Por la cual se inicia la etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación para la inmunización de la población entre Los 60 y los 79 años

Resolución · 327 · 2021-03-15 · Jerarquía: nivel 8

Vigente
Articulado
Artículos 1–6 de 6

Artículo 1

Objeto. La presente resolución tiene por objeto dar inicio a la etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19 para la población entre los 60 y tos 79 años de edad, de que trata el numeral 7.1.2.1. del artículo 7 del Decreto 109 de 2021.

Artículo 2

Organización de la vacunación. Los departamentos y distritos en coordinación y articulación con las entidades responsables del aseguramiento deberán fortalecer tas estrategias que permitan completar la vacunación de las personas de 80 años y más de que trata el numeral 7.1.1.1. del Decreto 109 de 2021.

Artículo 3

Uso de las vacunas contra el COVID - 19. Los departamentos y distritos que recibieron vacunas contra el COVID — 19 para inmunizar personas de 80 años y más, que hayan completado la vacunación de esta población y aún tengan disponibilidad de vacunas, podrán utilizarlas para inmunizar la población entre los 60 y los 79 años, de que trata el numeral 7.1.2.1. del artículo 7 del Decreto 109 de 2021. Ante un inventario insuficiente para completar la vacunación de la población de 80 años y más, se les deberán asignar dosis de las suministradas para inmunizar a la población de 60 a79 años.

Artículo 4

Asignación de vacunas. Este Ministerio mediante acto administrativo, definirá la asignación de dosis para inmunizar la población entre los 60 y los 79 años de que trata el numeral 7.1.2.1. del artículo 7 del Decreto 109 de 2021.

Artículo 5

Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación. :

Artículo ANEXO

Viceministerio de salud pública y prestación de servicios Dirección de medicamentos y tecnologías en salud / Dirección de promoción y prevención yo Dirección jurídica al : le

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Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Vigente

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Vigente»; normograma-msps-2021.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 43), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

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