Condiciones de operación de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada "Compromiso Salud Liquidez" de FINDETER. Las condiciones de operación de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada "Compromiso Salud Liquidez" de FINDETER, son las siguientes:
Monto estimado de la línea de redescuento $172.725.000.000 Compensación tasa — recursos del Ministerio $17.600.000.000 de Hacienda y Crédito Público Financiación 100% del crédito Tasa de redescuento IBR + 0% M.V. Tasa final máxima IBR + 4% M.V. Plazo Hasta 5 años Periodo de gracia a capital Hasta 1 año Vigencia Hasta agotar los recursos o 31 de diciembre de 2022
Parágrafo El monto estimado de Línea de Tasa Compensada denominada "Compromiso Salud Liquidez" de FINDETER para las EPS y las IPS será de CIENTO SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTICINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($172.725.000.000). Sin embargo, el valor final de la línea será el que resulte de la colocación efectiva bajo las condiciones financieras aplicables a cada redescuento.
Parágrafo Las garantías, la tasa de interés final y demás condiciones para el otorgamiento del crédito serán establecidas por la entidad financiera a la entidad beneficiaria del crédito.
Artículo Responsabilidades del sector para la activación de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada "Compromiso Salud Liquidez" de FINDETER. Para la activación de la línea se deberá remitir la siguiente información:
6.1 La Superintendencia Nacional de Salud remitirá la relación de EPS e IPS que no se encuentren en retiro voluntario, liquidación o en una medida administrativa de intervención forzosa para liquidar.
' 6.2 Con base en la información reportada, este Ministerio elaborará el listado agregado de potencial beneficiario de la línea de crédito con tasa compensada, el cual será remitido a FINDETER, y podrá ser actualizado de acuerdo con el reporte de información financiera ante la Superintendencia Nacional de Salud, así como las que se encuentren inscritas dentro del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud - REPS.
Artículo Procedimiento para el acceso a los recursos. El acceso a los recursos de la línea de crédito de redescuento con tasa compensada "Compromiso Salud Liquidez" de FINDETER, se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
7.1 Las EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, las IPS privadas y mixtas, y las Empresas Sociales del Estado incluidas en el listado a que hace referencia el
et~ RESOLUCIÓN Nt1Jteo42 0351 DE _ 1 MAR 2022 2022 HOJA No 4
numeral 6.2 del artículo 6 de la presente resolución, presentarán la solicitud del crédito, anexando los documentos exigidos por la entidad financiera, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
7.2 Los beneficiarios de la presente línea con tasa compensada deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento para Operaciones de Crédito de Redescuento de FINDETER, que se encuentre vigente. En el evento que los beneficiarios sean Empresas Sociales del Estado que cuenten con Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero viabilizado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o aquellos categorizados en riesgo medio o alto que se encuentren adelantando el proceso de viabilidad del programa deberán informar a dicho Ministerio sobre la fuente a sustituir de este. Dicha cartera Ministerial deberá emitir comunicación dirigida a FINDETER, en donde informe que revisado el programa en ejecución o la versión preliminar de la propuesta para viabilidad o modificación del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero de la ESE, encuentra que la operación de crédito afecta o no afecta el cumplimiento de los compromisos asumidos por la ESE. El desembolso del crédito estará supeditado a la viabilidad del programa o a la aprobación de la modificación de este por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
7.3 Una vez FINDETER verifique el listado a que refiere el numeral 6.2 del artículo 6 del presente acto administrativo, informará a los potenciales beneficiaros para continuar con el trámite de solicitud de crédito ante la entidad financiera.