Por la cual se realiza una segunda convocatoria para la selección de losrepresentantes al Consejo Nacional de Discapacidad — CND, de las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, señalados en el literal d) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, conforme al proceso previsto en la Resolución 3393 de 2015.

Resolución · 3375 · 2016-08-01 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–20 de 20

Artículo 1

Objeto. Realizar una segunda convocatoria pública nacional para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad - CND, de las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, señalados en el literal d) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, para el periodo 2016 — 2020, conforme con lo expuesto en la parte motiva, así: — Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad visual. 2. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad mental. 3. Un (1) representante de las organizaciones de personas con discapacidad múltiple. Parágrafo. Los representantes de que trata el literal d) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, que hayan fungido como consejeros ante el Consejo Nacional de Discapacidad por el período 2011 a 2015 en representación de las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, podrán ser nuevamente elegidos, conforme a lo establecido en el parágrafo 1 del precitado artículo, para lo cual deberán surtir el proceso de convocatoria aquí previsto.

Artículo 2

Criterios y mecanismo de evaluación. El porcentaje asignado a cada uno de los criterios de evaluación señalados en el artículo Y de la Resolución 3393 de 2015, así como el mecanismo para su evaluación, se establecen en los anexos, que hacen parte integral de la presente resolución.

Artículo 3

Publicación. La Convocatoria Pública Nacional para la selección de los integrantes del Consejo Nacional de Discapacidad — CND de las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, se publicará en un diario de amplia circulación nacional, mediante un aviso en el que se indicará el sitio web en el que se podrán consultar los principios, criterios, requisitos, etapas y fechas de la convocatoria. =>

Artículo 4

Equipo Técnico. El equipo técnico encargado del proceso de selección, estará conformado por cinco (5) integrantes, así: Jefe de la Oficina de Promoción Social. La Coordinadora del Grupo de Gestión en Discapacidad de la Oficina de Promoción Social El Coordinador Grupo de Gestión Integral de Promoción Social de la Oficina de Promoción Social Dos (2) profesionales del Grupo de Gestión en Discapacidad de la Oficina de Promoción Social, Artículo 5 Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Artículo ANEXO (1/16)

JANDRY/ GAVIRIA URIBE ej Sala y Protección Social? Sy RESOLUCIÓN NUMERO 3 37 5DE 2016 - 1 AGO 2018 ágina 4 de 14 ANEXO No. 1 ASPECTOS GENERALES CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL PARA LA SELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES AL. CONSEJO NACIONAL. DE DISCAPACIDAD — CND, SEÑALADOS EN EL LITERAL D) DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY 1145 DE 2007, DE LAS ORGANIZACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL, CON DISCAPACIDAD MENTAL Y CON DISCAPACIDAD MÚLTIPLE, PARÁ EL PERIODO 2016-— 2020, EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CONVOCA A las organizaciones de representación nacional de que trata el literal d) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, correspondientes a organizaciones de representación nacional de personas con discapacidad visual, mental y múltiple, que acrediten los requisitos dispuestos en el

Artículo ANEXO (2/16)

artículo 2 de la Resolución 3393 de 2015, para que postulen sus candidatos, con el fin de realizar el proceso de selección de los representantes ante el Consejo Nacional de Discapacidad. PRINCIPIOS La selección de los representantes ante el Consejo Nacional de Discapacidad se realizará respetando los principios que rigen la actuación administrativa, entre los que se destacan los de igualdad, debido proceso, transparencia, economía, publicidad y libre concurrencia, sujetándose al desarrollo del proceso que aquí se prevé. ETAPAS La presente convocatoria se desarrollará surtiendo las siguientes etapas, así Postulación de candidatos Verificación de la documentación Evaluación Publicación de resultados Hhouon- 1. Postulación de candidatos. Las organizaciones sin ánimo de lucro de representación nacional, de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, podrán postular ante este Ministerio, sus candidatos al Consejo Nacional de Discapacidad, durante un término de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación en un diario de amplia circulación nacional de la presente convocatoria, para lo cual deberán tener en cuenta lo dispuesto en los parágrafos 1 y 3 del

Artículo ANEXO (3/16)

artículo 2 de la Resolución 3393 de 2015. Los postulantes y sus candidatos deberán acreditar los documentos y requisitos detallados en los artículos 4 y 6 de la Resolución 3393 de 2015, los cuales deberán remitirse debidamente foliados al correo electrónico correof)minsalud.gov.co o radicarse directamente en la Carrera 13 No. 32 - 76 Piso 1 de la ciudad de Bogotá, D. C., dentro del término de postulación, el cual vencerá a las 4 p.m. del último día hábil del mismo. Adicionalmente, el candidato deberá adjuntar la propuesta temática que deberá tener una extensión máxima de dos páginas tamaño carta y debidamente diligenciado el Formato No. 3 “Autorización publicación hoja de vida y notificación por medio electrónico” Los documentos recibidos por fuera del término de postulación. no serán tenidos en cuenta. Para tal efecto, se tomará el reporte de fecha y hora del buzón o el que señale el sistema de correspondencia de este Ministerio. Los mensajes de postulaciones remitidos por correo electrónico no deben superar 6 megabytes de capacidad y en el asunto deberá indicarse: “Postulación al CND”. En caso de que la documentación a adjuntar supere el límite de capacidad establecido, deberá agregar números consecutivos al asunto a cuantos mensajes envíe según sea necesario, Vencido el término de postulación, el equipo técnico, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, publicará la lista de candidatos en la página web: www.minsalud.gov.co durante un periodo de tres (3) días calendario, con el fin de que sea conocida por la ciudadanía. 2.

Artículo ANEXO (4/16)

Verificación de la documentación. La evaluación de la documentación aportada, será realizada por el equipo técnico, durante un término de ocho (8) días hábiles, contados a partir del día siguiente del cierre de la etapa de postulación Tal proceso iniciará con la revisión de la representatividad de la organización o entidad que postula, teniendo en cuenta lo señalado en el “Formato 01 — Revisión de representación naciona". Una vez verificado el cumplimiento de este requisito, se dará continuidad a la revisión de la documentación de la organización que postula, como del candidato, de conformidad con lo señalado en el "Formato 02 — Revisión de documentos” de la presente convocatoria. 2.1 Documentos a subsanarse. En el evento de presentarse faltantes, inexactitudes o ¡legibilidad de la documentación aportada, las mismas se informarán al correo electrónico reportado por el candidato en su hoja de vida y al reportado por la organización que lo postula, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa de verificación de la documentación. con el fin de que la respectiva organización proceda a subsanarlo. Dicha documentación podrá ser dirigida dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al envío del oficio mencionado, al correo electrónico: correo(Ominsalud.gov.co o ser radicada directamente en la Carrera 13 No. 32 - 76 Piso 1, de la ciudad de Bogotá, D.C.. plazo que vencerá a las 4:00 p.m. del último día hábil del término para subsanar. En ningún caso, la corrección podrá servir para mejorar la propuesta inicial de los postulados.

Artículo ANEXO (5/16)

2.2 Causales de rechazo. Serán causales de rechazo de la postulación, las siguientes: a. No acreditar la representación nacional, en los términos dispuestos en el parágrafo 1 del

Artículo ANEXO (6/16)

artículo 2 de la Resolución 3393 de 2015. b. No aportar la documentación señalada en los artículos 4 y 6 de la Resolución 3393 de 2015, que no hubiera sido subsanada en término. c. Inexactitudes en la documentación aportada que no hubiera sido subsanada en término. d. Extemporaneidad en la entrega de los documentos de postulación. En caso que proceda el rechazo definitivo, tal circunstancia será comunicada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento de la etapa de verificación de la documentación, al correo electrónico reportado por el candidato en su hoja de vida y al reportado por la organización que lo postula, indicando las causales que dieron lugar a la decisión. Cumplido el término anterior, el equipo técnico continuará con el proceso de selección, publicando en la página web de este Ministerio, la lista de admitidos para la etapa de evaluación” y sus respectivas hojas de vida. Publicada la “lista de admitidos para la etapa de evaluación”. se establece un término de dos (2) días hábiles para recibir vía correo electrónico las reclamaciones que sean formuladas, las cuales deberán ser presentadas Únicamente al correo: correo(Ominsalud.gov.co. Dichas reclamaciones serán recibidas hasta las 4:00 p.m del término dispuesto para el efecto. El equipo técnico resolverá las reclamaciones dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, remitiendo la respuesta vía correo electrónico y fijará la “lista final de admitidos para la etapa de evaluación” en la página web de este Ministerio. 3. Evaluación. La evaluación de los candidatos se basará en los criterios señalados en el

Artículo ANEXO (7/16)

artículo 9 de la Resolución 3393 de 2015 y se desarrollará durante los ocho (8) días hábiles siguientes a la publicación de la lista final de admitidos para la etapa de evaluación. La ponderación de tos criterios establecidos, así como los mecanismos determinados para evaluar a los candidatos, se desagregan en el anexo 2. Los candidatos que conformen la “lista final de admitidos para la etapa de evaluación” serán citados a entrevista, mediante correo electrónico enviado a la dirección reportada en su hoja de vida, indicando fecha y hora de la misma. Los candidatos que residan en Bogotá D.C. deberán realizar la entrevista presencialmente en las instalaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, ubicadas en la Carrera 13 4 32-76; aquellos que residan fuera de esta ciudad presentarán la entrevista a través de medios virtuales que garanticen ambiente de

Artículo ANEXO (8/16)

artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, conforme al proceso previsto en la Resolución 3393 de 2015 videoconferencia (imagen y sonido), lo cual deberán coordinar con el equipo técnico dentro de los dos (2) días hábiles anteriores a la fecha fijada. Este Ministerio seleccionará como representantes al Consejo Nacional de Discapacidad — CND por las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, a los candidatos que en la etapa de evaluación hayan obtenido el mayor porcentaje y en caso de empate, éste se definirá teniendo en cuenta los siguientes criterios, en su orden: 1 Porcentaje obtenido en la evaluación de la propuesta temática. El empate se resolverá a favor del candidato que obtenga el mayor porcentaje en este componente. 2. Siel criterio de propuesta temática no define el empate, éste se resolverá a favor del candidato que haya obtenido el mayor porcentaje en la entrevista.

Artículo ANEXO (9/16)

4. Publicación de resultados. Una vez surtida la etapa de evaluación, el Ministerio de Salud y Protección Social publicará por dos días hábiles en su página web, “a lista de seleccionados”, término durante el cual se recepcionarán las reclamaciones respecto de la evaluación hecha a los candidatos, las cuales deberán ser formuladas al correo electrónico correo(Aminsalud.gov.co. El equipo técnico designado, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, resolverá las reclamaciones vía correo electrónico y fijará la “lista final de representantes seleccionados” en la página web. El periodo de cuatro años para los cuales serán seleccionados los representantes de que trata la presente convocatoria, regirá a partir de la fecha de su designación. AGO 2016

Artículo ANEXO (10/16)

artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, conforme al proceso previsto en la Resolución 3393 de 2015". FORMATO No. 01 REVISIÓN DE REPRESENTACIÓN NACIONAL (Este formato será diligenciado por el equipo técnico) Nombre del postulado Organización que to postula: Sector al que se postula: Fecha de recepción de documentos: Hora de recepción de documentos: Fecha de revisión: a Total pa Cubre 4 ERE as departamentos/distritos o yo distritos en més Tema Cobertura en departamentos / distritos/ avales los que tiene cobertura la organización o de avales de sí NO organizaciones del mismo sector Representatividad Nacional CUMPLE SÍ NO Notas: 1. En la segunda columna se registra el nombre de los departamentos y/o distritos en los que tiene cobertura la organización que hace la postulación ó los departamentos o distritos que avalan la postulación. 2. En la tercera columna se digita el número total que refleja la sumatoria de departamentos o distritos registrados en la columna dos. 3. Si la organización tiene una cobertura en 4 o más departamentos y/o distritos, o cuenta con avales en igual número de departamentos y distritos, continua con el proceso de selección. Observaciones: Equipo Técnico: Firma: Firma: Firma: Firma: Firma: RESOLUCIÓN NÚMERIB 375 DE 2016 y AcO 2016 Página de 14 FORMATO No. 02 REVISIÓN DE DOCUMENTOS (Este formato será diligenciado por el equipo técnico) Nombre postulado: Organización que lo postula: Sector al que se postula: Fecha de revisión: | Entrega 1 CANDIDATO No. documentos entregados/ No.

Artículo ANEXO (11/16)

El de hojas NO 1,1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía. 1.2. Inscrito en el registro RLCPD. (Esta verificación la hace el MSPS) 1.3. Hoja de vida 1.4. Certificaciones de formación académica 1.4.1. Primaria 1.4.2. Secungaria 1.4.3. Superior 1.5. Experiencia laboral 1.6. Participación ciudadana en ámbito de discapacidad e inclusión social. 1.7. Participación en espacios de construcción de políticas sociales 1.8. Propuesta de temáticas 1.9. Formato No.3______ | 2 ORGANIZACIONES QUE POSTULAN PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL, CON OISCAPACIDAO MENTAL Y CON OISCAPACIDAD MULTIPLE 2.1. Carta de presentación suscrita por el representante lega! en la que postula su candidato y el sector de discapacidad al cual se está postulando, número de afiliados que agrupa y cobertura geográfica. 2.2. Certificado de existencia y representación legal emitido por la entidad competente. 2.3. En caso que la organización que se presente agrupe o sea avalada por otras organizaciones: 2.3.1 Certificación suscrita por el representante legal en donde se especifique las organizaciones que representa indicando nombres, direcciones y teléfonos, cobertura geográfica, número total de afiliados. 2.3.2. Comunicaciones suscritas por el representante legal de las organizaciones que agrupan O avalan a la organización postulante. RESOLUCIÓN NÚMEROS 3 3 7 5De 2016. 1 AcO 2918 gina 10 de 14

Artículo ANEXO (12/16)

artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, conforme al proceso previsto en la Resolución 3393 de 2035". Observaciones: Equipo Técnico: Firma: Firma: Firma: Firma: Firma ) FORMATO No. 03 . AUTORIZACIÓN PUBLICACIÓN HOJA DE VIDA Y NOTIFICACION POR CORREO ELECTRONICO (Este formato debe ser diligenciado por la persona que se postula) identificado (a) con en mi calidad de candidato(a), autorizo al Ministerio de Salud y Protección Social a publicar en su página web, mi hoja de vida, para los fines expresamente definidos en la segunda convocatoria para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad — CND, de las organizaciones de personas con discapacidad visual, con discapacidad mental y con discapacidad múltiple, señalados en el literal d) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007, para el periodo 2016 - 2020. Así mismo, autorizo a dicho Ministerio para notificarme de todas las actuaciones que se surtan dentro de la referida convocatoria, a través de mi correo electrónico: , en los términos del artículo 56 de la Ley 1437 de 2011.Si No Para constancia se firma en la ciudad de alos ( ) del mes de de 2016.

Artículo ANEXO (13/16)

Firma cc, de An y ANEXO No. 2 ] PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN Puntuación Medio de Temas a ser Porcentaje Componente máxima verificación evaluado Subtemas máximo por obtenible subtema Formación académica 5% AA Formación en política pública, Y derechos humanos, inclusión 5% 15% social. Formación en liderazgo y/o 5% , '0 gestión 2] Participación en instancias dei Sistema Nacional de Discapacidad (Consejo Nacional de Discapacidad, Grupo de 5% Enlace Sectorial, comités Formación y 40% Documentos locales, municipales, experiencia presentados departamentales y/o distritales oo, de discapacidad) Experiencia Participación en otros Consejos relacionada |. Comités relacionados con la 5% 25% política social Participación en eventos como tallerista o conferencista, en 5% temas de politica social. Participación en trabajo de 50% liderazgo social en discapacidad Trabajos desempeñados en 5% otros campos relacionados.

Artículo ANEXO (14/16)

Estructura del Sistema Nacional 4% de Discapacidad Sistema Funcionamiento del Sistema 4% Nacional de | Nacional de Discapacidad y Discapacidad [Rol de los representantes de la j iy] 9) Conocimientos 25% Entrevista No dad civil ante el END y el 5% Ejes estratégicos 4% Política Pública | Gestión de políticas territoriales Nacional de | de discapacidad e inclusión 4% Discapacidad | social Procesos participativos 4% Sostenibilidad 7% impacto 7% ra o Propuesta 25% Documento Replicabilidad 7% temática Pertinencia 7% Uso de recursos tecnológicos y comunicativos presentes en su 7% entorno El porcentaje máximo a alcanzar por cada candidato es de 100. DESARROLLO DE LA EVALUACIÓN 1. Formación y experiencia: 1.1. Formación académica. , RESOLUCIÓN NÚMEE 3 37 5Ds 2016 - 1 AGO 201Bágina 13 de 14 Para la evaluación de este subtema se utilizará la siguiente escala: SUBTEMA NIVEL % Primaria 4 o Secundaria 2 Formación — — académica Técnica - Tecnológica 3 5% Profesional, Especialización 4 Maestría, Doctorado 5 El porcentaje a asignar corresponderá al del máximo nivel de escolaridad certificado. 1.2. Otras formaciones Formación en política pública, derechos humanos, inclusión social. Para la evaluación de este subtema se tendrá en cuenta la siguiente escala: TIEMPO % | Menor a 24 horas , 1 24 — 40 horas 2 41-72 horas 3 [73-120 horas 4 121 horas o más 5 Formación en liderazgo y/o gestión.

Artículo ANEXO (15/16)

La evaluación de este criterio, se ceñirá a la siguiente escala: TIEMPO % Menor a 24 horas 1 24 - 40 horas 2 41 - 72 horas 3 73- 120 horas 4 121 horas o más 5 1.3. Experiencia relacionada Para la evaluación de la experiencia del candidato se tendrán en cuenta los siguientes subtemas: e Participación en instancias del Sistema Nacional de Discapacidad (Consejo Nacional de Discapacidad, Grupo de Enlace Sectorial, comités locales municipales, departamentales y/o distritales de discapacidad). + Participación en otros consejos o comités relacionados con la política social. + Participación en eventos como tallerista o conferencista en temas de política social. + Participación en trabajo de liderazgo social en discapacidad . Trabajos desempeñados en otros campos relacionados. Para la evaluación de la experiencia del candidato en cada uno de los subtemas, se utilizará la siguiente escala: TIEMPO % menos de 1 año 1 1-2 años 2 >2 - 3 años 3 > 3-4años 4 > 4 años 5 En caso de que el candidato presente certificado, sin reportar el tiempo, éste no se tendrá en cuenta. 2. Conocimientos. Entrevista individual con un pane! de tres entrevistadores que hacen parte del equipo técnico designado por este Ministerio, quienes formularán preguntas relacionadas con el Sistema Nacional de Discapacidad y la Política Pública Nacional de Discapacidad, teniendo en cuenta los subtemas formulados.

Artículo ANEXO (16/16)

3. Propuesta temática Cada candidato deberá presentar una propuesta a desarrollar en el marco de su gestión como representante ante el CND. Dicha propuesta debe abordar además acciones concretas dirigidas a generar estrategias de comunicación en doble vía con sus representados y su extensión no debe ser superior a dos páginas tamaño carta. Este documento será evaluado por el equipo técnico, utilizando una escala dicotómica, la cual será aplicada a cada uno de los criterios de evaluación, así: Porcentaje Criterio Definición asignado % Cumple No cumple Sostenibilidad Su impacto perdura más allá del fin de las 7 0 actividades propuestas Impacto Su efecto, a mediano y largo plazo, repercutirá en la inclusión de las personas con discapacidad 7 0 Replicabilidad Puede ser repetida por otros actores en otros espacios. Y 0 Pertinencia Guarda relación con los objetivos, el contexto, las posibilidades de realización y la capacidad de respuesta a las necesidades reales de la población a la cual dirigen sus acciones. Uso de medios Utilización de diferentes medios de difusión que de difusión facilitan la comunicación en doble vía con sus 7 0 representados

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; Normograma-tematicas-2016.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 62), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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