Por la cual se modifica la Resolución número 3056 de 2018 en relación con los contenidos de los criterios y los lineamientos, para la aplicación de la metodología para el cálculo del VMR.

Resolución · 3259 · 2018-07-31 · Jerarquía: nivel 8

Derogado
Normograma del Ministerio de Salud publica esta norma como «Derogada» (consultado el 22/10/2026) .
Se sigue mostrando porque una norma derogada continúa rigiendo los hechos ocurridos mientras estuvo vigente: puede ser la norma aplicable a un caso de esa época.
La vigencia puede depender además de derogación tácita u orgánica, que ninguna base de datos refleja. Este dato es informativo y no constituye certificación; verifíquelo en la fuente oficial.
Articulado
Artículos 1–4 de 4

Artículo 1

Modifíquese el artículo 4 de la Resolución 3056 de 2018, el cual quedará así: “Artículo 4. Criterios para la aplicación de la metodología para el cálculo del VMR. El cálculo del VMR se hará con base en los siguientes criterios: ” RESOLUCIÓN NÚMERO + ££:3258 DE 2018 HOJANo. 2de3 334412018 “UT 4.1 Priorizar y ordenar los grupos relevantes teniendo en cuenta: .i) el valor recobrado/cobrado y ¡i) la variación porcentual de dicho valor, de conformidad con las bases de recobro/cobro que aplique para el periodo de referencia. En la priorización y ordenación no se tendrá en cuenta los grupos relevantes con medicamentos que tienen precios regulados por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos-CNPMDM. 4.2 Llevar a unidades mínimas de concentración o dispensación las cantidades suministradas de los medicamentos dentro de los grupos relevantes. 4.3 Calcular para cada grupo relevante el valor en unidades mínimas de concentración o dispensación. 4.4 Detectar y depurar los valores atípicos del anterior cálculo (numeral 4.3). 4.5 Con los datos depurados se calcula el VMR en unidad mínima de concentración O dispensación por grupo relevante, considerando los valores a precios constantes del año de vigencia y teniendo en cuenta lo siguiente: 4.5.1 Si en el grupo relevante hay un solo oferente, el VMR será el percentil diez (10) de los valores calculados y depurados en el periodo de referencia. 4.5.2 Si en el grupo relevante hay dos o más oferentes. Se calculará y seleccionará para cada oferente el menor valor entre las medidas de tendencia central en el periodo de referencia. El VMR del grupo relevante será el percentil cincuenta (50) entre los valores seleccionados para cada oferente. 4.6 Para efectos del cálculo del VMR se debe tomar el valor recobrado por los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud presentados ante la ADRES en estado aprobado, sin considerar el valor de la cuota moderadora O copago conforme lo determina la normatividad vigente, tampoco el monto del comparador administrativo contenido en el listado de comparadores administrativos que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social, ni al valor calculado para las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC utilizadas o descartadas, aspecto que los agentes de la cadena de formación de valor deberán tener en cuenta. Parágrafo. En los casos en que la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos - CNPMDM haya fijado precios para algunos de los medicamentos de los grupos relevantes, se establecerá como VMR dicho precio regulado.”

Artículo 2

Modifiquese el articulo 6 de la Resolución 3056 de 2018, el cual quedará así: “Artículo 6. Aplicación de la metodología. La ADRES aplicará la metodología contenida en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del presente acto administrativo. Los resultados de dicha aplicación deberán ser remitidos al Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de definir y publicar en su página web, el listado de grupos relevantes con sus respectivos VMR que se aplicarán a los recobros presentados ante la ADRES por las entidades recobrantes por los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud prescritos a partir del 1 de agosto de 2018. Parágrafo. El reconocimiento realizado por la ADRES solo aplicará para aquellos medicamentos que fueron ordenados o, prescritos en el uso debidamente autorizado Ko * RESOLUCIÓN NÚMERO. 2063299 DE HOJA No. 3 de 3 1 JUL AN Continuación de la resotución “Por la cual se modifica la Resolución 3056 de 2018 en relación con los contenidos de los criterios y los lineamientos, para la aplicación de la metodología para el cátculo del VMR” por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA o que forman parte del listado UNIRS”.

Artículo 3

Modifíquese el numeral “3. Cálculo del VMR” del Anexo Técnico de la Resolución 3056 de 2018, el cual quedará asi: “(..) Para efectos del cálculo del VMR se debe tomar el valor recobrado por los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud presentados ante la ADRES en estado aprobado, sin considerar el valor de la cuota moderadora o copago conforme lo determina la normatividad vigente, tampoco el monto del comparador administrativo contenido en el listado de comparadores administrativos que adopte este Ministerio, ni el valor calculado para las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC utilizadas o descartadas, aspecto que los agentes de la cadena de formación de valor deberán tener en cuenta.”

Artículo 4

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los articulos 4 y 6 de la Resolución 3056 de 2018 y el numeral 3 de su anexo técnico.

Todavía no hay normas relacionadas registradas para este documento.

¿Tienes dudas sobre esta norma? Pregúntale a la IA

Respuestas basadas en la legislación y la jurisprudencia colombianas, con las fuentes citadas.

Tipo: Resolución

Estado: Derogado

Nivel jerárquico: 8

Fuente auxiliar: No

Fundamento: CP art. 189-11 y 208; Ley 489/1998 arts. 59 y 61; Sentencia C-1005/2008 (harness/ai/instructions/piramide-normativa.md).

Fuente de la vigencia: Vigencia según el Normograma del Ministerio de Salud (valor de la fuente: «Derogada»; Normograma-tematicas-2018-minsalud.zip · hoja RESOLUCIONES · fila 41), consultado el 2026-10-22. Texto extraído del PDF oficial por OCR (Tesseract); revisar contra el original antes de citar.

Documento oficial: ver original

Preguntar a la IA sobre esta norma