Artículo 1
Adicionase un numeral al artículo 3 de la Resolución 2184 de 2016, asi: “3.4 Las Empresas Sociales del Estado de nivel territorial que se relacionan en el Anexo Técnico 4 del presente acto administrativo y que se encuentran ejecutando un Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero viabilizado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la entrada en vigencia de la presente Resolución, mantendrán la categorización del riesgo por la cual se sometieron a dicho Programa, con fundamento en la evaluación efectuada por ese Ministerio.”