Artículo 1
Condición especial para coMprar:de cartera ordinaria. Las solicitudes de compra directa de dartera que hayan cumplido con los criterios, condiciones y plazos establecidos en la Resolución 2826 de 2015, modificada por la Resolución 3169 del mismo año, cuyas facturas fueron excluidas por no contar con la disponibilidad de recursos, quedarán habilitadas para efectos del proceso de compra de cartera ordinaria bajo las reglas definidas para ésta última en la Resolución 3239 de 2013 y sus modificatorias. Para tal efecto, la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, realizará el estudio de la documentación presentada en virtud de la Resolución 2826 de 2015 y que no fue atendida mediante la Resolución 3233 de 2015 por insuficiencia de recursos.