar) más este 6 [con el tipo de campo debe ser igual a 30. SI novedad en el periodo a reportar Identificador único de 10 N [Este identificador debe ser único asignado por la 7 la novedad de IES y no debe repetirse en los registros tipo 3 Si suspensión asignado enviados en las diferentes fechas de corte por la por la JES misma lES. Fecha ¡inicial de la 10 F [En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la 8 novedad fecha en la cual inicia la novedad dentro del si periodo. Esta fecha debe ser mayor o igual a la fecha inicial del registro de control. Fecha terminación de 10 F [En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la la novedad fecha en la cual finaliza la novedad dentro del período.

Artículo ANEXO (24/32)

Esta fecha debe ser menor o igual a la 9 fecha final en el registro de control. si Si el tipo de novedad es terminación (TE), esta fecha debe ser igual a la fecha inicial de la novedad (campo 8). b.4 REGISTRO TIPO 4 - REGISTRO DE DETALLE DE NOVEDADES DE CAMBIO DE ESCENARIO BASE Mediante el Registro Tipo 4, las entidades reportan el detalle las novedades de cambio de escenario base. Estos registros serán rechazados de no haberse recibido los soportes documentales de la novedad de cambio de escenario base del residente. Los registros tipo 4 se identifican únicamente mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. UuÉ£ $ ZÉ£E o E No. | Nombre del campo | Dx $ 3 Valores permitidos E 383 Z 0 Tipo de registro 1 N | 4: valor que significa que se registra la si novedad de cambio de escenario base. Consecutivo de registroj 10 N |] Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Continúa en el siguiente 1 consecutivo en que terminó el anterior registro | Si de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Tipo de identificación 2 A | Tipo de identificación del residente a quien se del residente le modifica el escenario base. Valores beneficiario permitidos CC: Cédula de ciudadania 2 CE: Cédula de extranjería Si PA: Pasaporte Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. RESOLUCIÓN NÚMERO ,150408 DE 2022 44 MAR 2d JA No 19 326 g No. | Nombre del campo Ej 5 2 Valores permitidos E Sé3 É Número del 17 A | Número de identificación del residente a quien 3 identificación del se le modifica el escenario base. si residente beneficiario No se permiten puntos, comas o guiones.

Artículo ANEXO (25/32)

Código del prestador de 12 A | Código del nuevo escenario base incluyendo el servicios de salud — código de la sede correspondiente al prestador 4 | nuevo escenario base de servicios de salud, el cual debe existiren el | SI Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS). Tipo de identificación 2 A | Tipo de identificación del nuevo escenario 5 | del prestador de base - prestador de servicios de salud, Si servicios de salud NINIT Número de 12 N |Número de identificación tributaria del nuevo 6 identificación del escenario base - prestador de servicios de si prestador de servicios salud, sin incluir el dígito de verificación. de salud Fecha inicial del 10 F [En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder escenario base a la fecha en la cual se inicia el cambio del 7 escenario base dentro del periodo. Esta fecha debe ser mayor o igual a la fecha inicial del registro de control y menor o igual a la fecha de corte del archivo. b.5 REGISTRO TIPO 5 - REGISTRO DE DETALLE DE NOVEDADES DE CUENTA BANCARIA DEL RESIDENTE Mediante el Registro Tipo 5, las entidades reportan el detalle de la información de la novedad de cambio de la cuenta bancaria del residente para giro del apoyo de sostenimiento educativo mensual. Estos registros serán rechazados cuando no se hayan recibido los soportes documentales de la novedad de cuenta bancaria del residente. Los registros tipo 5 se identifican únicamente mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. Da 3 2 £ al £ Les 3 No. | Nombre del campo EJES 3 3 Valores permitidos 20 SÉ E 0 Tipo de registro 1 N 5: valor que significa el registro de la SI novedad de cambio de cuenta bancaria. Consecutivo de 10 N Número consecutivo de registros de detalle registro dentro del archivo, Continúa en el siguiente 1 consecutivo en que terminó el anterior | SI registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.

Artículo ANEXO (26/32)

Tipo de 2 A | Tipo de identificación del residente identificación del beneficiario sujeto a cambio de la cuenta residente bancaria. Valores permitidos: beneficiario CC: Cédula de ciudadanía 2 CE: Cédula de extranjeria El] PA: Pasaporte Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. lá RESOLUCIÓN NÚMERO 36408 DE 2022 4 MAR 290499 No 20 especificaciones para el reporte de la información al Sistema Nacional de Residencias Médicas al Registro Único ER E 2£ =| 2 de $ No. Nombre del campo EJES s| É£ Valores permitidos Zo 38€ Z Número de 17 A [Número de identificación del residente 3 identificación del beneficiario quien cambia de cuenta Si residente bancaria. beneficiario No se permiten puntos, comas o guiones. Código de la entidad 4 N Código de la entidad financiera de ta nueva financiera de la cuenta del residente beneficiario a la cual se nueva cuenta del gira el valor del apoyo de sostenimiento residente educativo mensual. 4 beneficiario Si Ver la tabla de referencia CMACodigoEntidadFinanciera en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Tipo de cuenta 1 A Tipo de la nueva cuenta bancaria del bancaria de la nueva residente. cuenta del residente C: Cuenta corriente beneficiario A: Cuenta de ahorro 5 E Ver la tabla de referencia CMATipoCuentaBancaria en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Número de la nueva 20 N |Número de la nueva cuenta bancaria del cuenta bancaria del residente beneficiario a la cual se gira el 6 residente valor del apoyo de sostenimiento educativo si beneficiario mensual.

Artículo ANEXO (27/32)

No se permiten espacios, puntos, comas o guiones. b.6 REGISTRO TIPO 6 - REGISTRO DE DETALLE DE NOVEDADES DE RECESO REMUNERADO POR AÑO ACADÉMICO QUE LA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONTEMPLE PARA EL PROGRAMA Mediante el Registro Tipo 6, las entidades reportan el detalle de la información de la novedad de vacaciones por el periodo que la institución de educación superior contemple para el programa, sin que exceda de quince (15) dias hábiles por año académico, a que hace referencia el numeral 5,4 del artículo 5de la Ley 1917 de 2018, estos registros serán rechazados cuando no se hayan recibido los soportes documentales de la novedad de cuenta bancaria del residente. Los registros tipo 6 se identifican Únicamente mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. Te h-] ZEs| 2 mm S No. | Nombre del campo 9x3 É Valores permitidos Zo o € o pas] a Tipo de registro 1 N 6: valor que significa el registro de la novedad 0 de receso remunerado por año académico Si que la institución de educación superior contemple para el programa. Consecutivo de 10 N Número consecutivo de registros de detalle registro dentro del archivo. Continúa en el siguiente 1 consecutivo en que terminó el anterior registro | Sl de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. í RESOLUCIÓN NÚMERÓ: v ú on y 0408 DE 2022 4 4 MAR 209% No 21 especificaciones para el reporte de la información al Sistema Nacional de Residencias Médicas al Registro Único A 2 ZÉ£ sl a E No. | Nombre del campo D%3 É Valores permitidos 20 o € o J3 (“4 Tipo de 2 A | Tipo de identificación del residente identificación del beneficiario sujeto a cambio de la cuenta residente bancaria.

Artículo ANEXO (28/32)

Valores permitidos: beneficiario CC: Cédula de ciudadania 2 CE: Cédula de extranjería El PA: Pasaporte Ver la tabla de referencia TipolDTICCCEPA en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Número de 17 A - [Número de identificación del residente 3 identificación del beneficiario quien cambia de cuenta bancaria. si residente No se permiten puntos, comas o guiones. beneficiario Fecha Inicial del año [10 En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder | SI académico al cual a la fecha en la cual inicia el año académico al corresponde la cual corresponde el receso de vacaciones. Novedad. Esta fecha debe ser mayor o igual a la fecha inicial de la residencia. En caso que exista previamente un registro novedad del derecho a vacaciones, y el campo 4 7 del registro anterior es igual a "p”, el registro debe ser igual a la fecha inicial del campo "Fecha Inicial del año académico al cual corresponde la Novedad” del registro anterior; si es valor del campo es "t" debe ser mayor a la fecha final campo 5 “Fecha Final del año académico al cual corresponde la Novedad” del registro anterior. Fecha Final del año 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe | SI académico al cual corresponder a la fecha en la cual termina el 5 corresponde la año académico al cual corresponde el receso novedad. de vacaciones. Esta fecha debe ser mayor al campo 4 del _ | presente registro. Fecha Inicial de la 10 F TEnformato AAAA-MM-DD. Debe corresponder | Sl 6 novedad de receso a la fecha en la cual inicia el receso de vacaciones. Fecha Final de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe | SI novedad de receso corresponder a la fecha en la cual inicia el 7 de vacaciones receso de vacaciones Esta fecha debe ser mayor al campo 6 del presente registro. Fecha Final de la | 10 F En formato AAAA-MM-DD.

Artículo ANEXO (29/32)

Debe | SI novedad de receso corresponder a la fecha en la cual inicia el 8 de vacaciones receso de vacaciones Esta fecha debe ser mayor al campo 6 del presente registro. Días calendario del 2 N [Número de días del receso de vacaciones. periodo 9 relacionados con Si novedad de receso de vacaciones a reportar Tipo de receso 1 A |T: Con el registro se completa el receso de un año académico. 7 P: Para el registro que no completan los 15 si días hábiles para el periodo académico. eS RESOLUCIÓN NÚMERG. ., y 306408 DE 2022, 4 MAR op y PA No 22 2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato corresponden a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión .txt C. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d. El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará así: dato1]|dato3. f Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial.

Artículo ANEXO (30/32)

9. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. l Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Í Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. L Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. 3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad. Registrar entidad: https: //web. sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS.

Artículo ANEXO (31/32)

Registro de usuarios institucionales en línea: https://web. sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEG500Us$SIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en https://web.sispro.gov.co Control de calidad de los datos "La plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: . Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. RESOLUCIÓN NÚMERÓ -: 20408 De 2022 4 Mar 20IJ0%A No 23 Nacional del Talento Humano en Salud -- ReTHUS.” . Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación, se realiza el contro! de calidad de contenido e integridad de la información y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte, una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda -Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: httos://www.sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: j https://web.sispro.gov.co/WebPublico/ExplorarCarpetas.aspx?pCarpeta=GuiasUsuariospTitle=Guias de Usuario

Artículo ANEXO (32/32)

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La periodicidad del envío de información es mensual, entre el tercer (3) día y el octavo (8) día calendario del mes siguiente a la ocurrencia de la novedad. En caso de no tener giros y novedades de residentes en el mes, se reportará el respectivo archivo con solo el registro de control y número de registros de detalle en cero (0). Periodo de la Información a reportar Plazo para enviar el archivo plano Fecha Inicial Fecha de Corte Desde: Hasta: 2020-07-01 2020-07-31 2020-08-03 2020-08-08 2020-08-01 2020-08-31 2020-09-03 2020-09-08 Y asi sucesivamente: Primer día Último día calendario del | Tercer día calendario | Octavo día calendario calendario del mes [mes del siguiente mes del siguiente mes

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2022.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 42), consultado el 2026-10-22. Numeración de 1 artículo(s) corregida por posición (error de lectura del número en el PDF). Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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