Artículo 1
Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor $23.302.098.804.39 que afecta el presupuesto de la presente vigencia, para la ampliación de cobertura del régimen subsidiado, según el criterio de distribución señalado en el Articulo 1º Literal a) del Acuerdo No. 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, conforme se discrimina a continuación: Acuerdo No. 358, Artículo 1º, literal A, numeral 2 (Criterios de distribución de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciación para población desmovilizada): $623.610.820,80. Acuerdo No. 358, Artículo 1º, literal A, numeral 3. (Criterios de distribución de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciación para población desplazada por la violencia): $17.653.167.746,79. Acuerdo No. 358, Artículo 1º, literal A, numeral 4. (Criterios de distribución de recursos del Fosyga que no requieren cofinanciación para la afiliación en los municipios que se encuentran incluidos en la prueba piloto de la Red de Protección Social contra la Extrema Pobreza, conforme al Conpes 102 de 2006): $5.025.320.236,80 La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo No. 1, que forma parte integral de la presente resolución. Por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA- Subproyecto Subsidio a la Demanda- Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura.