Artículo 1 (1/19)
Modifíquese el artículo 7 de la Resolución 2053 de 2019, modificado por la Resolución 1653 de 2023, el cual quedará así: "Artículo 7. Requisitos para la expedición del concepto técnico de viabilidad: Para solicitar el concepto técnico de viabilidad a este Ministerio, la entidad respectiva deberá presentar, de acuerdo con la clase de proyecto, como mínimo, los siguientes documentos: 7.1 Proyectos que deban ser presentados al Ministerio de Salud y Protección Social 7.1.1 Requisitos generales para todo proyecto Carta de presentación suscrita por la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tengan a cargo dichas competencias y por la gerencia de la Empresa Social del Estado, lo cual puede ser en el mismo documento o en documento separado, dirigida al Ministerio de Salud y Protección Social, especificando nombre del proyecto, valor total, entidad (es) que participan en su financiación, fuentes de financiación, montos respectivos e instancia que ejecutará el proyecto. Cuando sea el caso, el acta resultante de las mesas de trabajo que se adelanten con las entidades territoriales y/o Empresas Sociales del Estado hará las veces de carta de presentación, previo cumplimiento de los requisitos del parágrafo 3 del presente artículo. Proyecto debidamente diligenciado en el formato Metodología General Ajustada - MGA versión web. Concepto técnico emitido por la respectiva Secretaría de Salud Departamental o distrital, o la entidad que tenga a su cargo dichas competencias en las que se indique la conveniencia del proyecto, planteamiento del problema, antecedentes, justificación, análisis de participantes, objetivos (general y específicos), cronograma de actividades físicas y financieras y descripción de la alternativa seleccionada.