Por la cual se corrige un yerro en el parágrafo 1* del artículo 5% de la Resolución 2977 de 2012

Resolución · 3318 · Jerarquía: nivel 8

En Revisión
Articulado
Artículos 1–2 de 2

Artículo 1

Corregir el yerro contenido en el parágrafo 1? del artículo 5% de la Resolución 2977 de 2012, el cual quedará así: “Parágrafo 1". Para efectos de la radicación de aquellos recobros de que trata el artículo 4%, se exceptúan los requisitos para la solicitud y trámite de la divergencia recurrente, establecidos en el artículo 2 de la presente resolución”. RESOLUCIÓN NÚMERO 0003318 pe Ab oc e osa No 2de2

Artículo 2

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JA y tds GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social £

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: En Revisión

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia NO verificada: la norma no figura en el Normograma del Ministerio de Salud (2012–2026). Consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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