Solicitud de la aprobación de un acuerdo de pago. La persona natural o jurídica que solicite ta aprobación de un acuerdo de pago, deberá:
1. Radicar, dentro del término señalado en el artículo 9 de la presente resolución, solicitud ante el administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, o quien haga sus veces, suscrita por el representante legal del requerido, en la que acepte reintegrar los mismos, la cual contendrá la oferta de pago, la indicación del plazo y las condiciones para el pago, siempre observando los límites y condiciones fijados en la presente resolución, junto con la indicación clara y precisa de las garantías que ofrece.
2. En caso de que la solicitud cumpla con los criterios y requisitos establecidos en la presente resolución, quien esté adelantando el proceso de reintegro de recursos analizará la propuesta y la remitirá con su respectivo concepto a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, o quien haga sus veces, para su aprobación si fuere del caso.
3. Una vez recibida la solicitud por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social, o quien
RESOLUCIÓN NÚMEROL 233061 De 2013 HOJA No 7 de 10
recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA apropiados O reconocidos sin justa
haga sus veces, elaborará el Acuerdo de Pago, el cual deberá ser suscrito por la persona natural o jurídica que efectuará el reintegro, para que inicie el cumplimiento de lo acordado, previa la verificación de las garantías constituidas.
La custodia del acuerdo de pago y de las garantías otorgadas estará a cargo del administrador fiduciario del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA o quien haga sus veces.